Convenio Colectivo de Sec... de Madrid

Última revisión
15/05/2019

Revision. Convenio Colectivo de Sector de ACTORES DE MADRID (28005805011991) de Madrid

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2018 en adelante

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



RESOLUCION de 20 de marzo de 2019, la Direccion General de Trabajo de la Consejeria de Economia, Empleo y Hacienda, sobre registro, deposito y publicacion de la revision salarial 2018 del Convenio Colectivo del Sector Actores y Actrices de Madrid (codigo numero 28005805011991). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 114 de 15/05/2019)

Examinada el acta de revisión salarial del Convenio Colectivo del Sector Actores y Actrices de Madrid, suscrita por la Comisión Negociadora del mismo el día 6 de marzo de 2018 y ratificada el día 1 de febrero de 2019; completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el artículo 14 del Decreto 193/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, y por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General

RESUELVE

1. Inscribir dicha Revisión Salarial del Convenio Colectivo en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 20 de marzo de 2019.-El Director General de Trabajo, Ángel Jurado Segovia.

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA PARITARIA DEL VI CONVENIO COLECTIVO DE ACTORES Y ACTRICES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Asistentes:

UNIÓN DE ACTORES

D. Ignacio Martín Pina

CCOO

D. Fernando González

UGT

Dª. Marisol Pastrana Romero

D. Miguel Angel Martín-Caro Sánchez

ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES Y TEATROS DE MADRID

D. Juan José Rivero

D. Fernando Olives

Dª. Paula Hector

D. José Luis Alonso Moreda

D. Jesús Cimarro

D. Pablo Belchi

ARTEMAD

D. Javier Ortiz

En Madrid, a las 17 horas del día 6 de marzo de 2018, en la sede de Comisiones Obreras, se reúnen las personas reseñadas al margen, componentes de la Comisión Mixta Paritaria del VI Convenio Colectivo del sector de Actores de Madrid.

Que la reunión cuenta con el siguiente orden del día:

1. Subidas salariales 2018

2. Posibilidad de revisión de las categorías de musicales

3. Resolución de la consulta a la Comisión Mixta Paritaria

Que todas las partes aceptan este orden del día.

Que se acuerda una subida del 2,4% en todas las condiciones económicas del convenio.

Que se acuerda que en el mes de octubre se convocará una nueva reunión de la Comisión Mixta Paritaria para valorar los salarios en el año 2019.

Respecto de las categorías de teatro musical la parte social realizará una propuesta a la subcomisión de teatro musical siendo la misma la encargada de preparar una futura propuesta de modificación del artículo 40.

Respecto de la consulta realizada por la Unión de Actores y Actrices:

La tabla salarial mensual presente en el convenio colectivo no viene discriminada de la aplicación del salario de temporada en su definición dentro del articulado del convenio. Debido a varias consultas al respecto, desde la Unión de Actores y Actrices queremos elevar la consulta a la paritaria de ¿Cuáles son las condiciones para que el contrato de trabajo pueda acogerse al pago mediante la tabla salarial mensual?

Se acuerda la siguiente contestación:

El salario mensual solo podrá ser de aplicación para contratos de duración superior a los 3 meses.

En Madrid el abono del salario mensual obligará a la empresa a la contratación del actor/actriz todos los días de manera consecutiva, respetando en todo caso los descansos retribuidos establecidos por el contrato de trabajo.

Fuera de Madrid, siempre que el contrato tenga una duración de más de 3 meses, se podrán abonar los salarios en periodos de 21 días consecutivos en ningún caso periodos inferiores, respetando los descansos retribuidos establecidos en el convenio.

En el resto de casos se deberán abonar los salarios diarios teniendo en cuenta las normas que diferencias entre los contratos de bolos y de temporada.

En caso de sustitución de algún trabajador se podrá establecer el salario mensual si el trabajador al que sustituya lo tuviera establecido en contrato, aun que el nuevo contrato no fuera de 3 meses.

En este momento se aprueba el presente acta y en señal de conformidad de firma y se acuerda la finalización de la reunión, siendo las 18:00 horas.

TABLAS SALARIALES 2018 CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE ACTORES Y ACTRICES DE MADRID

Categoría Profesional

Ensayo para todas las Categorías 42,29

Protagonista 161,81

Secundario 104,55

Reparto 78,10

Pequeñas Partes 54,62

Figurante 43,91

Categoría Profesional

Protagonista 3133,63

Secundario 2067,65

Reparto 1503,76

Pequeñas Partes 1076,46

Figurante 850,23

Categoría Profesional

Ensayo para todas las Categorías 42,29

Protagonista 4611,64

Secundario 2979,57

Elenco/Reparto 2226,31

Sustituto 1 Cover ** 2226,31

**complemento diario sustitución Protagonista 79,50

**complemento diario sustitución Secundario 25,13

Polivalente/ Swing 2602,96

Alternante de Protagonista 161,81

Alternante de Secundario 104,54

Cantante de Cabina / Booth 1891,54

Pequeñas Partes/Figurante con frase 1556,75

Figurante 1356,99

Categoría Profesional

Ensayo para todas las Categorías 42,29

Protagonista 210,95

Secundario 136,00

Elenco/Reparto 101,73

Sustituto 1 Cover ** 101,73

**complemento diario sustitución Protagonista 79,50

**complemento diario sustitución Secundario 25,12

Polivalente/ Swing 118,86

Alternante de Protagonista 161,81

Alternante de Secundario 104,54

Cantante de Cabina / Booth 86,74

Pequeñas Partes/Figurante con frase 71,75

Figurante 62,10

Categoría Profesional

doble de luces 35,23

Grabación

Categoría Profesional

Protagonista 565,20

Secundario 460,26

Reparto 348,95

Pequeñas Partes 348,95

Dietas

Dieta completa 89,26

Media dieta 44,64

Dieta completa INAEM 110,14

Media dieta INAEM 39,85

Dieta reducida 37,49

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA PARITARIA DEL VI CONVENIO COLECTIVO DE ACTORES Y ACTRICES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Asistentes:

UNIÓN DE ACTORES

D. Ignacio Martín

D. Daniel Albaladejo

CCOO

D. Fernando González

Dª. Agustina Martínez-Villanueva

UGT

Dª. Jesús Muros

ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES Y

TEATROS DE MADRID

D. José Luis Alonso Moreda

D. Jesús Cimarro

D. Pablo Belchi

ARTEMAD

D. Javier Ortiz

INAEM

D. José María Castillo

En Madrid, a las 10:30 horas del día 1 de febrero de 2019, en la sede de Comisiones Obreras, se reúnen las personas reseñadas al margen, componentes de la Comisión Mixta Paritaria del VI Convenio Colectivo del sector de Actores de Madrid.

Que la reunión cuenta con el siguiente orden del día:

1. Convalidación de subidas salariales de los años 2017 y 2018

2. Actualizaciones salariales de 2019

Que todas las partes aceptan este orden del día.

Que se acuerda que mediante la presente reunión se ratifican las subidas salariales acordadas por la Comisión Mixta Paritaria para los años 2017 y 2018. Que este acuerdo se firma por todos las partes firmantes del VI Convenio de Actores y Actrices de Madrid en señal de aceptación.

Que respecto de la actualización salarial del año 2019 la parte empresarial no acepta la propuesta realizada por la parte social.

Que se propone por la parte empresarial una actualización en base al IPC interanual de diciembre de 2018 (1,2%) en todas las cuantías del convenio colectivo.

En este momento se aprueba el presente acta y en señal de conformidad de firma y se acuerda la finalización de la reunión, siendo las 12:00 horas.

(03/11.410/19)