Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (32000155011981) de Ourense
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Convenio Colectivo de Sec...de Ourense

Última revisión
05/01/2024

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (32000155011981) de Ourense

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante

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Calendario laboral del sector de la construcción de Ourense para el año 2024 (Boletín Oficial de Ourense num. 5 de 05/01/2024)


Convenio o acuerdo: construcción y obras publicas

Expediente: 32/01/0053/2023

Fecha: 18/12/2023

Asunto: resolución de inscripción y publicación

Destinatario: María José De Miguel Pérez

Código de convenio número 32000155011981

Una vez vista el acta de acuerdo parcial de la comisión

paritaria en la que se pacta el calendario laboral para ajustar la jornada anual al vigente convenio general de la construcción, fijando los días no laborables del sector de la construcción para el año 2024 que suscribe, el 29.11.2023, la

Comisión Negociadora conformada por los representantes de la Asociación Provincial de Empresarios de la Construcción de Ourense (ACO) y la representación social (UGT- FICA y Hábitat de CCOO de Galicia) y, de conformidad con lo que dispone el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE 255, de 24 de octubre de 2015) el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo (BOE 143, de 12 de junio de 2010) y el Real Decreto 2412/82, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo (BOE 232, de 28 de septiembre de 1982) y, las demás normas aplicables del derecho común.

Esta jefatura territorial de la Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade, resuelve:

Primero. Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes

de igualdad de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado mediante la Orden de 29 de octubre de 2010 (DOG 222, de 18

de noviembre de 2010) y, notificación a las representaciones empresarial y social de la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Ourense, en la fecha de la firma electrónica. El jefe territorial de la Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade en Ourense.

Fdo.: Yago Borrajo Sánchez.

Acta acuerdo parcial comisión paritaria

(calendario laboral 2024)

UGT-FICA:

Manuel B. González Rodríguez.

Hábitat de CCOO de Galicia:

Antonio Pérez Jácome.

ACO

Cesáreo Fernández Ríos.

María José De Miguel Pérez.

Ourense, siendo las 19.00 horas del miércoles 29 de noviembre de 2023, se reúnen en los locales de la Asociación

Provincial de Empresarios de la Construcción de Ourense (ACO) los al margen reseñados, integrantes de la comisión paritaria del vigente convenio provincial del sector de la construcción para la provincia de Ourense. Preside la reunión Antonio Pérez Jácome, nombrándose secretario a Cesáreo Fernández Ríos.

Una vez abierta la sesión, tras diversas intervenciones y posterior debate y deliberación por todas las partes intervinientes y conforme al artículo 9.º del vigente convenio provincial, se toman los siguientes acuerdos:

Acuerdo primero. Calendario laboral 2024

Tras formular las partes diversas propuestas, ACO, UGT-FICA y Hábitat de CCOO de Galicia, pactan el siguiente calendario laboral para ajustar la jornada anual a 1.736 horas conforme al vigente Convenio general de la construcción, fijando como días no laborables del sector de la construcción para el año 2024, los siguientes: 2 de enero, 12 de febrero, 1 de abril, 24 de junio, 26 de julio, 16 de agosto, 11 y 31 de octubre, 23, 24, 30 y 31 de diciembre.

Estos días podrán permutarse por otros diferentes, previo acuerdo entre empresa y trabajador/a. Cuando un festivo local coincida con algún día no laborable de convenio, este se pasará al anterior o posterior día laboral.

Estos días no computarán a efectos del disfrute de las vacaciones. Este acuerdo producirá efectos desde el día siguiente a su firma, con independencia de la fecha de su publicación en el BOP. 

Acuerdo segundo. Delegación 

Se acuerda por unanimidad autorizar a María José de Miguel Pérez con DNI número 34 962 616 V, para que pueda realizar los trámites precisos para presentar esta acta y los acuerdos que contiene, con facultades para aclararla, subsanarla, corregirla, completarla e integrarla en su caso, para su registro, inscripción, depósito y publicación.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

Y una vez leído que fue por las partes, y estando todos conformes, acuerdan por unanimidad, previa su aprobación, extender la presente acta, y la firman en lugar y fecha arriba mencionados, siendo las 20.00 horas.