Convenio Colectivo de Emp... de Murcia

Última revisión
25/11/2014

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AQUALIA GESTION INTEGRAL DEL AGUA, S.A. (30002832011900) de Murcia

Empresa Autonómico. Versión Validez desde 08 de Julio de 2013 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 143-144)

Resolucion de 12 de noviembre de 2014, de la Direccion General de Trabajo, por la que se dispone la inscripcion en el registro y publicacion del acuerdo, de prorroga y modificacion; convenio, Aqualia Gestion Integral del Agua S.A.; codigo de convenio, 30002832011900. (Boletín Oficial de la Región de Murcia num. 272 de 25/11/2014)

Preambulo

Visto el expediente de Prórroga y Modificación y de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Resuelvo:

 
Primero.-

Ordenar la inscripción en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, de este Centro Directivo, del acuerdo de Prórroga y Modificación, convenio Aqualia Gestión Integral del Agua, S.A., número de expediente, 30/01/0099/2014; código de convenio, 30002832011900; ámbito, Empresa.

Segundo.-

Notificar la presente resolución a la Comisión Negociadora del acuerdo.

Tercero.-

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia 12 de noviembre de 2014.

El Director General de Trabajo, Fernando José Velez Alvarez.

Prórroga de la ultraactividad y modificación del convenio colectivo de la empresa AQUALIA para el Servicio Municipal de Agua y alcantarillado de Mazarrón que afecta al personal subrogado del Ayuntamiento

POR LA REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA

D. Manuel Catatayud Ruiz (Director Delegación Aqualia - Levante)

D. Agapito Pérez López (Jefe de Servicio Aqualia - Mazarrón)

D. Félix Picón Rico (Jefe RR.HH. Aqualia - Zona II)

POR LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES

D. Eva Berman Solano (Delegada de Personal de Aqualia en Mazarrón - CC.OO.)

D. Miguel Guarinos Acosta (trabajador de Aqualia en Mazarrón- CC.OO.)

D. José Elías Barrero (trabajador de Aqualia en Mazarrón - CC.OO.)

D. José M.ª Cánovas Martínez (asesor Sindicato CC.OO.)

D. Carmen Torralba Saura (asesora Sindicato CC.OO.)

En Mazarrón, reunidos las partes arriba referenciadas, como integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Aqualia correspondiente a los trabajadores que venían desarrollando su actividad en el Servicio Municipal de Agua y Alcantarillado del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón y que pasaron subrogados de acuerdo con el pliego de condiciones que sirvió de base para la contratación del citado servicio, y en cumplimiento del pliego de condiciones, en el punto 7, apartado 6 "Recursos Personales - Subrogación de contratos" (BORM de 16/09/2010),

Acuerdan

 
Primero.-

Modificar con efectos del 08 de julio de 2013 el contenido del artículo 29 del referido Convenio Colectivo, quedando la redacción del citado artículo de la siguiente manera:

"Artículo 29.- Ayuda Escolar.

Todo trabajador tendrá derecho a percibir el 100% del importe de la matrícula o gastos de inscripción, tanto si se realizan estudios en colegios públicos así como en Universidades públicas, en concepto de ayuda escolar y siempre que la edad de sus hijos esté comprendida entre los 2 y los 26 años, ambos inclusive, todo ello previa justificación documental y hasta un máximo de 1.500 € por hijo y por año académico (de septiembre hasta agosto).

Todos los trabajadores cuyos hijos, comprendidos dentro de la referida edad, realicen estudios tanto en colegios privados como en Universidades privadas, tendrán derecho a percibir en concepto de ayuda escolar el 100% del equivalente al importe de la matrícula o gastos de inscripción en el colegio público o Universidad pública según corresponda de conformidad con los precios públicos o tasas oficiales publicadas en el boletín o diario oficial por la correspondiente Consejería de la Comunidad Autónoma al que pertenezca el colegio o Universidad privada en cuestión, todo ello previa justificación documental y hasta un máximo de 1.500 € por hijo y por año académico (de septiembre hasta agosto).

Los trabajadores afectados percibirán una asignación de 43,62 euros anuales, por cada hijo en edades comprendidas entre los 4 y 16 años, que se abonarán a principios del curso y previa justificación documental.

Si la empresa tiene una asignación análoga a la aquí establecida, se podrá compensar y absorber de la misma el importe de la pactada en Convenio".

Segundo.-

Ampliar y prorrogar la ultraactividad del referido Convenio Colectivo hasta el 31 de diciembre de 2015, siempre que no se haya alcanzado previamente un acuerdo colectivo de adaptación de las personas afectadas por dicho Convenio al Convenio Colectivo de trabajo para la industria de captación, distribución, depuración y gestión de aguas potables y residuales de la Comunidad Autónoma Región de Murcia publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el pasado 12 de abril de 2013