Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (18000115011982) de Granada
Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2007
Revision salarial 2007 y tabla salarial 2008, del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector de Construccion y Obras Publicas de Granada y provincia. Codigo Convenio: 1800115 (Boletín Oficial de Granada num. 62 de 03/04/2008)
Primero
Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de esta Delegación Provincial.
Segundo
Remitir el texto original acordado, una vez registrado, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación para su depósito.
Tercero
Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia. Granada, 14 de marzo de 2008.- El Delegado Provincial, fdo.: Luis M. Rubiales López.
ASISTENTES
- Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Granada
Francisco Martínez Cañavate
Julio Mendoza Terrón
- ASOPYMEC
Juan Carlos Sáez Lechuga
- Unión General de Trabajadores (UGT)
Francisco José RuizRuanoRuiz
Juan Torcuato Morales Dueñas
Francisco P. Torres Vílchez
José Rafael Montero Sánchez
Rafael Culebras Rabadán
- Comisiones Obreras (CC. OO.)
Francisco Quirós Ramos
Víctor Ortega Povedano
José Carlos López Pérez
Juan Vara de la Cruz
ACTA
En la ciudad de Granada, siendo las 12,00 horas del día 5 de marzo de 2008, en los locales de U. G. T., con domicilio en calle Periodista Francisco Javier Cobos, núm. 2 18014 - Granada, se reúnen las personas al margen relacionadas, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector de la Construcción y Obra Pública para Granada y su Provincia, al objeto de tratar los siguientes puntos del orden del día:
- Tablas Salariales año 2007 revisadas con el I. PC.
- Tablas Salariales año 2008.
Reunidos los arriba relacionados, se procede a la aprobación de los siguientes puntos: 1º) Tablas Salariales para el año 2007, revisadas con la desviación del I. P. C. (2,2%), las de horas extraordinarias y las del sector del Yeso y la Escayola, así como las Tablas Salariales para el año 2008, una vez aplicada una subida salarial del 3,5%.
Las primeras tablas tendrán carácter retroactivo desde 1 de enero de 2007, y las segundas desde 1 de enero de 2008. El abono de los atrasos correspondientes se aplicará en el momento de su publicación en el B. O. P. La Comisión Negociadora delega en el miembro de la misma, D. Francisco José RuizRuanoRuiz para la presentación y registró ante la autoridad laboral competente, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
En prueba de conformidad con lo anteriormente expuesto, firmamos la presente acta en el lugar y fecha arriba indicados.
Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI
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