Convenio Colectivo de Emp... de Huesca

Última revisión
26/07/2021

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AMES TAMARITE, S.A. (22100032012015) de Huesca

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2020 en adelante

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RESOLUCIÓN de la Subdirección Provincial de Trabajo del Departamento de Economía, Planificación y Empleo en Huesca por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de las empresas Ames-Tamarite S.A (Boletín Oficial de Huesca num. 141 de 26/07/2021)

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

GOBIERNO DE ARAGÓN

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y EMPLEO

SUBDIRECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO

RESOLUCIÓN

RESOLUCIÓN de la Subdirección Provincial de Trabajo del Departamento de Economía, Planificación y Empleo en Huesca por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de las empresas Ames-Tamarite S.A

Vista el acta, de fecha 19 de julio de 2021, presentada en esta Subdirección Provincial de Trabajo, suscrita por los integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Ames-Tamarite S.A. (código de convenio número: 22100032012015), que acuerda la prórroga y revisión salarial del convenio colectivo, desde el 1 de enero del 2020, hasta el 31 de diciembre del 2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenio Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, esta Subdirección Provincial de Trabajo,

ACUERDA

1.- Ordenar la inscripción del acta citada en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos y Planes de Igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos, de esta Subdirección Provincial con notificación a la Comisión Negociadora.

2.- Disponer la publicación del acta de prórroga y revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa Ames-Tamarite, S.A., en el Boletín Oficial de la Provincia.

Huesca, 23 de julio de 2021. La Subdirectora Provincial, Ana José Maurel Garcés.

ACTA

PRÓRROGA CONVENIO COLECTIVO Y REVISIÓN SALARIAL DE LA EMPRESA AMES TAMARITE, S.A. PARA LOS AÑOS

2020-2022

ACTA DE APROBACIÓN Y FIRMA

REUNIDOS

De una parte, D. Marcos Moret Viñals, D. Ángel Lorenzo Lodos, Dña. Anna Esteller Briñardeli y Gisela Casas Marciano, en representación de la empresa AMES TAMARITE, S.A

De otra, D. Pedro Solis Sánchez, D. Jose Pabio Cagigós, D. Juan Manuel Cubillo Bolaños y D. Samuel Bendicho Llena, en representación de los trabajadores, como miembros del Comité de Empresa,

Ambas partes, reconociéndose legitimación y capacidad recíproca para negociar,

ACUERDAN

Único.- Aprobar y firmar la prórroga del Convenio Colectivo y revisión salarial de la empresa AMES TAMARITE, S.A, para los años 2020-2022, cuyo texto se adjunta a la presenta acta, con un total de 6 artículos y 4 anexos.

En prueba de conformidad con lo que antecede, firman la presente acta en Tamarite de Litera a de 19 de Julio de 2021

ACTA DE ACUERDO PARA LA PRÓRROGA DEL CONVENIO COLECTIVO 2018- 2019 DE AMES TAMARITE, S.A. Y REVISIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES

para los años 2020, 2021 y 2022

Representación AMES TAMARITE, S.A

D. Marcos Moret Viñals

D. Ángel Lorenzo Lodos Dña. Anna Esteller Briñardeli Dña. Gisela Casas Marciano

Representación unitaria:

D. Pedro Solis Sánchez

D. Jose Pablo Cagigós

D. Juan Manuel Cubillo Bolaños

D. Samuel Bendicho Llena Dña. Estefanía Vallejos Laso

En Tamarite de Litera, el día 26 de mayo de 2021, se reúnen en el domicilio social de AMES TAMARITE, S.A, las partes relacionadas anteriormente, en el proceso de negociación para la prórroga de convenio colectivo de AMES TAMARITE S.A. de los años 2018-2019 y la revisión salarial correspondiente a los años 2020-2022, código de registro núm. 22100032012015, manifestando lo siguiente:

Una vez examinadas por las Partes las propuestas definitivas de cada una de ellas, de conformidad con lo negociado en reuniones anteriores, se alcanza el siguiente Acuerdo, basado en los siguientes:

PACTOS

PRIMERO. - ESTATUS Y DURACIÓN DEL ACUERDO

El acuerdo entre la Dirección y el Comité de Empresa mantiene la vigencia del Convenio de la empresa Ames Tamarite, S.A. (Código de convenio núm. 22100032012015) y establece la revisión salarial respecto a las tablas salariales para los años 2020, 2021 y 2022.

Todas aquellas materias que no quedan modificadas de forma expresa en este documento, seguirán aplicándose en las mismas condiciones que están reflejadas en el Convenio de Empresa anterior correspondiente a los años 2018-19 (Código de convenio núm. 22100032012015).

El presente acuerdo tendrá efectos desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022 y será de aplicación a partir de la fecha de su firma. En concreto:

SEGUNDO.- RETRIBUCIONES

Para el año 2020, se abonará la cantidad de 192€ en concepto de “pago único 2020”, que se hará efectivo en la primera nómina después de firmar el acuerdo.

