Convenio Colectivo de Sec...de Cáceres

Última revisión
15/01/2016

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (10000065011982) de Cáceres

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2016 en adelante

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Resolucion de 22 de diciembre de 2015, de la Direccion General de Trabajo, por la que se ordena la inscripcion en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autonoma de Extremadura y se dispone la publicacion del Acta de fecha 20 de noviembre de 2015, suscrita por la Comision Paritaria del Convenio Colectivo de Construccion y Obras Publicas para Caceres y su provincia , en la que se establece el calendario laboral para el año 2016 aplicable en el ambito de actuacion del citado convenio. (Diario Oficial de Extremadura num. 9 de 15/01/2016)

Visto el texto del acta, de fecha 20 de noviembre de 2015, suscrita por la Comisión Paritaria del 'Convenio Colectivo de Construcción y Obras Públicas para Cáceres y su provincia' (código de convenio 10000065011982), en la que se establece el calendario laboral para el año 2016 aplicable en el ámbito de actuación del citado convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 182/2010, de 27 de agosto, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 22 de diciembre de 2015.

La Directora General de Trabajo, MARÍA SANDRA PACHECO MAYA

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE CONSTRUCCIÓN Y

OTRAS PÚBLICAS PARA LA PROVINCIA DE CÁCERES 20 de noviembre de 2015

En Cáceres, y en la sede de FECONS (Cáceres, c/ San Pedro 2, locales 14-15), siendo las

11:30 horas del día 20 de noviembre de 2015, se reúne previa convocatoria en tiempo y forma la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial de Construcción y Obras Públicas, con la asistencia de los siguientes miembros:

Por MCA-UGT: Francisco Morcillo Pereiro. Miguel Talavera Gilete.

Por CC.OO. de Construcción y Servicios: Jacinto Mellado García. Ildefonso Rodríguez Doncel.

Por FECONS: Joaquín Sánchez Chamorro.

Por PYMECON: José Luis Iglesias Sánchez.

ORDEN DEL DÍA

UNO.- Calendario Laboral para el año 2016.

Analizado el calendario de días festivos para el año 2016, se procede a hacer el cómputo teniendo en cuenta que según el Convenio General del Sector, la jornada laboral, en cómputo anual, queda establecida en 1.738 horas, distribuidas en 40 horas semanales de lunes a viernes, salvo pacto en contrario.

En consecuencia, las partes firmantes, toman los siguientes acuerdos:

1. Se recomiendan como días festivos de convenio para el sector de la construcción y las obras públicas de la provincia de Cáceres durante el año 2016 los siguientes:

' 9 de septiembre.

' 31 de octubre.

' 5, 7 y 9 de diciembre.

' 1 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de la ciudad de Cáceres será el 26 de mayo y el 13 de junio para Plasencia.

' Reducción de una hora diaria entre el 14 de julio y el 12 de agosto ambos inclusive, como consecuencia de la jornada de verano.

Si alguno de estos días coincidiese con fiesta local, se declarará día festivo no recuperable el inmediato hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre empresa y trabajador. Estos días no serán computables al efecto del disfrute de las vacaciones.

2. En el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una fiesta local con Sábado o Domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o posterior. En Cáceres capital, el festivo correspondiente al día de San Jorge (sábado 23 de abril) pasará a disfrutarse el viernes día 22 de abril.

3. En el caso de que la empresa con la representación de los trabajadores acuerden no realizar la jornada de verano entre el 14 de Julio y el 12 de Agosto, ambos inclusive, se establecerán en sustitución dos días festivos de convenio y seis horas de asuntos propios, acordando los días en que se compensan.

Se delega en D. Juan Ignacio Bazaga Dávila la tramitación para la publicación y efectos de los presentes acuerdos.

No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, siendo las 12:00 horas del día de la fecha, levantando la presente acta el secretario de la comisión que en prueba de conformidad firman todos los asistentes en el lugar y fecha ut supra.