Convenio Colectivo de Sec...e Alicante

Última revisión
01/02/2007

Revision. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE VIDRIO Y CERAMICA (03000205011982) de Alicante

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2007 en adelante

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Tabla Salarial para 2007 del Convenio Colectivo Provincial de Comercio de Vidrio y Ceramica (Boletín Oficial de Alicante num. 26 de 01/02/2007)

Preambulo

Visto el escrito presentado en el día de hoy, por la representación del Sindicato Comarcal de Trabajadores de L'Alacantí de Comercio, Hostelería-Turismo y Juego de la U. G. T. y de la Federación de Comercio, Hostelería y Turismo de CC. OO., y la solicitud de registro, depósito y publicación de la tabla salarial para el año 2.007 que se adjunta y, en aplicación de lo determinado en el artículo 3º, del Convenio Colectivo de ámbito provincial de comercio de vidrio y cerámica, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 17, de fecha 21 de enero de 2002, en el que establece «Si se desiste de la denuncia, la prórroga del mismo en año o en años sucesivos, llevará consigo el incremento salarial equivalente al tanto por ciento del Índice General de Precios al Consumo (I. P. C.) del año anterior, en su conjunto nacional, conforme a los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística.- De igual modo, si denunciado el convenio por cualquiera de las partes no fuera posible constituir la mesa de negociación durante los 6 meses primeros meses del año, quedará prorrogado el convenio incrementándose con el I. P. C. real de la anualidad anterior».

Esta Dirección Territorial de Empleo y Trabajo, conforme a las competencias establecidas en el Real Decreto 4.105/82, de 29 de diciembre, y Decreto 65/2.000, de 22 de mayo, del Gobierno Valenciano, acuerda:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Unidad Administrativa con notificación a las representaciones del Sector.

Segundo

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

ANEXO ÚNICO

Tabla salarial año 2007

Convenio colectivo provincial de comercio de vidrio y cerámica

CATEGORIA

SALARIO MENSUAL

SALARIO ANUAL

JEFE DE PERSONAL

1.039,85 EUROS

16.117,30 EUROS

JEFE DE COMPRAS Y VENTAS

1.039,85 EUROS

16.117,30 EUROS

ENCARGADO GENERAL

1.039,85 EUROS

16.117,30 EUROS

JEFE DE ALMACÉN

993,50 EUROS

14.686,98 EUROS

JEFE DE GRUPO

949,66 EUROS

14.719,69 EUROS

JEFE DE SECCIÓN

907,02 EUROS

14.058,76 EUROS

ENCARGADO DE ESTABLECIMIENTO

896,02 EUROS

13.888,12 EUROS

VIAJANTE

907,02 EUROS

14.058,76 EUROS

CORREDOR DE PLAZA

896,02 EUROS

13.888,12 EUROS

DEPENDIENTE MAYOR (10% MAS QUE EL DEPENDIENTE)

906,86 EUROS

14.056,28 EUROS

DEPENDIENTE

824,41 EUROS

12.778,46 EUROS

AYUDANTE

778,63 EUROS

12.068,51 EUROS

X TRAB. EN FORMACIÓN (PRIMER AÑO)

S.M.I.

S.M.I.

X TRAB. EN FORMACIÓN (SEGUNDO AÑO)

S.M.I. + 10%

S.M.I. + 10%

JEFE ADMINISTRATIVO

1.034,94 EUROS

16.041,49 EUROS

JEFE DE SECCIÓN ADMINISTRATIVO

971,29 EUROS

15.055,01 EUROS

CONTABLE TITULADO O PROGRAMADOR

971,29 EUROS

15.055,01 EUROS

CONTABLE

907,02 EUROS

14.058,76 EUROS

CAJERO

907,02 EUROS

14.058,76 EUROS

TAQUIMECANÓGRAFO

907,02 EUROS

14.058,76 EUROS

OFICIAL ADMINISTRATIVO Y OPERADOR

858,05 EUROS

13.299,66 EUROS

AUX.ADMIN., PERFORISTA, INTRODUCTOR

778,63 EUROS

12.068,71 EUROS

Xx AUXILIAR CAJA (PRIMER AÑO)

694,95 EUROS

10.772,05 EUROS

Xx AUXILIAR CAJA (2º AÑO)

735,91 EUROS

11.406,35 EUROS

Xx AUXILIAR CAJA (TERCER AÑO)

765,56 EUROS

11.866,24 EUROS

Xx AUXILIAR CAJA (A PARTIR DEL 4º AÑO)

800,76 EUROS

12.412,02 EUROS

JEFE DE TALLER

971,29 EUROS

15.055,01 EUROS

PROFESIONAL DE OFICIO DE 1ª

868,45 EUROS

13.461,02 EUROS

PROFESIONAL DE OFICIO DE 2ª

766,45 EUROS

11.879,99 EUROS

AYUDANTE DE OFICIO

710,42 EUROS

11.011,52 EUROS

CONDUCTOR-REPARTIDOR DE 1ª

868,42 EUROS

13.460,67 EUROS

CONDUCTOR-REPARTIDOR DE 2ª

766,45 EUROS

11.879,99 EUROS

CONDUCTOR MOTOCICLO

743,50 EUROS

11.524,23 EUROS

CAPATAZ

755,57 EUROS

11.711,46 EUROS

MOZO ESPECIALIZADO

729,86 EUROS

11.312,69 EUROS

MOZO

707,76 EUROS

10.969,99 EUROS

TELEFONISTA

707,76 EUROS

10.969,99 EUROS

CONSERJE

707,76 EUROS

10.969,99 EUROS

COBRADOR

743,51 EUROS

11.524,37 EUROS

VIGILANTE

767,37 EUROS

11.894,45 EUROS

PERSONAL DE LIMPIEZA

707,86 EUROS

10.971,88 EUROS

PLUS LOCOMOCION (ART. 30)

66,50 EUROS

DIETA COMPLETA (ART. 29)

34,24 EUROS

MEDIA DIETA (ART. 29)

9,34 EUROS

Por UGT: Eduardo Vacas González.

Por CC. OO.: Fermín Molas Alemañ.

Alicante, 22 de enero de 2007. El Director Territorial de Empleo y Trabajo, Ramón Rocamora Jover.