La cantidad se percibirá en proporción a la jornada de trabajo.

Las tablas y anexos salariales que se publicaran para el año 2020, serán los mismos del año 2019, sin que se consolide el pago indicado.

Para el año 2021, las retribuciones de todo el personal se verán incrementadas con un 1,8%, aumentos que afectarán a la retribución total y a los complementos de puesto de trabajo.

Para el año 2022, las retribuciones de todo el personal se verán incrementadas con un 1,5%, aumentos que afectarán a la retribución total y a los complementos de puesto de trabajo.

En todo caso, se respetarán las cantidades de aumento por grupo profesional establecidos en el Convenio colectivo de trabajo del sector de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal de la provincia de Huesca para los años 2020-2022 (código de convenio núm. 22000275012003)

a) Las tablas del personal obrero son las que figuran adjuntas en el Anexo 1(año 2020) y Anexo 2 (año 2021) de este preacuerdo y contienen desde el nivel 5a hasta el 5o en el grupo de personal cualificado y desde el 6a hasta el 6i en el grupo de personal no cualificado.

b) Las tables del personal técnico y administrativo son las que figuran adjuntas en el Anexo 3 (2020) y Anexo 4 (2021) de este preacuerdo y establecen las cantidades de salario convenio Tamarite.

La configuración de las tablas salariales para el año 2022 queda pendiente de realización a partir de la publicación de las tablas del Convenio colectivo de trabajo del sector de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal de la provincia de Huesca para el año 2022.

TERCERO.- PREMIO POR BAJA SINIESTRALIDAD

Creación de un premio por baja siniestralidad vinculado a la consecución de los objetivos de los índices de baja accidentabilidad de la planta, según la siguiente tabla:

“TABLA DE ABSENTISMO; IMAGEN OMITIDA”

(CONSULTAR EN EL PDF)

Este premio va ligado al absentismo colectivo de toda la planta, teniendo en cuenta únicamente los accidentes de trabajo ligados a la seguridad y salud en el trabajo (quedan excluidos los accidentes in-itinere).

En caso que el 90% del absentismo por accidente de trabajo sea provocado por un accidente que haya sufrido un único trabajador, no se tendrá en cuenta dicho trabajador para el cálculo del porcentaje de este premio.

La vigencia de este premio será con carácter retroactivo a 01 de enero de 2020 y se abonará en un pago único anual en la nómina del mes de febrero del año siguiente (pago 10 de marzo). El premio correspondiente a 2020 se abonará en la siguiente nómina de la firma del presente preacuerdo.

CUARTO.- PRIMAS DE PRODUCTIVIDAD Y CALIDAD:

Se amplía el tope máximo anual del coeficiente de primas a 1,50.

QUINTO.- PREMIO DE VALOR AÑADIDO:

Creación de un nuevo premio adicional de sobreprima en función del Valor Añadido según la siguiente escala:

TABLA DE PREMIO DE VALOR AÑADIDO

(Tabla omitida. Consultar PDF de la disposición)

El resultado obtenido será el % sobre el salario teórico (sin tener en cuenta complementos de puesto de trabajo).

La vigencia de este premio será con carácter retroactivo al 01 de enero de 2020 y se abonará en un pago único anual en la nómina del mes de febrero del año siguiente (pago 10 de marzo). El premio correspondiente a 2020 se abonará en la siguiente nómina de la firma del presente preacuerdo.

SEXTO.- HORARIO TURNO CENTRAL:

Posibilidad de reducción del tiempo mínimo de comida a 1 hora.

La hora mínima de inicio de jornada serán las 7:30 horas y la hora mínima de salida serán las 17:00 horas, siempre que en la sección quede alguien hasta las 17:30h.

Se deberá escoger entre los horarios establecidos a continuación de manera que únicamente pueda variar el horario de semana en semana entre compañeros de sección para cumplir con la condición de presencia mínima hasta las 17:30h.

Posibles horarios:

- 8:00 a 13:00 y de 14:00 a 17:00

- 7:30 a 13:00 y de 14:30 a 17:00

- 8:00 a 13:00 y de 14:30 a 17:30

Las partes acuerdan desarrollar la adaptación a la normativa necesaria y las mejoras de las condiciones sociales del convenio durante la vigencia del presente acuerdo.

En el lugar y fechas indicados, firman los asistentes la presente acta, dando por finalizado el proceso de negociación de la revisión salarial 2020-2022, con acuerdo.

ANEXO 1

TABLA SALARIAL 2020

(Tabla omitida. Consultar PDF de la disposición)

ANEXO 2

TABLA SALARIAL 2021

(Tabla omitida. Consultar PDF de la disposición)

ANEXO 3 2020

(Anexo omitido. Consultar PDF de la disposición)

ANEXO 4 2021

(Anexo omitido. Consultar PDF de la disposición)