Última revisión
13/05/2008
Sentencia/Laudo. Convenio Colectivo de Empresa de ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA de Comunidad Valenciana
Empresa Autonómico. Versión Validez desde 01 de Enero de 2008 en adelante
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ACUERDO de 9 mayo de 2008, del Consell, por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Justicia de 29 de abril de 2008 por el que se ratifica el Acuerdo suscrito el 28 de marzo de 2008 entre la Conselleria de Justicia y Administraciones Publicas y los representantes de las centrales sindicales CSICSIF y UGT, relativo a la mejora de las condiciones de trabajo en los juzgados de Violencia sobre la Mujer de Castellon, Valencia, Alicante, Elche, Benidorm, Denia, Orihuela, Paterna y Torrent, asi como en los juzgados de 1 ª Instancia e Instruccion y en los juzgados de Instruccion con competencias en materia de violencia sobre la mujer radicados en la Comunitat Valenciana. [ 2008/5931 ] (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana num. 5761 de 13/05/2008)
La actividad de toda Administración Pública debe estar orientada a servir con objetividad los intereses generales de los administrados, principio consagrado en nuestra Carta Magna y a cuyo cumplimiento, especialmente durante los últimos años, ha dedicado el Consell todos sus esfuerzos.
Fruto de este principio rector, ha sido constante el esfuerzo realizado para adaptar los servicios de las distintas Administraciones a las demandas, cada vez más complejas y numerosas, de una sociedad en constante transformación y desarrollo, esfuerzo que no hubiera sido posible realizar sin contar con la implicación y activa participación de los distintos colectivos de servidores públicos.
En concreto, en la administración de Justicia valenciana, durante los últimos años se ha generado un clima de diálogo con los representantes de los trabajadores que ha desembocado en diversos acuerdos que, en su totalidad, contribuyen a mejorar, de forma sustancial, el servicio público de la justicia mediante la adopción de mejoras de índole social, sindical, formativas y económicas, que tienen por destinatarios al personal al servicio de la administración de Justicia y que contribuyen a incrementar, todavía más, su grado de implicación en la prestación de un servicio de calidad.
Por todo ello, la conselleria de Justicia y Administraciones Públicas y los representantes de las organizaciones sindicales CSICSIF y UGT, presentes en la Mesa Sectorial de Justicia, en reunión celebrada el 28 de marzo de 2008, convinieron el Acuerdo relativo a la mejora de las condiciones de trabajo en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Castellón, Valencia, Alicante, Elche, Benidorm, Dénia, Orihuela, Paterna y Torrent, así como en los Juzgados de 1 ª Instancia e Instrucción y en los Juzgados de Instrucción con competencias en materia de violencia sobre la mujer radicados en la Comunitat Valenciana.
En la reunión de la Mesa Sectorial de Justicia de 29 de abril de 2008 el citado Acuerdo fue ratificado por las centrales sindicales CSICSIF, UGT y CCOO.
El artículo 38 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, dispone que para la validez y eficacia de los acuerdos será necesaria la aprobación expresa y formal del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma.
Por todo ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 28 c) de la Ley del Consell, y a propuesta del conseller de Justicia y Administraciones Públicas, el Consell
ACUERDA
Aprobar el texto del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Justicia de 29 de abril de 2008 por el que se ratifica el Acuerdo suscrito el 28 de marzo de 2008 entre la conselleria de Justicia y Administraciones Publicas y los representantes de las centrales sindicales CSICSIF y UGT, relativo a la mejora de las condiciones de trabajo en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Castellón, Valencia, Alicante, Elche, Benidorm, Dénia, Orihuela, Paterna y Torrent, así como en los Juzgados de 1 ª Instancia e Instrucción y en los Juzgados de Instrucción con competencias en materia de violencia sobre la mujer radicados en la Comunitat Valenciana, que se adjuntan como anexo.
