Última revisión
06/02/2023
Revision. Convenio Colectivo de Sector de CONFITERIAS, PASTELERIAS Y VENTA DE DULCE (50000325011983) de Zaragoza
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022 en adelante
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
ACTA Y TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 2022 DEL CONVENIO DEL SECTOR DE CONFITERÍAS, PASTELERÍAS Y VENTA DE DULCES DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA. (Boletín Oficial de Zaragoza num. 27 de 04/02/2023)
Visto acta y tablas salariales para el año 2022, referidas a la cláusula adicional cuarta del convenio colectivo del sector de Confiterías, Pastelerías y Venta de Dulces de la provincia de Zaragoza (código de convenio 50000325011983), suscritas el día 16 de junio de 2022 entre representantes de los trabajadores (CC.OO. y UGT-FICA) y la Asociación Provincial de Empresarios de Confitería, Pastelería, Bollería y Repostería de Zaragoza, recibidas en la Subdirección Provincial de Trabajo el día 24 de enero de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo,
Esta Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza acuerda:
Primero. — Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Subdirección Provincial, con notificación a la comisión paritaria.
Segundo. — Disponer la publicación de las tablas en el BOPZ.
Zaragoza, 25 de enero de 2023. — La subdirectora provincial de Trabajo, Beatriz Latorre Moreno.
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA
CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR CONFITERÍA, PASTELERÍA Y VENTAS DE DULCES DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA
En la ciudad de Zaragoza, y en la sede de CC.OO. Industria Aragón, siendo las 11:00 horas del día 16 de junio de 2022, se reúnen:
• De una parte:
Doña María Belén Tejedor Barrado y don Juan Jesús Garralda Torres, en representación de la Asociación Provincial de Empresarios de Confitería, Pastelería, Bollería y Repostería de Zaragoza, asistiendo como asesora doña Dolores Calzado de la Hoz.
• De otra parte:
Doña Ana Pilar Sánchez Delgado, en representación de la Federación de Industria de CC.OO. Industria Aragón, y don José Juan Arceiz Villacampa, en representación de UGT-FICA-ARAGÓN.
Ambas partes se reconocen legitimidad y representatividad suficiente para las deliberaciones y posterior acuerdo, si procede, en el marco de la comisión paritaria regulada en el artículo 37 del vigente convenio colectivo del sector Confiterías, Pastelerías y Venta de Dulces de la provincia de Zaragoza (código de convenio (50000325011983), con vigencia 2011 a 2020, y adoptan los siguientes
Acuerdos:
El objeto de la reunión de la comisión paritaria es el cumplimiento de la cláusula adicional cuarta del convenio colectivo, que estipula la necesidad de garantizar los salarios mínimos fijados para cada año.
Para ello se adaptan las tablas de los años 2022 al salario mínimo interprofesional, según el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional en 14.000 euros al año.
Las partes señalan que, una vez publicado las tablas salariales de los años 2020 y 2021 del presente convenio en fecha 18 de mayo de 2022 en el BOPZ, adaptadas al salario minio interprofesional de los citados años, la obligatoriedad de las empresas del abono en las cuantías señaladas.
Por todo lo anterior se procede a adaptar las tablas salariales para el año 2022, pasando a ser las siguientes:
ANEXO X
Tabla 2022
Tabla 2022, adaptada al salario mínimo interprofesional 2022, Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, donde se fija en 14.000 euros al año.
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)
