Convenio Colectivo de Sec...e Alicante

Última revisión
29/07/2004

Revision. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE VIDRIO Y CERAMICA (03000205011982) de Alicante

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2004 en adelante

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Revision salarial para el año 2004 del Convenio Colectivo Provincial de Comercio de Vidrio y Ceramica (Boletín Oficial de Alicante num. 173 de 29/07/2004)

Preambulo

Visto el escrito presentado en el día de hoy, por las representaciones del Sindicato Comarcal de Trabajadores de L'Alacantí de Comercio, Hostelería-Turismo y Juego de la U. G. T. y la Federación de Comercio, Hostelería y Turismo de Comisiones Obreras, y en aplicación de lo determinado en el artículo 3º del convenio colectivo de ámbito provincial de comercio de vidrio y cerámica, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 17, de fecha 21 de enero de 2002, en el que se establece lo siguiente: "Si se desiste de la denuncia, la prórroga del mismo en año o en años sucesivos, llevará consigo el incremento salarial equivalente al tanto por ciento del Índice General de Precios al Consumo (I. P. C.) del año anterior, en su conjunto nacional, conforme a los datos oficiales del Instituto nacional de Estadística.- De igual modo, si denunciado el convenio por cualquiera de las partes no fuera posible constituir la mesa de negociación durante los 6 primeros meses del año, quedará prorrogado el convenio incrementándose con el I. P. C. real de la anualidad anterior", y la solicitud de registro, depósito y publicación de la correspondiente Tabla Salarial para el año 2004 que recoge un incremento del 2,60% sobre la vigente, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 271, de fecha 25 de noviembre de 2003.

Esta Dirección Territorial de Empleo y Trabajo, conforme a las competencias establecidas en el Real Decreto 4.105/82, de 29 de diciembre y Decreto 65/2000, de 22 de mayo, del Gobierno Valenciano, acuerda:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Unidad Administrativa con notificación a las representaciones del Sector.

Segundo

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

ANEXO UNICO

TABLA SALARIAL AÑO 2004 CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE COMERCIO DE VIDRIO Y CERAMICA

CATEGORIA

SALARIO MENSUAL

SALARIO ANUAL

JEFE DE PERSONAL

946,10

14.664,37

JEFE DE COMPRAS Y VENTAS

946,10

14.664,37

ENCARGADO GENERAL

946,10

14.664,37

JEFE DE ALMACÉN

903,93

13.362,99

JEFE DE GRUPO

864,05

13.392,75

JEFE DE SECCIÓN

825,25

12.791,40

ENCARGADO DE ESTABLECIMIENTO

815,24

12.636,14

VIAJANTE

825,25

12.791,40

CORREDOR DE PLAZA

815,24

12.636,14

DEPENDIENTE MAYOR (10% MAS QUE EL DEPENDIENTE)

825,11

12.789,15

DEPENDIENTE

750,10

11.626,51

AYUDANTE

708,44

10.980,57

TRAB. EN FORMACIÓN (PRIMER AÑO)

S.M.I.

S.M.I.

TRAB. EN FORMACIÓN (SEGUNDO AÑO)

S.M.I. + 10%

S.M.I. + 10%

JEFE ADMINISTRATIVO

941,64

14.595,40

JEFE DE SECCIÓN ADMINISTRATIVO

883,73

13.697,84

CONTABLE TITULADO O PROGRAMADOR

883,73

13.697,84

CONTABLE

825,25

12.791,40

CAJERO

825,25

12.791,40

TAQUIMECANÓGRAFO

825,25

12.791,40

OFICIAL ADMINISTRATIVO Y OPERADOR

780,70

12.100,74

AUX. ADMIN, PERFORISTA, INTRODUCTOR

708,44

10.980,75

AUXILIAR CAJA (PRIMER AÑO)

632,31

9.800,98

AUXILIAR CAJA (2º AÑO)

669,56

10.378,10

AUXILIAR CAJA (TERCER AÑO)

696,54

10.796,53

AUXILIAR CAJA (A PARTIR DEL 4º AÑO)

728,58

11.293,11

JEFE DE TALLER

883,73

13.697,84

PROFESIONAL DE OFICIO DE1ª

790,16

12.247,55

PROFESIONAL DE OFICIO DE2ª

697,35

10.809,04

AYUDANTE DE OFICIO

646,38

10.018,87

CONDUCTOR-REPARTIDOR DE1ª

790,14

12.247,23

CONDUCTOR-REPARTIDOR DE2ª

697,35

10.809,04

CONDUCTOR MOTOCICLO

676,47

10.485,36

CAPATAZ

687,46

10.655,70

MOZO ESPECIALIZADO

664,06

10.292,89

MOZO

643,95

9.981,08

TELEFONISTA

643,95

9.981,08

CONSERJE

643,95

9.981,08

COBRADOR

676,48

10.485,47

VIGILANTE

698,20

10.822,20

PERSONAL DE LIMPIEZA

644,05

9.982,80

PLUS LOCOMOCION (ART.30)

60,50

DIETA COMPLETA (ART.29)

31,15

MEDIA DIETA (ART.29)

8,50

Alicante, 9 de julio de 2004. El Director Territorial de Empleo y Trabajo, Ramón Rocamora Jover.