Ordenar la publicación del presente Acuerdo en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Valencia, 9 de mayo de 2008 El vicepresidente primero y secretario del Consell, VICENTE RAMBLA MOMPLET
ANEXO
Acuerdo de la Mesa Sectorial de Justicia de 29 de abril de 2008 por el que se ratifica el Acuerdo suscrito el 28 de marzo de 2008 entre la conselleria de Justicia y Administraciones Públicas y los representantes de las centrales sindicales CSICSIF y UGT, relativo a la mejora de las condiciones de trabajo en los juzgados de Violencia sobre la Mujer de Castellón, Valencia, Alicante, Elche, Benidorm, Dénia, Orihuela, Paterna y Torrent, así como en los juzgados de 1 ª Instancia e Instrucción y en los juzgados de Instrucción con competencias en materia de violencia sobre la mujer radicados en la Comunitat Valenciana
Con el fin de mejorar las condiciones de trabajo del personal al servicio de la administración de Justicia con destino en los órganos judiciales con competencia en materia de violencia sobre la mujer y sede en la Comunitat Valenciana, y considerando la necesidad de garantizar un tratamiento adecuado y eficaz a la situación jurídica de las víctimas de violencia de género, la conselleria de Justicia y Administraciones Públicas y los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Justicia, CSICSIF y UGT, entablaron negociaciones, finalizando las mismas con la firma en fecha 28 de marzo de 2008 de un Acuerdo en el que se reflejaron las medidas alcanzadas como consecuencia del proceso de negociación desarrollado.
Presentado dicho Acuerdo para su ratificación en la Mesa Sectorial de Justicia, el sindicato CCOO ha mostrado su disponibilidad a asumir el contenido del mismo.
En el citado Acuerdo se consensuaron medidas de distinta naturaleza tanto de carácter retributivo, de formación del personal, y de apoyo a los órganos judiciales mediante la previsión de órganos técnicos de apoyo.
En virtud de lo expuesto, los representantes de las organizaciones sindicales de CSIF, CCOO y UGT, en presencia de Fernando de Rosa Torner, conseller de Justicia y Administraciones Públicas,
Manifiestan: Los representantes de CSICSIF, CCOO y UGT se ratifican en el contenido del Acuerdo suscrito el 28 de marzo de 2008, entre la conselleria de Justicia y Administraciones Públicas y las citadas centrales sindicales, relativo a la mejora de las condiciones de trabajo en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Castellón, Valencia, Alicante, Elche, Benidorm, Dénia, Orihuela, Paterna y Torrent, así como en los Juzgados de 1 ª Instancia e Instrucción y en los Juzgados de Instrucción con competencias en materia de violencia sobre la mujer radicados en la Comunitat Valenciana.
Valencia, 29 de abril de 2008 El conseller de Justicia y Administraciones Públicas: Fernando de Rosa Torner.
Por CSICSIF: José Cervera Cuenca.
Por CCOO: Juan Cruz Ruiz.
Por UGT: Gonzalo Fernández Martínez.
Acuerdo entre la conselleria de Justicia y Administraciones Públicas y los representantes de las centrales sindicales CSICSIF y UGT, relativo a la mejora de las condiciones de trabajo en los juzgados de Violencia sobre la Mujer de Castellón, Valencia, Alicante, Elche, Benidorm, Dénia, Orihuela, Paterna y Torrent, así como en los juzgados de 1 ª Instancia e Instrucción y en los juzgados de Instrucción con competencias en materia de violencia sobre la mujer radicados en la Comunitat Valenciana
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, destaca en su exposición de motivos que « los poderes públicos no pueden ser ajenos a la violencia de género, que constituye uno de los ataques más flagrantes a derechos fundamentales como la libertad, la igualdad, la vida, la seguridad y la no discriminación proclamados en nuestra Constitución » .
En el título V se establece la llamada Tutela Judicial para garantizar un tratamiento adecuado y eficaz de la situación jurídica, familiar y social de las víctimas de violencia de genero en las relaciones intrafamiliares.
