Última revisión
10/01/2020
Revision. Convenio Colectivo de Sector de EDIFICACION Y OBRAS PUBLICAS (24002005011980) de León
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2020 en adelante
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Resolucion de 2 de enero de 2020 de la oficina Territorial de Trabajo de la Delegacion Territorial de Leon de la Junta de castilla y Leon por la que se dispone la inscripcion en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y la publicacion de las tablas salariales para el año 2020 del convenio colectivo de Trabajo, de ambito provincial, del Sector de Edificacion y obras Publicas de Leon (n.º convenio 24002005011980). (Boletín Oficial de León num. 5 de 09/01/2020)
Vista el acta de fecha 5 de diciembre de 2019 de firma de las tablas salariales para el año 2020 del convenio colectivo de Trabajo, de ámbito provincial, del Sector de Edificación y obras Públicas de León (número convenio 24002005011980) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE 24.10.2015), en el artículo 2.1.a) del real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y Depósito de convenios y acuerdos colectivos de Trabajo (BOE 12.06.2010), en el real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre Traspaso de funciones y servicios de la administración del Estado a la comunidad de castilla y León en materia de trabajo (BOE 06.07.1995), en la orden EYH/1139/2017, de 20 de diciembre, por la que se desarrolla la Estructura orgánica y se definen las funciones de las oficinas Territoriales de Trabajo de las Delegaciones Territoriales de la Junta de castilla y León (Boletín Oficial de Castilla y León 22.12.2017) y en el Decreto 22/2019, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la consejería de Empleo e Industria (Boletín Oficial de Castilla y León 02.08.2019). Esta oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de León de la Junta de castilla y León, acuerda:
Primero.- ordenar su inscripción en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de castilla y León, con comunicación a la comisión negociadora.
Segundo.- Disponer su publicación obligatoria y gratuita en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA.
León, a 2 de enero de 2020.- La Jefa de la oficina Territorial de Trabajo, P.S, el Secretario Técnico P.S., la Jefa del Área de rr.LL., ana Esther chamorro González.
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO, ÁMBITO PROVINCIAL, DEL SECTOR DE EDIFICACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LEÓN
Asistentes:
Representación de los trabajadores.
Por fIca-uGT - Industria, construcción y agro:
- D. francisco romero Martín
- D. froilán cabello fernández
Por ccoo - construcción y Servicios:
- Dª. Isabel céspedes González
- Dª M.ª Ángeles Díez García
Representación empresarial.
Por la asociación Leonesa de Edificación y obra Pública:
- D. Santiago Sánchez Álvarez
- D. Juan M.ª vallejo fernández
- D. Enrique Suárez Santos
En la ciudad de León, siendo las diez horas del día cinco de diciembre dos mil diecinueve y en los locales de la asociación Leonesa de Edificación y obra Pública, se reúnen las personas anteriormente mencionadas, miembros de la comisión Negociadora del convenio colectivo de Trabajo Provincial del Sector de Edificación y obras Públicas de León, adoptando por unanimidad los siguientes acuerdos:
Primero.- aprobar el incremento salarial para el año 2020, incrementando las tablas salariales vigentes durante el año 2019 en un 2,25%, siendo las tablas resultantes las vigentes para todo el año 2020.
Segundo.- Los atrasos se abonarán en el plazo de tres meses a contar desde la publicación de las tablas salariales en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA.
Y en prueba de conformidad, previa redacción y lectura, las partes firman la presente acta, en el lugar y fecha indicados, así como las nuevas tablas salariales que se adjuntan, a todos los efectos y para su remisión a la autoridad laboral y posterior publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, si se estima conveniente.
TABLAS SALARIALES
| Nivel | Salario base día | Plus salarial día | Plus extrasal. día | Pagas extras y vacaciones | Cómputo global anual | Horas extras |
| II | 40,05 | 18,43 | 5,23 | 1.824,12 | 24.093,52 | 19,90 |
| III | 39,42 | 18,43 | 5,23 | 1.781,69 | 23.753,16 | 19,59 |
| Iv | 38,86 | 18,43 | 5,23 | 1.739,25 | 23.440,01 | 19,32 |
| v | 38,09 | 18,43 | 5,23 | 1.671,40 | 22.978,05 | 18,96 |
| vI | 36,98 | 18,43 | 5,23 | 1.612,01 | 22.428,22 | 18,47 |
| vII | 34,90 | 18,43 | 5,23 | 1.569,58 | 21.602,84 | 17,65 |
| vIII | 32,80 | 18,43 | 5,23 | 1.501,71 | 20.696,61 | 16,87 |
| IX | 30,97 | 18,43 | 5,23 | 1.459,28 | 19.957,36 | 16,18 |
| X | 29,27 | 18,43 | 5,23 | 1.399,89 | 19.208,04 | 15,54 |
| XI | 27,73 | 18,43 | 5,23 | 1.332,01 | 18.487,67 | 14,88 |
| XII | 25,51 | 18,43 | 5,23 | 1.289,58 | 17.616,96 | 14,07 |
| XIII | 19,24 | 18,43 | 5,23 | 907,78 | 14.372,81 | 10,85 |
| Art. 33 | Ropa de trabajo | 0,25 | ||||
| Art . 34 | Desgaste herramienta | 0,36 | ||||
| Art . 35 | Dieta | 33,42 | ||||
| Art . 35 | 1/2 dieta | 11,64 | ||||
| Art . 36 | Kilometraje | 0,35 | ||||
| Art . 39.1.b | Indemnización | 47.000,00 | ||||
| Art . 39.1.c | Indemnización | 28.000,00 | ||||
