Convenio Colectivo de Emp...Las Palmas

Última revisión
29/07/2003

Convenio Colectivo de Empresa de AEROMEDICA CANARIA, S.L. (35002762011998) de Las Palmas

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Revisión Salarial del Convenio Colectivo de la empresa“ AEROMEDICA CANARIA, S. L.” (Boletín Oficial de Las Palmas num. 22 de 19/02/2003)

VISTA la solicitud presentada el día 21 de enero de 2003 para la inscripción de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo de la empresa“ AEROMEDICA CANARIA, S. L.”, suscrito con fecha 21 de enero de 2002, de una parte la empresa, y de otra por el comité de empresa, en representación de los trabajadores, y observando que su articulado no conculca la legalidad vigente ni lesiona gravemente el interés de terceros; de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE. 29 de marzo), Real Decreto 1033/1984, de 11 de abril, sobre transferencias de funciones a la Comunidad Autónoma de Canarias, la disposición final primera del Decreto 29/1985, de 1 de agosto, sobre creación del Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Canarias y el art. 10. 1º. d), del Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, en su redacción dada por el Decreto 138/2000, de 10 de julio, (B. O. C. nº 108, del 7/08/00), esta Dirección General,

RESUELVE

PRIMERO.- Ordenar la inscripción de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo de la empresa“ AEROMEDICA CANARIA, S. L.”, en el Registro Territorial de Convenios Colectivos con el nº 2190 y su notificación a la Comisión Negociadora.

SEGUNDO.- Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (S. E. M. A. C), de esta Dirección General de Trabajo.

TERCERO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. EL DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO, Antonio Lorenzo Tejera, firmado.

Por la empresa: Miguel Angel Valdivieo Sánchez, José Juan Sánchez Trujillo y José Ramón Pérez Liaño. Por la parte Social: José Luis Ramos Monzón, Rosario Nuez Pérez, Fernando Alvarez Sánchez, Pedro Marrero Ojeda, Fco. Manuel Rodríguez Hernández, Marcos Melián Peña y Victor Suárez Suárez.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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