Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de ALMACENISTAS DE ALIMENTACION (NO VIGENTE. Ver 800100962022) (46000905011982) de Valencia
Sector Provincial. Validez desde 01 de Septiembre de 2021 en adelante
Anuncio de la Conselleria de Economia Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comision negociadora del convenio colectivo sectorial de Almacenistas de Alimentacion de la provincia de Valencia. (Codigo: 46000905011982). (Boletín Oficial de Valencia num. 237 de 10/12/2021)
ANUNCIO
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de València, por la que se dispone el registro, depósito y publicación del acuerdo suscrito por la comisión negociadora del convenio colectivo de almacenistas de alimentacion.
Vista la solicitud de inscripción del acuerdo señalado anteriormente, suscrito el día 23 de noviembre de 2021, por el que se acuerda la tabla salarial para el ejercicio 2021, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, los artículos 2.1 a) y 8.3 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad y los artículos 3 y 4 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Esta Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, conforme a las competencias legalmente establecidas en el artículo 51.1.1ª del vigente Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, y el artículo 13.3 de la Orden 1/2021, de 6 de abril, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, mediante la que se desarrolla el Decreto 175/2020, del Consell, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo,
Resuelve:
Primero: Ordenar su inscripción en este Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con notificación a la representación de la comisión negociadora, así como el depósito del texto del acuerdo.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
València, 26 de noviembre de 2021.-El director territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, Santiago García Gallego.
ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LA PROVINCIA DE VALENCIA DEL SECTOR DE ALMACENISTAS DE ALIMENTACIÓN
Código 46000905011982
Asistentes
Representación sindical Representación empresarial
Por FeSMC UGT-PV:
Esteban Ramos Cano David Lapuente Giné
José Manuel Tomás Padilla
Pere Anrubia Gandia
Por SERVICIOS-CCOO:
Salvador Mejias Sahuquillo
En València, siendo las 12:00 horas del día veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno, previa convocatoria al efecto, se reúnen en los locales de la Federación Empresarial de Agroalimentación de la Comunitat Valenciana (FEDACOVA), sitos en la Calle Hernán Cortés, 4-1ª planta, de València-46004, los representantes de una parte, de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT País Valenciano (FeSMC UGT) y Federación de Servicios de CC.OO. del País Valenciano. (SERVICIOS-CCOO), y de otra parte la representación del sector de almacenistas de alimentación de la Federación Empresarial de Agroalimentación de la Comunitat Valenciana (FEDACOVA), al objeto de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 30.2 del Convenio Colectivo para la Provincia de València del sector de almacenistas de alimentación, relativo al incremento de las retribuciones correspondiente al año 2021.
Preside la reunión D. Esteban Ramos y actúa como Secretario D. Pere Anrubia.
Tras un debate en el que cada parte expone su posición y consideraciones se acuerda el mantenimiento durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2021, de los valores abonados en 2020.
Con efectos desde el 1 de septiembre del año 2021, las retribuciones serán las de la siguiente tabla, debiéndose calcular proporcionalmente, desde la indicada fecha, los importes mensuales.
RETRIBUCIONES DESDE 01/09/2021
(Valores en Euros)
Grupo profesional | Nivel retributivo | Anual x 15 pagas desde 01/09/2021 |
V | - | 17.600,00 |
IV | - | 17.000,00 |
III | N1 | 16.500,00 |
III | N2 | 15.887,00 |
III | N3 | 15.535,00 |
II | - | 14.900,00 |
I | - | 14.100,00 |
Otros conceptos 2021
Gratificación adicional vacaciones (artículo 27.2) 219,29
Media Dieta (artículo 34.1) 13,45
Dieta completa (artículo 34.1) 26,88
Los atrasos derivados del incremento establecido en la presente acta se abonarán en un solo pago, dentro del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Finalmente, se faculta a D. Vicente Martínez Trenco a efectuar los trámites oportunos ante la autoridad laboral para registrar la presente acta. Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, que es firmada en prueba de conformidad, siendo las 11:30 horas del día indicado.
Por FeSMC UGT.
Por Servicios-CCOO.
Por FEDACOVA.
2021/16773