Última revisión
28/07/2006
Convenio Colectivo de Empresa de ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA de Comunidad Valenciana
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RESOLUCION de 19 de julio de 2006, de la Direccion General de Justicia, por la que se aprueba el calendario laboral de aplicacion al personal al servicio de la administracion de justicia en la Comunidad Valenciana para el año 2006. [2006/8954] (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana num. 5313 de 28/07/2006)
El apartado 4 del artículo 500 dispone lo siguiente: «La distribución de la jornada y la fijación de los horarios se determinará a través del calendario laboral que, con carácter anual, se aprobará por el órgano competente del Ministerio de Justicia y de las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, en sus respectivos ámbitos, previo informe favorable del Consejo General del Poder Judicial y negociación con las organizaciones sindicales. El calendario laboral se determinará en función del número de horas anuales de trabajo efectivo».
En cumplimiento de lo dispuesto en los apartados 1 y 4 del artículo 500 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se ha publicado la Resolución de 15 de julio de 2005, de la Secretaría de Estado de Justicia (BOE 10.08.2005), por la que se regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual y las de las jornadas en régimen de dedicación especial para el personal al servicio de la administración de Justicia, resolución que es aplicable a todo el personal al servicio de la administración de Justicia regulado en el artículo 470 del citado Cuerpo Legal, y que se configura como requisito previo y necesario para que las Comunidades Autónomas con competencias asumidas puedan distribuir la jornada y fijar los horarios de trabajo en su respectivo ámbito territorial.
Según lo establecido en el artículo 11.1 del Decreto 153/2005, de 28 de octubre, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, y en los artículos 6 y siguientes de la Orden de 3 de abril de 2006, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, que desarrolla el Reglamento citado, las competencias en materia de control del cumplimiento del calendario anual y de la jornada y horario establecido del personal al servicio de la administración de Justicia, se atribuyen a la Dirección General de Justicia.
Visto el apartado Cuarto de la Resolución de fecha de 17 de julio de 2006, de la Dirección General de Justicia, por la que se aprueban las normas sobre calendario laboral de aplicación al personal al servicio de la administración de Justicia en la Comunidad Valenciana.
Esta Dirección General, previo informe del Consejo General del Poder Judicial y habiéndose negociado con las organizaciones sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de Negociación, resuelvo:
Primero
Aprobar el calendario laboral de aplicación al personal de la administración de Justicia en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana para el año 2006, según consta en el Anexo I que se adjunta a la presente.
Segundo. Vigencia
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat y conservará su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2006.
Valencia, 19 de julio de 2006.– La directora general de Justicia: Patricia Montagud Alario.
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