Última revisión
Correccion. Convenio Colectivo de Sector de CONTACT CENTER (ANTES TELEMARKETING) (99012145012002) de BOE
Sector Estatal. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2002
Convenio
CORRECCIÓN de erratas de la Resolución de 14 de febrero de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del II Convenio Colectivo para el Sector de Telemarketing. (Boletín Oficial del Estado num. 102 de 29/04/2002)
Advertida errata en el texto del II Convenio Colectivo para el Sector de Telemarketing, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 14 de febrero de 2002, en el «Boletín Oficial del Estado» número 58, de 8 de marzo de 2002, se procede a efectuar la rectificación:
En la página 9728, columna derecha, Artículo 30. Permisos retribuidos. Apartado 2. Donde dice: «Los trabajadores tendrán derecho hasta treinta horas retribuidas al año, . . .» , debe decir: «Los trabajadores tendrán derecho hasta treinta y cinco horas retribuidas al año, . . .»