La misma exposición de motivos señala que desde el punto de vista judicial nos encontramos ante un fenómeno complejo en el que es necesario intervenir desde distintas perspectivas jurídicas, que tienen que abarcar desde las normas procesales y sustantivas hasta las disposiciones relativas a la atención de las víctimas, intervención que sólo es posible a través de una legislación específica. Para ello, ha sido necesario introducir una serie de modificaciones normativas en materia civil y penal, entre otras materias. En cuanto a las medidas jurídicas asumidas, se ha optado, conforme a la tradición jurídica española, por una fórmula de especialización dentro del orden penal, de los Jueces de Instrucción, creando los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. Los citados Juzgados conocerán de la instrucción y, en su caso, del fallo de las causas penales en materia de violencia sobre la mujer, así como de aquellas causas civiles relacionadas, de forma que unas y otras, en primera instancia, sean objeto de tratamiento procesal ante la misma sede. Desde el punto de vista penal la respuesta a los actos de violencia de género nunca puede ser un nuevo agravio para la mujer.
Por lo que se refiere a la Comunitat Valenciana, la conselleria de Justicia y Administraciones Públicas y los representantes sindicales de CSICSIF y UGT, presentes en la Mesa Sectorial de Justicia, conscientes de la necesidad de garantizar un tratamiento adecuado y eficaz de la situación jurídica de las víctimas de violencia de género en las relaciones intrafamiliares, convienen una serie de medidas de distinta naturaleza.
En primer lugar, y siendo un hecho notorio que la compatibilización de la competencia normal de los Juzgados Mixtos y Juzgados de Instrucción con la que les ha correspondido para el conocimiento de asuntos de violencia sobre la mujer viene suponiendo una distorsión en su quehacer diario, pues la tramitación de este tipo de asuntos requiere un tratamiento especial e inmediato, suponiendo además un aumento de la carga de trabajo tanto cualitativa como cuantitativamente, se acuerda el establecimiento de una compensación económica mensual para todos los funcionarios de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, destinados única y exclusivamente en los Juzgados de 1 ª Instancia e Instrucción con competencias en materia de violencia sobre la mujer de Vinaròs, Villarreal, Nules, Segorbe, Sagunto, Massamagrell, Moncada, Mislata, Catarroja, Carlet, Sueca, Alzira, Gandia, Villajoyosa, San Vicente del Raspeig, Novelda, Elda, Ibi, Alcoy, Villena, Ontinyent, Xàtiva, Picassent, Requena, Quart de Poblet y Llíria, así como en el Juzgado de Instrucción con competencia en materia de violencia sobre la mujer de Torrevieja.
En segundo lugar, y con objeto de que las víctimas de violencia de género reciban un trato digno y adecuado una vez iniciado el procedimiento judicial, se establece un plan formativo específico para todos los funcionarios que prestan servicios en todos los órganos judiciales con competencia en materia de violencia sobre la mujer, sin exclusión alguna.
Igualmente, la conselleria de Justicia y Administraciones Públicas se compromete a impulsar la creación de las Unidades de Vigilancia Integral, en virtud de la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, como órgano técnico y de apoyo a todos los órganos judiciales que intervienen en este tipo de causas.
Por último, la conselleria de Justicia y Administraciones Públicas instará, ante el organismo competente, la realización de la evaluación inicial de riesgos de todos los puestos de trabajo y de todos los Juzgados con competencia en materia de violencia de género en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
En consecuencia, la conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, y los representantes de las organizaciones sindicales CSICSIF y UGTPV, presentes en la Mesa Sectorial de Justicia, convienen en alcanzar el siguiente Acuerdo:
1. Ámbito personal y territorial El presente Acuerdo será de aplicación al personal al servicio de la administración de Justicia transferido a la Generalitat, tanto funcionarios de carrera como interinos de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial que se encuentre destinados en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Castellón, Valencia, Alicante, Elche, Benidorm, Dénia, Orihuela, Paterna y Torrent, así como en los Juzgados de 1 ª Instancia e Instrucción con competencias en materia de violencia sobre la mujer de Vinaròs, Villarreal, Nules, Segorbe, Sagunto, Massamagrell, Moncada, Mislata, Catarroja, Carlet, Sueca, Alzira, Gandia, Villajoyosa, San Vicente del Raspeig, Novelda, Elda, Ibi, Alcoy, Villena, Ontinyent, Xàtiva, Picassent, Requena, Quart de Poblet y Llíria, y en el Juzgado de Instrucción con competencia en materia de violencia sobre la mujer de Torrevieja, excepto en cuanto a las medidas retributivas que serán de aplicación únicamente a los Juzgados incluidos en el siguiente apartado.
