Convenio Colectivo de Emp...e Asturias

Última revisión
03/11/2014

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de ARCELOMITTAL ESPAÑA, S.A. (CENTROS DE TRABAJO DE ASTURIAS) de Asturias

Empresa Autonómico. Versión Validez desde 11 de Marzo de 2014 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 121-121)

Resolucion de 20 de octubre de 2014, de la Consejeria de Economia y Empleo, por la que se dispone la inscripcion en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de la Direccion General de Trabajo, del contenido del acuerdo adoptado en procedimiento de mediacion en la huelga convocada en la empresa Arcelormittal España, S.A., ante el Servicio Asturiano de Solucion Extrajudicial de Conflictos. [Cod. 2014-17974] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 254 de 03/11/2014)

Preambulo

Visto el texto del acuerdo adoptado en materia de conflicto colectivo, de fecha 28 de noviembre de 2013, por el que se desconvoca la huelga prevista entre las 13 horas del jueves día 27 de noviembre de 2013 hasta las 15 horas del día 27 de noviembre de 2013, en la empresa Arcelormittal España, S.A., en virtud de procedimiento de mediación tramitado en el Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos con n.º de expediente en el SASEC EX/h/0184/13, entre el Comité de Empresa de Arcelormittal España, S.A. y la empresa Arcelormittal España, S.A., recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias con fecha 17 de octubre de 2014, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83.3, 90 y 91 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo; en el artículo 156.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en el artículo 17.2 del Reglamento de Funcionamiento del Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos, publicado en el BOPA de 13 de junio de 2005, y en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3 de julio de 2012, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Economía y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

 
Primero.-

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de desconvocatoria de huelga en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito.

Oviedo, a 20 de octubre de 2014.-El Consejero de Economía y Empleo.-P.D. autorizada en Resolución de 03-07-2012, publicada en el BOPA núm. 156, de 06-07-2012, el Director General de Trabajo.-Cód. 2014-17974.