Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de EMPLEADOS DE FINCAS URBANAS (33000395011978) de Asturias
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2021 en adelante
Resolucion de 1 de septiembre de 2021, de la Consejeria de Industria, Empleo y Promocion Economica, por la que se ordena la inscripcion de la revision salarial para el año 2021 del Convenio Colectivo del sector de Empleados de Fincas Urbanas del Principado de Asturias, en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Direccion General de Empleo y Formacion. [Cod. 2021-08224] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 180 de 17/09/2021)
Visto el acta de la Comisión Paritaria del convenio colectivo del sector empleados fincas urbanas del Principado de Asturias (expediente C-027/2015, código 33000395011978), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del Principado de Asturias el 31 de agosto de 2021, en la que se acuerda la revisión salarial para el año 2021, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 17 de junio de 2020, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica en el titular de la Dirección General de Empleo y Formación, por la presente,
RESUELVO
Ordenar su inscripción en el registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad el Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Empleo y Formación, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.
Oviedo, 1 de septiembre de 2021.-El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica.-P. D. autorizada en Resolución de 17-06-2020, publicada en el BOPA núm. 119, de 22-VI-2020, el Director General de Empleo y Formación.-Cód. 2021-08224.
ACTA DE LA PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LAS EMPLEADOS DE FINCAS URBANAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
En Oviedo a 9 de febrero de 2021, siendo las 17.00 horas, se reúnen en los locales de Comisiones de Asturias, sitos en la c/ Santa Teresa 15 2.ª planta.
Representaciones empresariales:
Asociación de Propietarios de Fincas Urbanas del Principado de Asturias:
- D. José Luis Reguero Sierra
Asociación de Propietarios de Inmuebles:
- D. Lisardo Hernández Cabeza
Representaciones sindicales:
Por la Federación de Construcción y Servicios de CC. OO. de Asturias:
- D. Rafael Bravo Ballina
Por la Federación de Servicios de UGT de Asturias:
- D. Fermín de Con Longo
- D. Alberto Riesco Morán
- D. Gilberto Fernández González
- D. Nicolás Fernández García
Por la Asociación de Empleados de Fincas Urbanas del Principado de Asturias:
- D. Rubén Silva Barros
- D. Feliciano González Pérez
- D. Fernando Rodríguez Sánchez
Por parte de todos los asistentes,
SE ACUERDA
Primero.-Una vez finalizado el año 2020, se toma la decisión de la actualización de las tablas salariales, según lo dispuesto en el artículo 12, se aprueba una revisión del 0,45%.
Quedando los diferentes conceptos salariales fijados según cada concepto y artículo de la siguiente manera:
'Artículo 7.-Salario base: 805,84'
'Artículo 8.-Complementos salariales:
1. Por jornada distinta: 316,93
2. Por número de predios:
Escala de predios | Euros |
---|---|
De 1 a 20 | 47,53 |
De 21 a 40 | 89,79 |
De 41 a 70 | 141,82 |
De 71 a 90 | 198,47 |
De 91 a 110 | 255,09 |
De 111 a 130 | 283,61 |
De 131 a 150 | 323,15 |
Más de 150 | 360,78 |
3. Por energía eléctrica: 28,14
4. Por atención a servicios centrales:
a. Combustibles líquidos y gaseosos: 56,66
b. Combustibles sólidos: 148,11
5. Por número de portales: 10,93'
'Artículo 14.-Deducción por el disfrute de casa habitación:
Por m² | Menos de 5 años | De 5 a 9 años | De 10 a 14 años | Más de 14 años |
---|---|---|---|---|
50 m² | 87,74 | 54,58 | 49,26 | 44,13 |
De 51 a 75 | 93,71 | 59,78 | 54,58 | 49,26 |
De 76 a 100 | 101,33 | 64,88 | 59,78 | 54,58 |
Más de 100 | 109,23 | 70,22 | 64,88 | 59,78 |
Empleados posteriores a la publicación del último convenio:
Por m² | Deducción | |
---|---|---|
50 | 208,47 | |
51 a 75 | 233,07 | |
76 a 100 | 258,25 | |
Mas de 100 | 282,64 | ' |
Se autoriza a la inscripción de las tablas a Verónica González Costales
Sin otra cosa a tratar, se da por finalizada la reunión.