Convenio Colectivo de Sec...e Cataluña

Última revisión
28/04/2022

Revision, Correccion. Convenio Colectivo de Sector de CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL Y ATENCION PRECOZ (79002585012007) de Cataluña

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2020 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 79-81)

CORRECCION DE ERRATAS en la Resolucion EMT/869/2022, de 1 de marzo, por la que se dispone la inscripcion y la publicacion del Convenio colectivo de trabajo para los centros de desarrollo infantil y atencion precoz de Cataluña (DOGC num. 8159, de 22.6.2020). (Diario Oficial de Cataluña num. 8656 de 28/04/2022)

Habiendo observado una errata en las tablas del anexo II, en la versión catalana y castellana, del Convenio mencionado, publicado en el DOGC nº 8640, de 4/04/2022, pág. 1/30, es necesario hacer la corrección oportuna.

Dado que la Dirección general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, es competente para proceder a la rectificación de la referida resolución de inscripción, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el Decreto 247/2021, de 22 de junio, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo, y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya;

Resuelvo:

-1 Disponer la corrección d'errata de las tablas salariales del anexo 2 del convenio citado, de manera que se publiquen las tablas salariales correctas.

-2 Disponer que el texto mencionado se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimiento previo de los trámites pertinentes.

Notifíquese esta resolución a la Comisión negociadora.

Barcelona, 12 de abril de 2022

Òscar Riu Garcia

Director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral

Traducción del texto original firmado por las partes

Acta de la Comisión negociadora del III Convenio colectivo de trabajo para los centros de desarrollo infantil y atención precoz de Cataluña (código convenio 79002585012007).

Barcelona, a 5 de abril de 2022 en la sede de UGT, Rambla del Raval, 29-35, 3ª planta de Barcelona,

Reunidos

Por un lado, los asistentes que a continuación se relacionan, actuando en nombre y representación de la parte social de la Comisión negociadora:

Javier Moreno: sector Educación UGT Servicios Públicos.

Estrella Gutiérrez: Federación de Educación CCOO.

Y, por otro, los miembros de la parte patronal de la Comisión negociadora que a continuación se relacionan:

Miguel Angel Rubert: Confederación.

Perfecto Alonso Tejera: Confederación.

Acuerdan

I.- Que dado el error detectado en el texto del convenio acordado del III Convenio colectivo de trabajo para los centros de desarrollo infantil y atención precoz de Cataluña (Código convenio 79002585012007), por medio del presente, subsana la redacción de las tablas salariales como sigue:

Anexo II

Tablas salariales 2020

Grupos A y B

Grupos A y B

Nivel

Retribución

Complemento de nivel

Años mínimos de permanencia

Puntos para subir de nivel

1

27.467,93

--

6

10

2

27.467,93

1.390,02

6

10

3

27.467,93

2.780,04

6

10

4

27.467,93

4.170,07

8

10

5

27.467,93

6.023,33

8

10

6

27.467,93

7.876,60

--

--

Grupo C

Nivel

Retribución

Complemento de nivel

Años mínimos de permanencia

Horas anuales de formación para subir el nivel

1

23.409,96

--

3

40

2

23.409,96

548,10

3

40

3

23.409,96

1.096,20

3

40

23.409,96

1.644,30

--

--

Grupo D

Nivel

Retribución

Complemento de nivel

Años mínimos de permanencia

Horas anuales de formación para subir de nivel

1

19.963,02

--

3

40

2

19.963,02

380,63

3

40

3

19.963,02

761,25

3

40

4

19.963,02

1.141,88

--

--

Grupos E y F

Nivel

Retribución

Complemento de nivel

Años mínimos de permanencia

Horas anuales de formación para subir de nivel

1

13.510,00

--

3

40

2

13.510,00

380,63

3

40

3

13.510,00

761,25

3

40

4

13.510,00

1.141,88

--

--

Complemento de dirección y/o gestión CDIAP: 4.648,52 año

Complemento de coordinación técnica del centro: 2.842,00 año

II.- Que se incorpora al texto del convenio el citado anexo II de las tablas salariales y se gestionará su remisión a la Dirección General de Relaciones Laborales.

Y para que así conste, firman la presente Acta en Barcelona, a 5 de abril de 2022.