Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO TEXTIL (08000795011994) de Barcelona
Convenios
Convenio Colectivo de Sec... Barcelona

Última revisión
11/08/2009

Correccion. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO TEXTIL (08000795011994) de Barcelona

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 11 de Agosto de 2009

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min

Documento oficial en PDF(Páginas 75-76)

RESOLUCION TRE/2271/2009, de 5 de junio, por la que se dispone la inscripcion y la publicacion del Acuerdo de la Comision Negociadora del Convenio colectivo de trabajo del sector del comercio textil de la provincia de Barcelona para los años 2008-2010 (codigo de convenio num. 0800795). (Diario Oficial de Cataluña num. 5440 de 11/08/2009)

Preambulo

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de trabajo del sector del comercio textil de la provincia de Barcelona, suscrito por el Gremi de Comerç Tèxtil i Sastreria, CCOO y UGT, el día 26 de enero de 2009, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.b) del Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; el Decreto 326/1998, de 24 de diciembre, de reestructuración de las delegaciones territoriales del Departamento de Trabajo, modificado por el Decreto 106/2000, de 6 de marzo, de reestructuración parcial del Departamento de Trabajo; el Decreto 199/2007, de 10 de septiembre, de reestructuración del Departamento de Trabajo, y otras normas de aplicación,

Resuelvo:

1 Disponer la inscripción del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de trabajo del sector del comercio textil de la provincia de Barcelona para los años 2008-2010 (código de convenio núm. 0800795) en el Registro de convenios de los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo en Barcelona.

2 Disponer que el texto mencionado se publique en el DOGC.

Barcelona, 5 de junio de 2009

Elisenda Giral i Masana

Directora de los Servicios Territoriales en Barcelona

Traducción del texto original firmado por las partes

ACUERDO de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de trabajo del sector del comercio textil de la provincia de Barcelona.

Asistentes:

Representación empresarial

Xavier Coll Olalla, Francesc Pijuan Rabat y Eduardo Ortega Figueiral (asesor).

Representación de los trabajadores

CCOO: Manoli Molina, Mª José Alguacil, Francisco Palos, Conchi Leal, Isabel Balboa, Micaela Ferreira, Antonia Villalobos, Paqui Garnica, Ana Mª Gaona, Marisa López (asesora) y Esteban Sanabria (asesor).

UGT: Susana Gallego, Javier Cid, José Cabrera, Raquel García, María Jovita, Pedro Sánchez y Moisés Berruezo (asesor).

En Barcelona, el 26 de enero de 2009, a las 17.00 horas, se reúnen las partes indicadas al encabezamiento, en su condición de representantes de los trabajadores y de las empresas, respectivamente, a la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del comercio textil de Barcelona y provincia.

El motivo de la reunión se centra a modificar una serie de errores formales advertidos en la versión catalana del Convenio. Concretamente, son los siguientes:

En el artículo 19, categorías profesionales, al definir la categoría profesional de.vendedor de segunda., se indica:.Es el ayudante de primera con 3 años de experiencia (..). cuando en realidad tendría que indicar.Es el ayudante de primera con 2 años de experiencia (..).

De la misma manera y en el mencionado artículo 19, categorías profesionales, al definir la categoría profesional.Ayudante de segunda., se indica:.Es el aprendiz con 2 años de experiencia (..). cuando en realidad se tendría que indicar:.Es el aprendiz con 1 año de experiencia (..).

Todos los asistentes firman nuevamente la hoja del Convenio con las rectificaciones mencionadas anteriormente, el cual se anexa a esta acta.

De la misma manera se adjunta, en formato digital, nuevamente, texto íntegro del Convenio en versión catalana, con las modificaciones ya incluidas en el mencionado artículo.

Y sin más asuntos a tratar, cada una de las representaciones se ratifica en el contenido íntegro de este escrito, y lo firman en la ciudad y fecha que se indican al encabezamiento.

(09.173.162)