Última revisión
21/01/2019
Calendario. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (10000065011982) de Cáceres
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2019 en adelante
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Resolucion de 18 de diciembre de 2018, de la Direccion General de Trabajo, por la que se ordena la inscripcion en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autonoma de Extremadura y se dispone la publicacion del Acta, de fecha 29 de noviembre de 2018, suscrita por los miembros integrantes de la Comision Negociadora del Convenio Colectivo de la Construccion y Obras Publicas para Caceres y su provincia en la que se establece el calendario laboral para el año 2019. Codigo de convenio 10000065011982 (Diario Oficial de Extremadura num. 13 de 21/01/2019)
Visto el texto del Acta, de fecha 29 de noviembre de 2018, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del 'Convenio Colectivo de la Construcción y Obras Públicas para Cáceres y su provincia' (código de convenio 10000065011982, publicado en DOE de 12 de marzo de 2008), en la que se establece el calendario laboral para el año 2019 aplicable en el ámbito de actuación del citado convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en el artículo 6 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, sobre distribución de competencias y sobre creación de registros públicos en materia de ejecución de la legislación laboral.
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 18 de diciembre de 2018.
La Directora General de Trabajo,
MARÍA SANDRA PACHECO MAYA
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS PARA LA PROVINCIA DE CÁCERES
29 de noviembre de 2018.
En Cáceres, y en la sede de la FLC (P2 Mejostilla, c/ Ocho de Marzo s/n), siendo las 10:00 horas del día 29 de noviembre de 2018, se reúne previa convocatoria en tiempo y forma la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial de Construcción y Obras Públicas, con la asistencia de los siguientes miembros:
Por UGT-FICA:
Miguel Talavera Gilete.
Paulino Guardado Mirón.
Por CC.OO de Construcción y Servicios:
Jacinto Mellado García.
José Antonio Guerra Peláez.
Álvaro González Gil.
Por FECONS:
Joaquín Sánchez Chamorro.
Por PYMECON:
José Luis Iglesias Sánchez.
ORDEN DEL DÍA
Uno. Calendario Laboral para el año 2019.
Analizado el calendario de días festivos para el año 2019, se procede a hacer el cómputo teniendo en cuenta que según el Convenio General del Sector, la jornada laboral, en cómputo anual, queda establecida en 1.736 horas, distribuidas en 40 horas semanales de lunes a viernes, salvo pacto en contrario.
En consecuencia, las partes firmantes, toman los siguientes acuerdos:
1. Se recomiendan como días festivos de convenio para el sector de la construcción y las obras públicas de la provincia de Cáceres durante el año 2019 los siguientes:
-- 22 de abril.
-- 16 de agosto.
-- 23, 24, 30 y 31 de diciembre.
-- 1 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de Cáceres capital será el 30 de mayo y el 17 de junio para Plasencia.
-- Reducción de una hora diaria entre el 12 de julio y el 14 de agosto ambos inclusive, como consecuencia de la jornada de verano.
Si alguno de estos días coincidiese con fiesta local, se declarará día festivo no recuperable el inmediato hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre empresa y trabajador. Estos días no serán computables al efecto del disfrute de las vacaciones.
2. En el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una fiesta local con sábado o domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o posterior.
3. En el caso de que la empresa con la representación de los trabajadores acuerden no realizar la jornada de verano entre el 12 de julio y el 14 de agosto, ambos inclusive, se establecerán en sustitución tres días festivos de convenio, acordando los días en que se compensan.
Por unanimidad se delega en D. Fidel Pozas Martín la tramitación para la publicación y efectos de estos acuerdos.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, siendo las 10:30 horas del día de la fecha, levantando la presente acta el secretario de la comisión que en prueba de conformidad firman todos los asistentes en el lugar y fecha ut supra.
Por UGT-FICA:
Por CCOO-CYS:
Por FECONS:
Por PYMECON:
