Convenio Colectivo de Sec... de Burgos

Última revisión
08/02/2023

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de DERIVADOS DEL CEMENTO (09000195011982) de Burgos

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante

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Resolución de fecha 26 de enero de 2023 de la Oficina Territorial de Trabajo de Burgos, por la que se dispone la inscripción en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos del calendario laboral para el año 2023 correspondiente al convenio colectivo del sector de derivados del cemento de la provincia de Burgos. (C.C. 09000195011982). (Boletín Oficial de Burgos num. 26 de 08/02/2023)

Visto el acuerdo de fecha 18 de enero de 2023, suscrito por los integrantes de la comisión negociadora del convenio colectivo del sector de derivados del cemento de la provincia de Burgos, por el que se aprueba el calendario laboral para el año 2023, de conformidad con lo establecido en el art. 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo (BOE 12/06/2010), Real Decreto 831/95, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de Trabajo y Orden PRE/813/2022, de 5 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo.

Esta Oficina Territorial de Trabajo acuerda:

Primero. – Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la comisión negociadora.

Segundo. – Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.

En Burgos, a 26 de enero de 2023.

La jefa de la Oficina Territorial de Trabajo, Florentina Saiz Saiz

CALENDARIO DERIVADOS DEL CEMENTO, BURGOS 2023

(IMAGEN OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Además de las fiestas nacionales y autonómicas reflejadas, serán días no laborables en:

– Burgos: 16 y 29 de junio (fiestas locales), 26, 27, 28 y 30 de junio, 24 de julio, 14 de agosto, 13 de octubre, 7 de diciembre.

– Resto de la provincia: 24 de julio, 14 de agosto, 13 de octubre, 7 de diciembre; las dos fiestas locales y cuatro días más que coincidirán con los días anteriores y/o posteriores a las fiestas locales.

Ejemplo vacaciones: siendo la jornada máxima anual de 1.736 y la jornada efectiva a realizar según este calendario de 1.984 horas, las horas de más son 248. Si restamos las 80 horas de las fiestas locales y los 8 puentes; nos quedan 168 horas, las cuales serán compensadas con las vacaciones reglamentarias, equivalentes a 21 días laborables

En las empresas en que se confeccione un calendario distribuyendo la jornada laboral conforme a lo establecido en el convenio general del sector de derivados del
cemento, ésta regirá por el mismo.

En ausencia de calendario acordado en los centros de trabajo en el plazo previsto se aplicará el calendario reflejado anteriormente.

Para el año 2023, en el hipotético caso que alguna empresa tuviese puntas de producción en alguno de los puentes fijados, en este caso la representación legal de los
trabajadores y la dirección de dicha empresa negociarán las posibilidades de modificar dichos puentes.