Última revisión
13/02/2025
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO TEXTIL (20000355011981) de Gipuzkoa
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante
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Revisión salarial para 2025 del convenio colectivo del Comercio Textil de Gipuzkoa. (Boletín Oficial de Gipuzkoa num. 29 de 13/02/2025)
Único. El día 29 de enero de 2025, la comisión negociadora del Convenio Colectivo para el Comercio Textil de Gipuzkoa, ha presentado la revisión salarial para el año 2025, prevista en el mismo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia prevista en el art. 90.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el art. 18.2.g del Decreto 323/2024, de 5 de noviembre (Boletín Oficial del País Vasco de 21-11-2024) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo; en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero (Boletín Oficial del País Vasco de 15-02-2011) y con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 12-06-2010) sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos.
Segundo. El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.
En su virtud,
RESUELVO
Primero. Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos, con notificación a las partes.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
San Sebastián, a 30 de enero de 2025.?El delegado territorial, Victor Monreal de la Iglesia. (760)
Tablas salariales Convenio colectivo Comercio Textil 2025
Artículo 14. Plus distancia: 26,24 euros.
Artículo 15. Plus transporte urbano: 38,85 euros.
Artículo 16. Quebranto de moneda: 79 euros.
Artículo 17. Dietas: 23,89 euros.
ANEXO 1: TABLA SALARIAL
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF DE PUBLICACIÓN)
