Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DEL METAL (31002005011982) de Navarra
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Convenio Colectivo de Sec...de Navarra

Última revisión
05/02/2016

Revision. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DEL METAL (31002005011982) de Navarra

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2015

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RESOLUCION 37C/2015, de 23 de diciembre, de la Directora General de Politica Economica y Empresarial y Trabajo, por la que se acuerda el registro, deposito y publicacion en el Boletin Oficial de Navarra del Acuerdo de la Comision Paritaria del Convenio Colectivo Sectorial del Comercio del Metal de Navarra de actualizacion salarial para el año 2015. (Boletín Oficial de Navarra num. 24 de 05/02/2016)

Preambulo

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Sectorial del Comercio del Metal de Navarra de actualización salarial para el año 2015 (código número 31002005011982), que tuvo entrada en este Registro en fecha 10 de diciembre de 2015, suscrito el día 4 de diciembre de 2015 por la Asociación de Distribuidores de Material Eléctrico de Navarra y por la Asociación de Ferreterías de Navarra y por los Sindicatos UGT y CCOO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

RESUELVO:

1.

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de Navarra.

2.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.

Pamplona, 23 de diciembre de 2015.

-La Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, Izaskun Goñi Razquin.

ACUERDO DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL DEL COMERCIO DEL METAL DE NAVARRA DE ACTUALIZACIÓN SALARIAL PARA EL AÑO 2015

En Pamplona, a 4 de diciembre de 2015.

REUNIDOS:

De una parte, en representación de las asociaciones empresariales firmantes del Convenio Colectivo del sector de Comercio del Metal de Navarra don José Manuel Ayesa Villar por la Asociación de Distribuidores de Matrial Electrico de Navarra, y don Juan Ramón Doral Brun por la Asociacion de Ferreterias de Navarra.

De otra, en representación de las centrales sindicales firmantes del Convenio Colectivo del sector de Comercio del Metal de Navarra don Gorka Martinez Hurtado de Saracho, por la Union General de Trabajadores de Navarra (UGT) y don Juan José Pérez Capapay por Comisiones Obreras de Navarra (CCOO).

Ambas partes, tras reconocerse capacidad legal suficiente, proceden a suscribir el presente Acuerdo de Actualizacion Salarial para el año 2015 que se regirá por las siguientes

ESTIPULACIONES:

Primera.-

Con efectos de 1 de enero de 2015, se incrementarán en un 0,8% las cantidades que para cada categoría profesional, se detallan en las tablas salariales vigentes a 31 de diciembre de 2014 (Anexo VI del texto del Convenio publicado en el Boletín Oficial de Navarra, número 154, de 12 de agosto de 2013) y ello con independencia de cuál sea la retribución real de cada trabajador afectado.

Se adjunta como Anexo a este acuerdo la tabla salarial correspondiente a 2015 una vez practicada la actualización salarial acordada.

Segunda.-

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, por el que se regula el registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, se acuerda remitir a la autoridad laboral competente el texto del Acuerdo, junto con su tabla salarial anexa, a efectos de su inscripción y depósito, con expresa petición de que se disponga lo necesario para su posterior publicación en el Boletín Oficial.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo sexto del citado Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, designar como solicitante de la inscripción y depósito del Acuerdo a don Javier Lecumberri Urabayen, con D.N.I. número 18208897G, apoderándolo a tal fin, en la forma más amplia que en derecho se requiera para ello.

Y en prueba de conformidad y para que así conste, firman el presente acuerdo todos los comparecientes, en representación de sus respectivas organizaciones, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

Fdo.: Asociacion Distribuidores de Material ElectricoFdo.: Asociacion de FerreteriasFdo.: UGTFdo.: CCOO

ANEXO I. Tablas salariales 2015

CONVENIO COLECTIVO DEL COMERCIO DE METALDE NAVARRA

CATEGORÍA PROFESIONAL

2015

GRUPO PRIMERO

Ingenieros y licenciados

1.948,61

Ayudantes Técnicos

1.696,57

Practicantes

1.611,17

GRUPO SEGUNDO

Jefe de Personal, Ventas y Compras

1.878,80

Gerente o Director Comercial

1.936,24

Jefe de Sucursal

1.878,80

Encargado General

1.878,80

Encargado de Establecimiento, Vendedor Comprador

1.742,99

Jefe de Almacen

1.742,99

Jefe de Grupo

1.742,99

Jefe de Sección

1.649,91

Viajante

1.469,54

Corredor de Plaza

1.469,54

Dependiente de más de 25 años

1.469,54

Dependiente de 22 a 25 años

1.254,88

Ayudante

1.139,62

Dependiente Mayor. 10% más que el de 25 años

1.616,50

Aprendiz de Segundo Año

897,44

Aprendiz de Primer Año

769,45

GRUPO TERCERO

Jefe Administrativo

1.878,80

Jefe de Seccion Administrativo

1.742,99

Contable

1.611,17

Oficial Administrativo

1.469,54

Auxiliar Administrativo de más de 25 años

1.324,22

Auxiliar Administrativo de menos de 25 años

1.191,54

Aspirante de Segundo año

897,44

Aspirante de Primer año

769,45

Auxiliar de Caja de mas de 20 años

1.128,02

Auxiliar de Caja de 24 y 25 años

1.217,41

Auxiliar de Caja de mas de 25 años

(Si cobran ventas a crédito, un 10% más, siempre que ello exija la realización de operaciones complementarias)

1.371,09

GRUPO CUARTO

Dibujantes

1.790,37

Escaparatistas

1.518,09

PROFESIONALES DE OFICIO

Jefe de Servicios Técnicos

1.649,91

Jefe de Taller

1.492,83

Profesionales de Oficio de Primera

1.469,54

Profesionales de Oficio de Segunda

1.325,54

Ayudante

1.233,50

Capataz

1.490,83

Mozo Especializado

1.325,54

Mozo

1.260,71

Telefonista

1.221,71

Envasadora o Embaladora

1.231,64

Cortador

1.469,52

Ayudante de Cortador

1.243,44

Aprendiz de Segundo año

897,44

Aprendiz de Primer año

769,45

Auxiliar de Distribucion de 18 a 19 años

897,44

Auxiliar de Distribucion de 16 a 17 años

769,45

GRUPO QUINTO

Conserje, Vigilante, Sereno, Ordenanza

1.221,72

Portero

1.221,72

Cobrador

1.289,31

Personal de Limpieza (por hora)

6,25

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