Última revisión
09/03/2005
Revision. Convenio Colectivo de Sector de OFICINAS, CAMARAS, COLEGIOS, ASOCIACIONES, FEDERACIONES E INSTITUCIONES (30001055011982) de Murcia
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2004 en adelante
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Resolucion de 23-02-2005, de la Direccion General de Trabajo, por la que se dispone la inscripcion en el registro y publicacion de la Revision del Convenio Colectivo de Trabajo de Oficinas de Camaras, Colegios, Asociaciones, Federaciones e Instituciones. Exp. 19/02. (Codigo de Convenio numero 3001055) (Boletín Oficial de la Región de Murcia num. 55 de 08/03/2005)
Visto el expediente de Revisión del Convenio Colectivo de Trabajo de Oficinas de Cámaras, Colegios, Asociaciones, Federaciones e Instituciones, (Código de Convenio número 3001055) de ámbito Sector, suscrito con fecha 21- 01- 05 por la Comisión Negociadora del mismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE n. º 75, de 28.03.1995) y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, Registro y Deposito de Convenios Colectivos de Trabajo (BOE n. º 135, de 06.06.1981).
Resuelvo Primero. Ordenar la inscripción de la citada Revisión de Convenio Colectivo de Trabajo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el « Boletín Oficial de la Región de Murcia ».
Murcia a 23 de febrero de 2005. El Director General de Trabajo. Por Delegación de firma. El Subdirector General de Trabajo. (Resolución de 20.09.1999), Pedro Juan González Serna.
Acta de la reunión celebrada por la comisión paritaria del Convenio de Trabajo para empleados de Oficinas de Cámaras, Colegios, Asociaciones, Federaciones e Instituciones de la Región de Murcia, para establecer la tabla salarial y demás emolumentos que han de tener vigencia para el año 2004 y el año 2005, segun el texto del Convenio firmado el día 14.04.02 y publicado en el BORM número 124 de fecha 30.05.02, con vigencia para los años 2002 al 2005.
En Murcia, siendo las 18,00 horas del día 21 de Enero del 2005, previamente convocados al efecto, se reúnen en la Sala de Juntas del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales, sito en la calle Huerto Cadena, 2, bajo, edificio Parque, de esta capital, la Comisión Paritaria de este Convenio compuesta por los representantes de la parte Económica y Social, que en prueba de conformidad la firman.
Abierta la sesión por el Sr. representante de la Parte Económica, se hace saber a los asistentes que la finalidad de esta reunión es establecer la Tabla Salarial definitiva y demás emolumentos para los años 2004 y 2005, tal y como quedó reflejado en el apartado segundo del Art. 4. º del Texto del Convenio firmado el 11 de Abril de 2002.
1. Se tiene un cambio de impresiones, por los reunidos, acordándose que una vez que el IPC real del año 2004 ha sido del 3,2 % se proceda a redactar la Tabla Salarial para dicho año con un incremento sobre la de 2003 del 4,2% (3,2% más un punto que prevé el texto del Convenio firmado el 11.04.02).
2. Que el Plus de Productividad y Convenio en el 2004 sea de 118,75 Euros.
3. Que la Ayuda para estudios en 2004 sea de 200,14 Euros.
4. Una vez publicado el IPC previsto por el Gobierno en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2005 y que ha sido del 2% y teniendo en cuenta lo que se establece en el texto de este Convenio, se procede a redactar la Tabla Salarial para el año 2005 con un incremento del 2% más un punto = (3%) sobre la Tabla real del 2004.
5. El Plus de Productividad y Convenio será durante el año 2005 de 122,31 Euros.
6. La Ayuda para Estudios en el año 2005 será de 206,14 Euros.
7. Que se remita a la Dirección General de Trabajo este Acta con la Tablas Salariales anexas, para que previos los trámites reglamentarios, sea publicado en el BORM.
5. Que se comunique a las Empresas afectadas por este Convenio para su conocimiento y efectos.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 20,00 horas del día 21 de enero del dos mil cinco.
Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI
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