Convenio Colectivo de Sec...e Asturias

Última revisión
21/03/2023

Revision, Correccion. Convenio Colectivo de Sector de SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO (33003535012000) de Asturias

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2021 en adelante

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Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se rectifica error material en la Resolución publicada en el BOPA de 17 de noviembre de 2022, mediante la que se ordena la inscripción del convenio colectivo del sector Servicio de Ayuda a Domicilio y Afines del Principado de Asturias, en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Empleo y Formación. [Cód. 2023-02027] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 55 de 21/03/2023)

Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se rectifica error material en la Resolución publicada en el BOPA de 17 de noviembre de 2022, mediante la que se ordena la inscripción del convenio colectivo del sector Servicio de Ayuda a Domicilio y Afines del Principado de Asturias, en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Empleo y Formación.

Visto el Acta de la Comisión Negociadora del convenio colectivo de sector Servicios de Ayuda a Domicilio y Afines del Principado de Asturias (Expediente C-031/2022, Código 33003535012000) de fecha 27 de enero de 2023, por la que se advierte error material de transcripción en el contenido de las tablas salariales (Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X del convenio colectivo) resultan los siguientes

Hechos

Primero.—Que por resolución de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, de fecha 4 de noviembre de 2022, publicada en el BOPA de fecha 17 de noviembre de 2022, se ordena la inscripción del convenio colectivo de sector Servicios de Ayuda a Domicilio y Afines del Principado de Asturias, en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Empleo y Formación.

Segundo.—Que una vez publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA n.º 221 de fecha 17/11/2022) el texto del convenio colectivo, se advierte por la Comisión Negociadora error material de transcripción que afecta al contenido de las tablas salariales (anexos I, II, III, IV, V, VI, VII ,VIII, IX y X del convenio colectivo). Con fecha 27 de enero de 2023 la comisión negociadora del convenio acuerda la corrección de errores rectificando las tablas salariales (anexo I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X del convenio colectivo).

Fundamentos de derecho

Primero.—En virtud de los previsto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y en la Resolución de 17 de junio de 2020, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, el órgano competente para dictar la presente resolución es el titular de la Dirección General de Empleo y Formación.

Segundo.—Que de conformidad con lo señalado en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Rectificar, a instancia de la Comisión Negociadora, el contenido de las tablas salariales (anexo I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X del convenio colectivo) de sector Servicios de Ayuda a Domicilio y Afines del Principado de Asturias, siendo las tablas salariales correctas las que a continuación se detallan:

Anexos

TABLAS SALARIALES A

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

TABLAS SALARIALES B

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Oviedo, a 8 de marzo de 2023.—El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica.—P. D. autorizada en Resolución de 17-06-2020 (publicada en el BOPA núm. 119, de 22-VI-2020), el Director General de Empleo y Formación.-Cód. 2023-02027