Convenio Colectivo de Empresa de ABALEO, S.A. de Almería
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Convenio Colectivo de Emp...de Almería

Última revisión
09/05/2008

Revision , Sentencia/Laudo. Convenio Colectivo de Empresa de ABALEO, S.A. de Almería

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2008 en adelante

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Acuerdo serclaen el conflicto 04/2008/011 en la empresa abaleo, s.a. expediente 218 (Boletín Oficial de Almería num. 88 de 09/05/2008)

VISTO el Acuerdo alcanzado con fecha 10 de abril de 2008 en el conflicto núm. 04/2008/011 ante la Comisión de Conciliación Mediación del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía (SERCLA), sede de Almería, de la empresa ABALEO, S. A, Expediente 0218; de conformidad con el Art. 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y en relación con el Art. 63.1.8º del Estatuto de Autonomía de Andalucía y Decreto 203/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, y en relación con el Art. 4.1º del Reglamento de Funcionamiento del SERCLA; esta Delegación Provincial de Empleo

ACUERDA :

PRIMERO.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Delegación provincial, con notificación a las partes integrantes de la Comisión Negociadora.

SEGUNDO.- Remitir el texto del mismo al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación para su depósito.

TERCERO.- El envío para su publicación al Boletín Oficial de la Provincia de Almería

Almería, 17 de abril de 2008 EL DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO, P. D. LA JEFE DEL SERVICIO DE ADMÓN. LABORAL, Mª Luisa Gálvez Moreno.

Expediente 04/2008/011 10/04/2008

ACTA DE FINALIZACION DEL PROCEDIMIENTO GENERAL ANTE LA COMISION DE CONCILIACIONMEDIACION

En Almería, a 10 de abril de 2008, en el conflicto número 04/2008/011, promovido por D/Dª. ASCENSIÓN REQUENA RAMOS, D. N. I. 27496413M, en nombre y representación de UGT, frente a la empresa ABALEO, S. A., se constituye la Comisión de ConciliaciónMediación integrada por los miembros que al final se relacionan:

Antecedentes: Con fecha 24/03/2008 se cursaron citaciones para las partes, constando en el expediente la recepción de las mismas.

Convocadas las partes en tiempo y forma comparecen: Por la parte promotora, DªJUANA POLO MAÑAS D. N. I. 27521747, en nombre y representación de UGT,

En representación de la parte frente a la que se promueve el conflicto: DªANGELES ESCOBAR ESTEBAN, D. N. I. 27533937Q en virtud de poder de 25- 10- 2001 otorgado por el notario del Ilustre Colegio de Granada D. Juan Bernal Espinosa con el número 1212 de su protocolo.

Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación:

QUE SE ABONEN PUNTUALMENTE LAS NÓMINAS CADA MES, QUE SE FACILITE ROPA DE TRABAJO A TODO EL PERSONAL Y SE REALICE EL RECONOCIMIENTO MÉDICO CORRESPONDIENTE

Se hace constar que el presente acto comienza a las 10: 00 horas, finalizando a las 11: 00 horas, siendo el número de trabajadores afectados por este conflicto el de 33.

Finalización del procedimiento: CON AVENENCIA, Las partes llegan al siguiente acuerdo parcial:

- La revisión médica anual se realizará en el mes de mayo de 2008, que es cuando está prevista por parte de la mutua encargada de realizar las revisiones, la unidad móvil.

- El vestuario de trabajo se entregará conforme a lo establecido en el convenio colectivo vigente, si bien los tallajes especiales, serán comunicados con antelación a la empresa por parte de las trabajadoras a fin de poder suministrárselos.

- En cuanto al abono puntual de las nóminas no se alcanza acuerdo.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)

LA SECRETARÍA DE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓNMEDIACIÓN, Emilio Rodríguez Contreras. VºBºLA PRESIDENCIA DE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓNMEDIACIÓN, José Carlos Tejada Cabornero.

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