Última revisión
10/06/2022
Revision. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE BAZARES (38000445011984) de Tenerife
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2021 en adelante
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Acuerdo de Revision Salarial del Convenio Colectivo del sector del Comercio de Bazares de la provincia de Santa Cruz de Tenerife. (Boletín Oficial de Tenerife num. 70 de 10/06/2022)
Visto el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio Colectivo del sector del Comercio de Bazares de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, presentado en esta Dirección General del Trabajo, suscrito por la Comisión Negociadora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, Real Decreto 713/2010 sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, aprobado por el Decreto 9/2020, de 20 de febrero, esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA
1. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección General de Trabajo.
2. Notificar a la Comisión Negociadora.
3. Interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
EL DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO, Alejandro Ramos Guerra.
ACTA DE ACUERDO DE LA MESA NEGOCIADORA DE LAS TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO DEL COMERCIO DE BAZARES DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 2021-2022 (Cod. Convenio 38000445011984)
ASISTENTES:
En Santa Cruz de Tenerife, a 31 de marzo de 2022.
Por la Parte Social
Por CC.OO.
Doña Silvia Esther Simón Pérez (Asesora)
Don Francisco Javier Velasco Rodríguez (Asesor)
Por USO
Doña Sandra Tarín Herrera (Asesora)
Por U.G.T.
Don Antonio Martín Guerra (Asesor) Por S.B.
Doña Irene Franquis Avero (Asesora)
Por la Parte Empresarial
POR FEDECO Canarias
Don Víctor M. Sánchez Cruz
POR FTAC
Don Antonio Luis González Núñez
POR ASPECOTE
Don Vladimir Camacho Rosales
POR A.ECP Arona
Doña Mª Esmeralda Martín Rodríguez (Asesora)
Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Cruz de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 31 de Marzo de 2022 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 4 del Convenio Colectivo del Comercio de Bazares de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. (BOP 86, de 19 Julio 2017), en base a los siguientes acuerdos:
Primero. Que ambas representaciones, sindicales y patronales poseen el conocimiento mutuo de legitimación y representatividad como interlocutores en el ámbito provincial de la negociación colectiva del sector de Comercio Bazares para el desarrollo del presente acuerdo.
Segundo. Que las parte presentes acuerdan la firmar de las tablas salariales para los años 2021 y 2022, y con ello para dar cumplimiento a los artículos 3 y 4 de este Convenio Colectivo de Comercio de Bazares.
Por tanto, la tabla salarial del Convenio de Comercio de Bazares para la Provincia de Santa Cruz de Tenerife para los años 2021 y 2022 se adjuntan al presente acuerdo es la que se señala.
Tercero. Se actualizan las tablas en base al I.P.C. del 2021 (+ 6,5%).
Cuarto. A esta actualización de tablas se le añade un (+0,2%) para el año 2021, y también para el año 2022, en virtud de acuerdo ratificado por las partes el pasado 26 de Julio de 2021 el cual establece en su punto tercero que:
Con los antecedentes de la situación económica y viendo los datos del I.P.C., se actualizan las tablas en base al I.P.C. en (+0,8%)pero se prorratea en los próximos cuatro ejercicios su aplicación a razón de (+0,2%) de incremento anual que se añadirán al incremento del I.P.C. anual que corresponda en cada uno de los respectivos años siguientes para disipar el impacto del I.P.C. durante la crisis económica como consecuencia del Coronavirus y no lastrar el crecimiento, ya que el I.P.C. del año 2020 fue negativo en un (-0,3%). Contribuyendo así a aminorar los efectos de la carga en la masa salarial de las empresas y favorecer el crecimiento.
No obstante si en los siguientes años el I.P.C. interanual fuese negativo, no se aplicaría ese año sino al inmediatamente siguiente del I.P.C. positivo.
Quinto. Las partes acuerdan la revisión económica del Convenio del Comercio de Bazares de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, cuya vigencia finalizó el pasado 31 de diciembre de 2020, con la revisión salarial establecida en el artículo 4 del Convenio, I.P.C 6,5 % más el 0,2% establecido anteriormente y acordado en acta 26 de Julio de 2021, con independencia de la denuncia, negociación o prórroga del Convenio.
Sexto.
