Convenio Colectivo de Sec...e Asturias

Última revisión
06/03/2018

Revision. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (33000295011979) de Asturias

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2016 en adelante

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Resolucion de 8 de febrero de 2018, de la Consejeria de Empleo, Industria y Turismo, por la que se ordena la inscripcion del Acuerdo Parcial del Convenio Colectivo del sector de Construccion y Obras Publicas del Principado de Asturias en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo dependiente de la Direccion General de Trabajo. [Cod. 2018-01965] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 54 de 06/03/2018)

Visto el Acta de la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Construcción y obras públicas del Principado de Asturias (C-037/2017, código 33000295011979), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias el 7 de febrero de 2018, en la que se acuerda la continuación de la vigencia del convenio hasta 31 de mayo de 2018; La aplicación con carácter retroactivo de dicha prórroga a 31 de diciembre de 2016 y las tablas salariales para 2017 del convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 86.3 en relación con el 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos Colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 14 de agosto de 2015, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Empleo. Industria y Turismo, en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, 8 de febrero de 2018.? El Consejero de Empleo, Industria y Turismo.? P.D. autorizada en Resolución de 14-8-2015, publicada en el BOPA núm. 191, de 18-VIII-2015.? El Director General de Trabajo.? Cód. 2018-01965.

En Oviedo a 5 de febrero de 2018.

Acta De La Segunda Reunión De La Mesa Negociadora Del Convenio Colectivo De Trabajo Para La Construcción Y Obras Públicas Del Principado De Asturias

Asistentes:

Representación empresarial:

Cac-asprocon:

? D. Mariano Canal Bueno.

? D. Emilio Candanedo.

? D.ª Susana García-Rama.

? D. Daniel Rodríguez López.

? D. Luis J. Fernández González.

? D. Antonio Manuel García.

? D.ª Cristina Bulnes Sánchez.

? D. José Luis Fernández-Avello García-Tuñón.

Asesores:

- D. Manuel Fernández Álvarez.

- D.ª Cristina Fernández Díaz.

Representación de los trabajadores:

Comisiones obreras (CC.OO) construcción y servicios:

- D.ª Aida Suarez Couceiro.

- D. Vicente González Olivenza.

- D. José Manuel Balseiro Prieto.

- D. Ernesto Fernández Fuertes.

- D. Manuel Hortensio Mortera Llaneza.

Asesores:

- D. Jeremías Dos Santos Zapico.

- D. Rafael Bravo Ballina.

Representantes de UGT-FICA.

? D. Isidoro Díez Valdeón

? D. José Luis del Mazo Chico

? D. José Manrique Ramos Rodríguez

? D. José Rodríguez Velasco

? D. Pierre Fernández Fernández

Asesores:

- D. Javier Campa Méndez

- D.ª M.ª del Pilar Iglesias García

Siendo las 17.30 horas, se reúne la mesa negociadora del convenio colectivo de trabajo para la construcción y obras públicas del Principado de Asturias quienes manifiestan lo siguiente:

Que las partes negociadoras del convenio colectivo han acordado los siguientes acuerdos parciales en la negociación del presente convenio:

Primero.? Que el convenio colectivo de trabajo para la construcción y obras públicas del Principado de Asturias 2013-2016 continuará en vigor hasta el 31 de mayo de 2018, fecha en la que podrá pactarse si ambas partes así lo convienen, una nueva prórroga en caso de no haberse firmado el convenio colectivo objeto de la presente negociación.

Segundo.? Que la prórroga anteriormente reseñada tiene carácter retroactivo entendiéndose por ello que el convenio colectivo 2013-2016 queda prorrogado desde el 31 de diciembre de 2016.

Tercero.? Que las partes negociadoras del convenio han acordado las tablas salariales del año 2017 que se reflejan a continuación en el anexo I, y que tiene carácter retroactivo al 1 de enero de 2017.

TABLA SALARIAL AÑO 2016

Año: 366 días Subida 1,15%

Sobre Tabla Definitiva Año 2016

CALCULO EN FUNCIÓN DE LOS HORAS DE CONVENIO

Vacaciones

Verano

Navidad

NIV

S. base

P. asis

Día

Periodo

Día

Periodo

Día

Periodo

Retri. anual

II

56,05

7,54

6,9793

2.554,42

14,0349

2.554,35

13,8827

2.554,42

28.659,80

III

45,92

7,54

5,8213

2.130,60

11,7054

2.130,38

11,5782

2.130,39

23.984,30

IV

44,66

7,54

5,6882

2.081,88

11,4394

2.081,97

11,3150

2.081,96

23.415,38

V

42,60

7,54

5,4442

1.992,58

10,9477

1.992,48

10,8290

1.992,54

22.455,01

VI

40,27

7,54

5,2128

1.907,88

10,4824

1.907,80

10,3687

1.907,84

21.418,05

VII

39,53

7,54

5,0421

1.845,41

10,1400

1.845,48

10,0303

1.845,58

20.982,36

VIII

38,29

7,54

4,9308

1.804,67

9,9160

1.804,71

9,8081

1.804,69

20.443,32

IX

36,57

7,54

4,7559

1.740,66

9,5639

1.740,63

9,4606

1.740,75

19.673,37

X

35,45

7,54

4,6919

1.717,24

9,4352

1.717,21

9,3329

1.717,25

19.226,71

XI

34,91

7,54

4,6015

1.684,15

9,2534

1.684,12

9,1533

1.684,21

18.946,05

XII

34,50

7,54

4,5304

1.658,13

9,1105

1.658,11

9,0115

1.658,12

18.730,17

XIII

25,82

7,54

3,3466

1.224,86

6,7272

1.224,35

6,6573

1.224,94

14.513,48

Plus Mixto Extrasarial:

Kilometraje Euros/km

2,42

0,3286

Dieta

1/2 Dieta

34,97

10,05

TABLA SALARIAL AÑO 2017

Año: 365 días Subida 1,90%

SOBRE TABLA DEFINITIVA AÑO 2016

CÁLCULO EN FUNCIÓN DE LaS HORAS DE CONVENIO (1.736 horas)

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