Convenio Colectivo de Sec... de Huelva

Última revisión
02/10/2003

Revision. Convenio Colectivo de Sector de AUTOMOCION (21001915012001) de Huelva

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2001

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RESOLUCION de 27 de Mayo de 2002, de la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación de la Revisión Salarial del convenio colectivo del sector 'Automoción'. (Boletín Oficial de Huelva num. 146 de 26/06/2002)

Preambulo

VISTO el texto de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo del sector "Automoción", de la provincia de Huelva, que fue suscrita con fecha 24 de Febrero de 2002, de una parte, por las Asociaciones de Empresariales del Metal, en representación de los empresarios del sector, y de otra por las centrales sindicales U. G. T., CC. OO. y S. U., en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el Real Decreto 1040/81, de 22 de Mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de trabajo, en el Real Decreto 4043/82 de 29 de Diciembre, por el que se traspasan funciones y servicios a la Junta de Andalucía y en los Decretos 6/2000, de 28 de Abril y 13/2000, sobre reestructuración de Consejerías y Delegaciones, respectivamente, esta Delegación Provincial, en uso de sus atribuciones,

Acuerda:

PRIMERO

Ordenar la inscripción de la referida revisión salarial en el registro correspondiente, con notificación a las partes que la han suscrito.

SEGUNDO

Disponer la remisión del texto original de dicha revisión salarial al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, a los efectos prevenidos en el Real Decreto 1.040/81, de 22 de Mayo.

TERCERO

Solicitar la publicación del texto de la revisión salarial mencionada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, para conocimiento y cumplimiento del mismo por las partes afectadas.

Huelva, a 27 de Mayo de 2002. - El Delegado Provincial, Fdo.: Manuel Alfonso Jiménez.

ACTA DE FIRMA DE LAS NUEVAS TABLAS SALARIALES COMO CONSECUENCIA DE LA REVISION SALARIAL DE LOS CONVENIOS DE MONTAJES Y AUTOMOCION PREVISTAS PARA EL AÑO 2001 Y DE LAS TABLAS SALARIALES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2002.

En la ciudad de Huelva, a 24 de Febrero de 2002 siendo las doce horas se reúnen en la sede de la F. O. E. las personas relacionadas al final, miembros de la Comisión Negociadora de los Convenios Colectivos Provinciales de referencia.

A tenor de lo pactado en el artículo 10 de ambos convenios colectivos, se procede a la firma de las nuevas tablas salariales del año 2001 una vez revisadas a tenor del IPC conocido para dicho año que contempla una desviación del 0.7% y de las tablas salariales elaboradas para el año 2002 según lo convenido.

Las partes convienen en presentar dichas Tablas Salariales ante la Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico Onubense para su publicación según lo dispuesto en la legislación vigente

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 13 horas del día de la fecha.

ASISTENTES:

Por U. G. T.: Don Francisco Espinosa Cumbre.

Por CC. OO.: Don Elipio Alfaro Díaz y Don José Salvador Martínez Díaz.

Por S. U.: Don Juan Manuel García Pedraza y Don Emilio Vázquez Moya.

Por las Asociaciones Empresariales del Metal: Don Fernando Pérez Lozano y Don José Fco. Daza Suárez (asesor).

TABLAS SALARIALES CONVENIO DE AUTOMOCION AÑO 2001 (ANEXO I) REVISION PERSONAL CON SALARIO MES

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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