2. Medidas retributivas Teniendo en cuenta que los Juzgados de 1 ª Instancia e Instrucción con competencias en materia de violencia sobre la mujer de Vinaròs, Villarreal, Nules, Segorbe, Sagunto, Massamagrell, Moncada, Mislata, Catarroja, Carlet, Sueca, Alzira, Gandia, Villajoyosa, San Vicente del Raspeig, Novelda, Elda, Ibi, Alcoy, Villena, Ontinyent, Xàtiva, Picassent, Requena, Quart de Poblet y Llíria, así como en el Juzgado de Instrucción de Torrevieja, se ocupan no solamente de la tramitación de las causas correspondientes a los órdenes jurisdiccionales civil y/o penal, sino que además asumen la competencia para la instrucción, y, en su caso, fallo de las causas penales en materia de violencia sobre la mujer, adopción de medidas de protección y demás causas civiles relacionadas, y considerando la carga de trabajo que soportan los citados Juzgados, se acuerda el establecimiento de una compensación económica mensual para cada uno de los funcionarios destinados en los Juzgados arriba citados, equivalente a 7 puntos, es decir 189,77 euros.
La percepción de esta compensación económica tendrá efectos desde el próximo día 1 de abril, continuando vigente hasta que los referidos Juzgados dejen de compatibilizar sus funciones ordinarias propias con las que les han correspondido para el conocimiento de asuntos de violencia sobre la mujer.
3. Formación Sin perjuicio de los cursos específicos en materia de violencia sobre la mujer que la Dirección General de Justicia y Menor ofrece a los funcionarios de justicia dentro del Plan de Formación del IVAP para el año 2008, y con el fin de ofrecer a los mismos una formación más específica en esta materia, que facilite el trabajo diario y el trato con las víctimas de delitos y faltas de este tipo de violencia, se establece un Plan de formación especifico en violencia sobre la mujer, con la siguiente programación de cursos:
1. La violencia de género: una realidad cruda e ineludible.
2. Puesta en marcha del procedimiento ante una denuncia por maltrato.
3. Estrategias frente a la violencia contra la mujer.
4. Intervención psicológica grupal con mujeres víctimas de malos tratos.
5. Evaluación de las secuelas psicológicas producidas por el maltrato.
6. Diversidad de género.
7. Ayudas a mujeres maltratadas. El citado Plan Formativo incluirá en su ámbito de aplicación a todos los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y Juzgados de Instrucción con competencia en materia de violencia sobre la mujer, y con sede en el territorio de la Comunitat Valenciana.
4. Unidad de valoración integral La conselleria de Justicia y Administraciones Públicas se compromete a crear la Unidad de Valoración Integral en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Esta Unidad funcional de carácter técnico servirá de apoyo a todos los Juzgados con sede en la Comunitat Valenciana y competencia en materia de violencia sobre la mujer y al resto de órganos judiciales que investiguen este tipo de hechos. Entre sus objetivos figura la detección de necesidades de asistencia y derivación, si fuera necesario, a las mujeres al resto de recursos disponibles para las mujeres víctimas de violencia ( Centros Mujer 24 horas, Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito) .
Además se impulsará la adopción de un acuerdo de funcionamiento interno, mediante el cual cualquier asistencia prestada a las víctimas de violencia sobre la mujer se considerará actuación de urgencia y tendrá prioridad sobre cualquier otra actuación programada.
5. Evaluación de riesgos laborales Con el objetivo de mejorar las condiciones de trabajo de los funcionarios destinados en los distintos Juzgados con competencia en asuntos relacionados con la violencia sobre la mujer, el Área de Prevención de Riesgos Laborales dependiente de la conselleria de Justicia y Administraciones Públicas procederá a la realización de un Plan para la evaluación de los riesgos laborales de los citados Juzgados, en su planificación preventiva para 2008.
Esta medida será de aplicación a todos los órganos judiciales con competencia en materia de violencia sobre la mujer y sede en la Comunitat Valenciana.
Valencia, 28 de marzo de 2008 El conseller de Justicia y Administraciones Públicas: Fernando de Rosa Torner.
Por CSICSIF: José Vicente Cabo Iranzo. Por UGTPV: Vicente Seguí Ana.
