Última revisión
29/07/2003
Convenio Colectivo de Empresa de CABILDO INSULAR DE TENERIFE. PERSONAL CONTRATADO (38003532012001) de Tenerife
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CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL CONTRATADO POR EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE TENERIFE en el Marco de Planes Especiales, Programas o Convenios de Colaboración con otros organismos e instituciones para realizar obras o servicios de interEs general o social (Boletín Oficial de Tenerife num. 15 de 03/02/2003)
Código convenio: 3803532. Visto el texto del acuerdo de la Comisión Negociadora de la modificación del CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL CONTRATADO POR EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE TENERIFE en el Marco de Planes Especiales, Programas o Convenios de Colaboración con otros organismos e instituciones para realizar obras o servicios de interés general o social presentado en esta Dirección General de Trabajo, suscrito por la representación empresarial y la de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,2 y 3 del Real De creto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 2, b del Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo (B. O. E. 6.6.81) sobre Registro de Convenios Colectivos de Trabajo, competencia transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 1.033/84, de 11 de abril (B. O. E. 1.6.84) y Decreto 329/
1.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección General de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora.
2.- Interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Santa Cruz de Tenerife. El Director General de Trabajo, Antonio Lorenzo Tejera.
Acuerdo de la Comisión Negociadora de modificación del Convenio Colectivo para el personal contratado por el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife en el marco de planes especiales, programas o convenios de colaboración con otros organismos e instituciones para realizar obras o servicios de interés general o social.
Conformada inicialmente por la representación social la modificación del Convenio Colectivo propuesta por la representación de la Corporación, en reunión de la Comisión Negociadora del día 31 de octubre de 2002, al objeto de incluir los contratos de inserción así como ampliar su vigencia, y resultando, asimismo, aprobada por los trabajadores afectados en asamblea celebrada el día 8 de noviembre siguiente, se acuerda modificar el Convenio Colectivo en los términos siguientes:
1º) El artículo 1º “Ámbito Personal y Funcional” queda redactado de la siguiente forma:
“El presente convenio regulará las relaciones laborales entre el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y el personal contratado con cualquier modalidad de contrato de trabajo, incluida la de inserción, para prestar servicios en Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo, Unidades de Promoción y Desarrollo, como Agentes de Desarrollo y Empleo Local, así como, en general, en aquellos proyectos que desarrolle la Corporación en el marco de Planes Especiales, Programas o en Convenios de Colaboración que, reglamentariamente aprobados por los órganos competentes, tengan por objeto la realización de obras o servicios de interés general o social en el ámbito de las competencias de la Corporación, y que res
pondan al objetivo de adquisición de experiencia laboral por los desempleados o mejora de la ocupabilidad.
El procedimiento de aprobación, requisitos y selección de los trabajadores incluidos en este ámbito, se ajustará a la normativa específica que le sea de aplicación conforme se relaciona a continuación, y, en su caso, la que legalmente se determine:
Obras y servicios de interés general y social en el ámbito de colaboración con las Corporaciones Locales: Orden de 26 de octubre de 1998.
Programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios y Unidades de Promoción y Desarrollo: Orden de 14 de noviembre de 2001.
Programas de Talleres de Empleo: R. D. 282/1999, de 22 de febrero.
Agentes de Empleo y Desarrollo Local: Orden de 15 de julio de 1999.
Decreto 150/2001, de 23 de julio, de la Presidencia del Gobierno Autónomo de Canarias, por el que se adaptan los procedimientos de concesión de subvenciones por el Instituto Canario de Formación y Empleo para el desarrollo de programas de políticas de empleo”.
2º) El artículo 2º “Ámbito Temporal”, queda redactado de la siguiente forma:
“El presente Convenio Colectivo entrará en vigor a partir de su aprobación por el Pleno Corporativo, independientemente de las fechas de registro, depósito y publicación por la Autoridad Laboral competente, permaneciendo en vigor hasta el 31 de diciembre de 2005”.
3º) La “Cláusula Transitoria Única”, pasa a denominarse “Cláusula Transitoria Primera”.
4º) Se incluye una “Cláusula Transitoria Segunda”: “A los contratos de trabajo de inserción suscritos en el marco del Convenio de Colaboración ICFEM/ INEM- Corporaciones Locales 2002, les será de aplicación con efectos desde la fecha de su suscripción, la Tabla Salarial recogida en el anexo IV, no experimentando las referidas retribuciones para los proyectos aprobados en este ejercicio, incremento en el año 2003”.
5º) Se añade un anexo IV: ANEXO IV Tablas salariales 2002 para los contratos de inserción suscritos en el marco del Convenio de Colaboración ICFEM/INEM- Corporaciones Locales 2002.
Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI
(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
En Santa Cruz de Tenerife, a 22 de noviembre de 2002.
Por la Corporación: Consejero Ins. Presidencia y Hacienda, Víctor M. Pérez Borrego.
Jefa Serv. Relaciones Laborales, Olga Mª Morales Delgado.
Jefe Sección Personal Laboral, Pedro H. Méndez Perera.
Técnico Relaciones Laborales, Alfredo Herrera Arteaga. En representación de los trabajadores: Mª del Cristo Vilela Fdez., CC. OO. Julia Fariña Pérez, U. G. T. Ignacio Corona Bosch, S. E. P. C. A. Reinaldo Palmero Palmero, Intersindical Canaria.
