Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de DESINFECCION, DESINSECTACION Y DESRATIZACION (99007605011992) de BOE
Sector Estatal. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2007
RESOLUCION de 4 de abril de 2008, de la Direccion General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales de 2007 y 2008, del V Convenio colectivo estatal del sector de desinfeccion, desinsectacion y desratizacion. Codigo de Convenio n.º9907605. (Boletín Oficial del Estado num. 96 de 21/04/2008)
Primero
Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de abril de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA REUNIÓN COMISIÓN PARITARIA CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LAS EMPRESAS DE DESINFECCIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN
Don Vicente San Segundo-Congosto (FeS-UGT).
Don José Luis Segura (FeS-UGT).
Don Jesus Martinez (FEAA.DD-CCOO).
Doña Nuria Ayuso (USO).
Don José Manuel González (ANECPLA).
Doña Milagros Fdez. deLezeta (ANECPLA).
Don Angel Manuel Sereno (FAECPE).
Don Manuel Abolafio (FAECPE).
En Madrid, a 8 de febrero de 2008, siendo las 10,00 horas, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Desinfección, Desinsectación y Desratización, formada por los al margen reseñados, en la sede de ANECPLA, Pol. InDon Vallecas Ctra. Villaverde-Vallecas Km. 1'8. Edif. Hormigueras 3.º Izqda. 28031 MadriDon
Actúa como Secretaria Doña Milagros Fdez de Lezeta de ANECPLA, siendo el Orden el día el siguiente: Revisión definitiva de las tablas salariales del Convenio correspondientes al año 2007, en aplicación del art. 26.b del Convenio Colectivo Estatal.
En aplicación del art. 25 del Convenio, las partes proceden en este acto a la revisión de las Tablas salariales correspondientes al año 2007, llegando al siguiente acuerdo:
Tablas salariales para el año 2007
Categorías | Salario base mensual | Salario anual | Plus de antigüedad 1 quinquenio | Plus limpieza ropa (11 meses) |
Jefe Superior . . . . . . . . . . . . | 1.196,66 | 16.753,24 | 47,86 | - |
Técnico Garante. . . . . . . . . | 1.196,66 | 16.753,24 | 47,86 | - |
Jefe 1. ª . . . . . . . . . . . . . . . . . | 1.024,46 | 14.342,48 | 40,97 | - |
Jefe 2. ª . . . . . . . . . . . . . . . . . | 1.024,46 | 14.342,48 | 40,97 | - |
Supervisor de Servicio. . . . | 895,93 | 12.542,97 | 35,83 | - |
Oficial 1. ª . . . . . . . . . . . . . . . | 895,93 | 12.542,97 | 35,83 | - |
Coordinador de Servicio. . | 839,68 | 11.755,45 | 33,58 | 25 |
Chófer Aplicador de 1. ª . . . | 776,14 | 10.865,92 | 31,04 | 25 |
Oficial de 2. ª . . . . . . . . . . . . . | 776,14 | 10.865,92 | 31,04 | - |
Ayudante de Laboratorio. . | 776,14 | 10.865,92 | 31,04 | 25 |
Chófer Aplicador de 2. ª . . . | 724,99 | 10.149,81 | 28,99 | 25 |
Ayudante de Aplicador . . . . | 681,31 | 9.538,29 | 27,25 | 25 |
Auxiliar . . . . . . . . . . . . . . . . . | 681,31 | 9.538,29 | 27,25 | - |
Tablas salariales para el año 2008
Categorías | Salario base mensual | Salario anual | Plus de antigüedad 1 quinquenio | Plus limpieza rop (11 meses) |
Jefe Superior . . . . . . . . . . . . | 1.244,5 | 17.423 | 49,8 | - |
Técnico Garante. . . . . . . . . | 1.244,5 | 17.423 | 49,8 | - |
Jefe 1. ª . . . . . . . . . . . . . . . . . | 1.075,4 | 15.055,6 | 43,0 | - |
Jefe 2. ª . . . . . . . . . . . . . . . . . | 1.065,4 | 14.915,6 | 42,6 | - |
Supervisor de Servicio. . . . | 931,8 | 13.045,2 | 37,3 | - |
Oficial 1. ª . . . . . . . . . . . . . . . | 931,8 | 13.045,2 | 37,3 | - |
Coordinador de Servicio. . | 873,3 | 12.226,2 | 34,9 | 25 |
Chófer Aplicador de 1. ª . . . | 807,2 | 11.300,8 | 32,3 | 25 |
Oficial de 2. ª . . . . . . . . . . . . | 807,2 | 11.300,8 | 32,3 | - |
Ayudante de Laboratorio. . | 807,2 | 11.300,8 | 32,3 | 25 |
Chófer Aplicador de 2. ª . . . | 754,0 | 10.556 | 30,1 | 25 |
Ayudante de Aplicador . . . | 708,6 | 9.920,4 | 28,3 | 25 |
Auxiliar. . . . . . . . . . . . . . . . | 708,6 | 9.920,4 | 28,3 | - |
Se faculta a doña Milagros Fernández de Lezeta para el Registro de la documentación de la presente Revisión Salarial.
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