Convenio Colectivo de Sec... de Cuenca

Última revisión
16/08/2010

Revision. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (16000075011981) de Cuenca

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2010

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Documento oficial en PDF(Páginas 15-17)

Convenio colectivo para la construccion y obras publicas de la provincia de cuenca y las Tablas Salariales (Anexos I y II) (Boletín Oficial de Cuenca num. 93 de 16/08/2010)

Preambulo

VISTAS EL ACTA DE REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE CUENCA y las Tablas Salariales (Anexos I y II), en aplicación de la revisión económica para el año 2010, firmadas el día 30 de julio de 2010, de una parte, por D. Antonio Pérez Pinósy D. Manuel Carrascosa García en representación de APYMEC, y de otra, en representación de los trabajadores, por D. Félix Pastor Mora (FECOMA-CC.OO.) y por D. Manuel Martínez Cuenca (MCA-U.G.T.), de conformidad con lo dispuesto en el Art. 90 núms. 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de Marzo, Estatuto de los Trabajadores, el Art. 2º b) del Real Decreto 1040/1981 de 22 de Mayo, el Real Decreto 384/1995 de 10 de Marzo sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de Trabajo y el Decreto 77/2006 de 6 de Junio de 2006, de la Consejería de Trabajo y Empleo por el que se atribuyen las competencias derivadas del proceso de transferencias en materia de Cooperativas, Sociedades Laborales, Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales.

Esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo, Igualdad y Juventud, acuerda:

1.º-

Ordenar su inscripción en el Libro de Registro de Convenios Colectivos con el Código de Convenio número 1600075, así como su archivo y depósito en esta Delegación Provincial, con notificación a la Comisión Negociadora.

2.º-

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Cuenca, 2 de agosto de 2010.

- La Delegada Provincial, Fdo.: Elena Carrasco Valera.

ACTA DE REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE CUENCA, EN APLICACIÓN DE LA REVISIÓN ECONÓMICA PARA EL AÑO 2010.

En la Ciudad de Cuenca, en la sede social de la Asociación de Empresas de la Construcción y Afines de la Provincia de Cuenca (APYMEC), siendo las 13 horas del día 30 de julio de 2010, se reúnen: los representantes de los trabajadores por FECOMA-CC.OO., D. Félix Pastor Mora y por MCA-U.G.T., D. Manuel Martínez Cuenca, y por los empresarios en representación de APYMEC, D. Manuel Carrascosa García y D. Antonio Pérez Pinós, a fin de proceder a dar cumplimiento al art.48 del Convenio Colectivo de la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Cuenca 2007-2011, sobre incremento económico para el año 2010, todo ello, según Acta de la reunión 1/2010, de 22 de junio, de la Comisión Negociadora del IV Convenio General del Sector de la Construcción.

Los reunidos llegan por unanimidad a los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Revisión económica para el año 2010.

Vista el Acta de la reunión número 1/2010 de la Comisión Negociadora del IV Convenio General del Sector de la Construcción, los reunidos se adhieren a la misma y acuerdan:

1) Revisión para el año 2010.

- Sobre la tabla salarial del año 2009, como base para los siguientes ejercicios se conviene por los asistentes, conforme a lo establecido en el art.48 del Convenio Provincial, establecer para el año 2010 un incremento económico anual en dicha tabla del 1,5 por 100 sobre los conceptos de salario base, gratificaciones extraordinarias, retribución de vacaciones y pluses salariales y extrasalariales. Se adjunta Anexo I consistente en la Tabla de Retribuciones para el año 2010.

2) El importe de la dieta completa, media dieta y desgaste de herramienta, se fija en las cantidades siguientes:

Dieta..................23,99 euros

Media Dieta.............10,18 euros

Desgaste de Herramienta..0,63 euros

Locomoción.............0,21 euros/km

3) Cláusula de garantía salarial (art.49 Convenio Provincial).- Los agentes sociales han convenido no tomar como referencia el "IPC previsto en los Presupuestos Generales del Estado para cada uno de los ejercicios" sino adoptar como "referencia de los agentes sociales para los incrementos salariales en el sector de la construcción" el índice 0, añadiéndose a éste el incremento ya pactado en el art. 48, esto es el 1,5%.

SEGUNDO.-

Las diferencias económicas correspondientes a la aplicación de la presente revisión económica del año 2010 y con efectos del 1 de enero de 2010, se abonarán dentro del mes siguiente a la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca.

TERCERO.-

A efectos informativos se incluye el Anexo nº II, que recoge por niveles el importe orientativode las horas ordinarias. Este Anexo recoge igualmente el importe retributivo por niveles de las horas extraordinarias.

El Valor simplemente informativo de una hora ordinaria de trabajo en el año 2010 para cada uno de niveles II al XII se obtiene como consecuencia de elevar al año el salario base, el plus salarial, las pagas extraordinarias de junio y diciembre y la retribución de las vacaciones, dividiendo la suma de estos conceptos por 1.738 horas efectivas de trabajo.

Sin otros asuntos que tratar, previa redacción, lectura y aprobación de la presente Acta y de los Anexos I y II, suscribimos los mismos todos los reunidos en el lugar y fecha al principio indicados.

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