Convenio Colectivo de Sec...e Cataluña

Última revisión
20/02/2023

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de ACCION SOCIAL CON NIÑOS, JOVENES, FAMILIAS Y OTROS EN SITUACION DE RIESGO (79002575012007) de Cataluña

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 22 de Noviembre de 2022 en adelante

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RESOLUCIÓN EMT/394/2023, de 9 de febrero, por la que se dispone la inscripción y la publicación del acta de la Comisión paritaria del Convenio colectivo de Cataluña de Acción social con niños, jóvenes, familias y otras en situación de riesgo para los años 2013-2018 (código de convenio núm. 79002575012007). (Diario Oficial de Cataluña num. 8858 de 20/02/2023)

Visto el texto del acta de la Comisión paritaria del Convenio colectivo de Cataluña de Acción social con niños, jóvenes, familias y otros en situación de riesgo para los años 2013-2018, suscrita en fecha 22 de noviembre de 2022, para dar respuesta a la consulta CPAS/44, por parte de la representación social por UGT y CCOO, y por parte de la representación empresarial por La Confederación, y de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.1) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; el Decreto 35/2022, de 1 de marzo, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,

Resuelvo:

â€1 Disponer la inscripción del acta mencionada en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a la Comisión paritaria.

—2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, previo cumplimiento de los trámites pertinentes.

Barcelona, 9 de febrero de 2023

Òscar Riu Garcia

Director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral

Traducción del texto original firmado por las partes

Acta de la Comisión paritaria del Convenio colectivo de Cataluña de Acción social con niños, jóvenes, familias y otros en situación de riesgo 203-2018

Día 22 de noviembre de 2022

Hora: convocatoria a las 16 horas

Lugar: Vía telemática (plataforma Zoom)

Asistentes

Por la Confederación

Joan Muntané y Laia Grabulosa

Por UGT

Antonio Carlos Gutiérrez

Por CC.OO

Jesús López y Virginia Juárez

A las 16 horas del día 22 de noviembre de 2022, las organizaciones firmantes del Convenio colectivo de Cataluña de Acción social con niños, jóvenes, familias y otros en situación de riesgo 203-2018 (actualmente en ultractividad) se reúnen en Comisión paritaria –vía telemática- previa convocatoria, para resolver la siguiente consulta de paritaria:

Resumen consulta CPAS/44

Se plantea un caso en el que una entidad establece 3 días de libre elección no lectivos del centro, de acuerdo con las fechas establecidas por el Consejo Escolar de Cornellà de Llobregat y las necesidades de la entidad. En la elección de estos tres días no participan las personas trabajadoras. Actualmente la empresa niega a los trabajadores el derecho al permiso retribuido por asuntos propios (artículo 38.h) alegando que los días de libre elección no lectivos son de la misma naturaleza y que ya se están disfrutando.

Respuesta de la Comisión paritaria

Con la información facilitada, desde la Comisión paritaria se entiende que no es lo mismo el permiso de 24 horas por asuntos propios establecido por el convenio de acción social (artículo 38.h) que el disfrute de 3 días de libre elección no lectivos, puesto que estos días son establecidos por la entidad de acuerdo con el Consejo Escolar de Cornellà de Llobregat y sus necesidades, mientras que los días de disfrute del permiso de 24 horas por asuntos propios se deciden por la persona trabajadora según sus necesidades. Se trata, por tanto, de derechos de distinta naturaleza.

Por último se autoriza a Bautista Silanes Poderoso con DNI 72.529XXX a efectuar los trámites necesarios para publicar los acuerdos de la presente acta en el REGCON.

Y sin más temas a tratar, se da por finalizada la reunión firmando la presente acta un representante de cada organización.