TABLAS SALARIAL COMERCIO BAZARES DE SANTA CRUZ DE TENERIFE (COD. CONVENIO 38000445011984)
CATEGORÍAS 2021
0,2%
PERSONAL TÉCNICO/A O TITULADO/A
Titulado Grado Superior/graduado 854,29 euros
Director/a 913,58 euros
Jefe/a de División 844,38 euros
Jefe/a Personal, Compras, Jefe/a Sucursal, Encargado/a Gral. 844,38 euros
Jefe/a Almacén, Jefe/a Secc. Mercantil, Encargado/a Establecimiento 844,38 euros
PERSONAL ESPECIALISTA O NO TITULADO/A
Jefe/a de Sección 844,38 euros
Cajero/a de Tienda 844,38 euros
Comercial 844,38 euros
Dependiente/a o vendedor/a 844,38 euros
Ayudante Dependiente/a o vendedor/a 844,38 euros
Auxiliar de Caja 844,38 euros
PERSONAL ADMINISTRATIVO
Director/a Administrativo/a 914,11 euros
Jefe/a División Administrativa 844,38 euros
Jefe/a Administrativo/a 844,38 euros
Contable y Cajero/a de Administración 844,38 euros
Administrativo/a 844,38 euros
PERSONAL SERVICIO
Dibujante 844,38 euros
Escaparatista 844,38 euros
Conductor/a, Repartidor/a 844,38 euros
Ayudante Montaje 844,38 euros
Delineante 844,38 euros
PLUS CAJA: 40,26 euros
DIETA: 16,80 euros
MEDIA DIETA: 10,07 euros
PLUS KILOMETRAJE: 0,19 euros
AYUDA HIJO INCAPACITADO (Art. 18): 19,95 euros
Séptimo. TABLAS SALARIALES 2022
TABLAS SALARIAL COMERCIO BAZARES DE SANTA CRUZ DE TENERIFE (COD. CONVENIO 38000445011984)
CATEGORÍAS 2022
I.P.C. (6,5%)+0,2%
PERSONAL TÉCNICO/A O TITULADO/A
Titulado Grado Superior/graduado 911,52
Director/a 974,79
Jefe/a de División 900,96
Jefe/a Personal, Compras, Jefe/a Sucursal, Encargado/a Gral. 900,96
Jefe/a Almacén, Jefe/a Secc. Mercantil, Encargado/a Establecimiento 900,96
PERSONAL ESPECIALISTA O NO TITULADO/A
Jefe/a de Sección 900,96
Cajero/a de Tienda 900,96
Comercial 900,96
Dependiente/a o vendedor/a 900,96
Ayudante Dependiente/a o vendedor/a 900,96
Auxiliar de Caja 900,96
PERSONAL ADMINISTRATIVO
Director/a Administrativo/a 975,36
Jefe/a División Administrativa 900,96
Jefe/a Administrativo/a 900,96
Contable y Cajero/a de Administración 900,96
Administrativo/a 900,96
PERSONAL SERVICIO
Dibujante 900,96
Escaparatista 900,96
Conductor/a, Repartidor/a 900,96
Ayudante Montaje 900,96
Delineante 900,96
PLUS CAJA: 42,95 euros
DIETA: 17,93 euros
MEDIA DIETA: 10,74 euros
PLUS KILOMETRAJE: 0,20 euros
AYUDA HIJO INCAPACITADO (Art. 18): 21,29 euros
Por tanto, la tabla salarial con las categorías determinadas del Convenio de Comercio de Bazares para la Provincia de Santa Cruz de Tenerife para los años 2021 y 2022 es la que se señala, quedando esta para determinar la base de los salarios para los años siguientes.
Las partes acuerdan delegar, en doña Sandra Tarín Herrera, con número de D.N.I.: ? .701.? ---, la facultad del Registro Telemático (REGCON) del presente acuerdo de las tablas salariales y conceptos anexos, favoreciendo su publicación en el BOP.
Sin más, y para que así consten en prueba de conformidad de todas las partes implicadas, se firma el presente acuerdo, siendo las 9:00 horas de la fecha indicada en el encabezamiento.
POR LA PARTE SOCIAL
POR LA PARTE EMPRESARIAL
Dirección General de Trabajo
Servicio de Promoción Laboral
