Convenio Colectivo de Sec...e Gipuzkoa

Última revisión
18/09/2025

Revisión, Corrección. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (20000455011981) de Gipuzkoa

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 18 de Septiembre de 2025 en adelante

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Corrección de errores: acuerdo sobre actualización de las tablas salariales de los años 2021, 2022, 2023 y 2024 del convenio colectivo de la Construcción y Obras Públicas de Gipuzkoa. (Boletín Oficial de Gipuzkoa num. 178 de 18/09/2025)

Corrección de errores: Acuerdo sobre actualización de las tablas salariales de los años 2021, 2022, 2023, y 2024 del convenio colectivo de la Construcción y Obras Públicas de Gipuzkoa (código 20000455011981).

Advertidos errores en la publicación efectuada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 170 de 8 de septiembre de 2025, del acuerdo sobre actualización de las tablas salariales de los años 2021, 2022, 2023, y 2024 del convenio colectivo de la Construcción y Obras Públicas de Gipuzkoa, se procede a efectuar las oportunas modificaciones, publicando de nuevo el citado acuerdo en su integridad.

Acta de actualización de las tablas salariales de los años 2021, 2022, 2023 y 2024 del convenio colectivo de Construcción y Obras Públicas de Gipuzkoa tras sentencia 387/2025 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (30-07-2025).

En Donostia-San Sebastián, en la sede territorial de Gipuzkoa del Consejo de Relaciones Laborales, a las 10:00 horas del día 30 de julio de 2025, se reúnen las personas al margen citadas, que representan a las Centrales Sindicales y a la Asociación Empresarial negociadoras y firmantes del Convenio Colectivo de Construcción y Obras Públicas de Gipuzkoa para el periodo 2018- 2021 (salvo CCOO) y para el periodo 2022-2024 y manifiestan:

Primero. Como consecuencia del procedimiento judicial derivado de la discrepancia surgida en torno a las tablas salariales para el año 2021 derivada del IPC negativo (-0,5 %) del año 2020, el Tribunal Supremo dictó el 07.05.2025 su sentencia número 387/2025.

Segundo. El objeto de esta reunión consiste en dar cumplimiento a la mencionada sentencia y proceder a la revisión de las tablas salariales para el año 2021 y, en consecuencia, a la actualización de las tablas salariales para los años 2022, 2023 y 2024.

Tercero. A la vista de las numerosas gestiones administrativas que van a derivar de la actualización de las citadas tablas salariales, las partes acuerdan que las empresas tendrán de plazo hasta el 30 de noviembre de 2025 para abonar las cuantías correspondientes a los atrasos que pudieran derivar de las diferencias surgidas en las tablas de los años 2021, 2022, 2023 y 2024, en caso de que las hubiera.

Cuarto. De este modo, las tablas salariales para los años 2021, 2022, 2023 y 2024 del convenio colectivo del sector de Construcción y Obras Públicas de Gi puz koa son las que se recogen en los siguientes anexos.

Quinto. Los firmantes autorizan al responsable para la gestión del Preco en Gipuzkoa, Josemari Alvarez Martin, a presentar este acuerdo ante la Delegación Territorial de Trabajo de Gipuzkoa a los efectos de registro y publicación.

Y sin más asuntos que tratar, firman la presente acta y las tablas adjuntas en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, finalizando la reunión a las 11:00 horas.

ELA

LAB

UGT

CCOO

ASCONGI-ADEGI

I. ERANSKINA / ANEXO I

2021 TAULAK / TABLAS 2021

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF DE PUBLICACIÓN)

ANEXO II

DIETAS

Medias dietas:

a) Personal de los niveles II y III: 14,30 euros diarios.

b) Personal de los niveles restantes: 14,20 euros diarios.

Dietas completas:

Todos los niveles: 44,63 euros diarios.

Kilometraje:

Durante el año 2021 los/as trabajadores/as incluidos en el artículo 29.º del presente convenio y aquellos/as otros/as que, con expresa autorización de la empresa, utilicen en sus desplazamientos vehículos de su propiedad, se les abonará exclusivamente a los conductores 0,35 euros por km recorrido y 0,36 euros por km recorrido si viajan acompañados/as por otro u otros/as trabajadores/as de la empresa.

I. ERANSKINA / ANEXO I

2022 TAULAK / TABLAS 2022

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF DE PUBLICACIÓN)

ANEXO II

DIETAS

Medias dietas:

a) Personal de los niveles II y III: 14,87 euros diarios.

b) Personal de los niveles restantes: 14,77 euros diarios.

Dietas completas: Todos los niveles: 46,42 euros diarios.

Kilometraje:

Durante el año 2022 los/as trabajadores/as incluidos en el artículo 29.º del presente convenio y aquellos/as otros/as que, con expresa autorización de la empresa, utilicen en sus desplazamientos vehículos de su propiedad, se les abonará exclusivamente a los conductores 0,36 euros por km recorrido y 0,37 euros por km recorrido si viajan acompañados/as por otro u otros/as trabajadores/as de la empresa.

I. ERANSKINA / ANEXO I

 2023 TAULAK / TABLAS 2023

 (TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF DE PUBLICACIÓN)

ANEXO II

DIETAS

Medias dietas:

a) Personal de los niveles II y III: 15,90 euros diarios.

b) Personal de los niveles restantes: 15,79 euros diarios.

Dietas completas:

Todos los niveles: 49,64 euros diarios.

Kilometraje:

Durante el año 2023 los/as trabajadores/as incluidos en el artículo 29.º del presente convenio y aquellos/as otros/as que, con expresa autorización de la empresa, utilicen en sus desplazamientos vehículos de su propiedad, se les abonará exclusivamente a los conductores 0,39 euros por km recorrido y 0,40 euros por km recorrido si viajan acompañados/as por otro u otros/as trabajadores/as de la empresa.

I. ERANSKINA / ANEXO I

 2024 TAULAK / TABLAS 2024

 (TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF DE PUBLICACIÓN)

ANEXO II

DIETAS

Medias dietas:

a) Personal de los niveles II y III: 16,60 euros diarios.

b) Personal de los niveles restantes: 16,48 euros diarios.

Dietas completas:

Todos los niveles: 51,80 euros diarios.

Kilometraje:

Durante el año 2024 los/as trabajadores/as incluidos en el artículo 29.º del presente convenio y aquellos/as otros/as que, con expresa autorización de la empresa, utilicen en sus desplazamientos vehículos de su propiedad, se les abonará exclusiva mente a los conductores 0,41 euros por km recorrido y 0,42 euros por km recorrido si viajan acompañados/as por otro u otros/as trabajadores/as de la empresa.

Lo que se publica para general conocimiento.

San Sebastián, a 12 de septiembre de 2025.?El delegado territorial, Victor Monreal de la Iglesia.