Última revisión
09/03/2016
Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de ADMINISTRACION DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA. PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO de Cataluña
Empresa Autonómico. Versión Validez desde 09 de Marzo de 2016 en adelante
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RESOLUCION ENS/559/2016, de 1 de marzo, de modificacion de la Resolucion ENS/1031/2014, de 8 de mayo, sobre el procedimiento de reduccion de jornada para el personal funcionario docente. (Diario Oficial de Cataluña num. 7075 de 09/03/2016)
Por ello,
Resuelvo:
Modificar la Resolución ENS/1031/2014, de 8 de mayo, sobre el procedimiento de reducción de jornada para el personal funcionario docente, en el sentido de añadir un nuevo supuesto en el apartado 1 del Anexo 1, que queda redactado de la siguiente manera:
'para hacer efectiva la protección o asistencia social íntegra a los funcionarios que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, su cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, y los hijos de los heridos y muertos así como los funcionarios que acrediten sufrir situaciones de amenazas o coacciones directas y reiteradas procedentes de organizaciones terroristas.'
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 1 de marzo de 2016
José Ignacio García Plata
Director general de Profesorado y Personal de Centros Públicos
