Convenio Colectivo de Emp... de Madrid

Última revisión
11/10/2005

Convenio Colectivo de Empresa de ASISA de Madrid

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Resolucion de 31 de agosto de 2005, de la Direccion General de Trabajo de la Consejeria de Empleo y Mujer, por la que se da publicidad al Acuerdo alcanzado por la empresa Asisa y Servicio General de la seccion sindical de CC OO (PCM185/2005). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 241 de 10/10/2005)

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 31 de agosto de 2005. El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Expediente número PCM185/2005. En Madrid, a las diez horas del día 19 de julio de 2005. Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Sergio Picallo González, con número de identificación fiscal 72028324- Y. Vocal: Don Antonio Díaz de LopeDíaz E., con número de identificación fiscal 5117203- W.

Vocal: Doña Esther Esteban Zabala, con número de identificación fiscal 30588461- W. Secretario: Don Antonio Chico Fernández, con número de identificación fiscal 1178051- Z.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación para conocer en este acto del expediente marginado, registrada en esta sede con fecha 13 de mayo de 2005.

De una parte, y que constan como citados, comparecen: Doña Lourdes Bartolomé García, con número de identificación fiscal 7528400- V, en calidad de responsable de Recursos Laborales.

“Asisa” Delegación Madrid, con domicilio en la calle Miguel Ángel, número 7, 28010 Madrid (MadridCiudad).

“Asisa”, con domicilio en la calle Juan Ignacio Luca de Tena, número 10, 28027 Madrid (MadridCiudad).

De otra parte, y que consta como citado, comparece y actúa en nombre de los trabajadores:

Don Fernando Escudero Mons, con número de identificación fiscal 689171- E, en calidad de secretario general de la sección sindical de CC OO.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto según escrito introductorio presentado por la sección sindical de CC OO

ABIERTO EL ACTO Las partes se someten expresamente al procedimiento de conciliación y mediación del Instituto Laboral para el conflicto objeto del presente Acto.

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escito introductorio. Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el Acto de Conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de CON AVENENCIA En los siguientes términos:

1. Según Acta de Acuerdo que se adjunta del día 18 de julio de 2005.

2. El Acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente Acuerdo tiene el valor de trámite preprocesal (intento de conciliación) previsto en el artículo 63 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, teniendo, asimismo, fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la citada Ley rituaria.

Leída el Acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid y se entrega la correspondiente copia a las diez y treinta horas del día de hoy. El secretario (firmado).

ACTA DE ACUERDO Por la Dirección de Recursos Humanos de “Asistencia Sanitaria Interprovincial de Seguros, Sociedad Anónima” (Asisa):

Don Juan Martínez Molina, director de Personal. Don Javier López Jericó, subdirector de Personal.

Por la sección sindical de CC OO en “Asisa”: Don Fernando Escudero Mons, secretario general. Don Jesús Soria Sánchez, delegado de CC OO. En Madrid, siendo las diez horas del día 18 de julio de 2005, se reúnen las personas antes relacionadas y resuelven elevar a definitivos los acuerdos alcanzados sobre el mapa de puestos de trabajo de “Asisa”, delegación de Madrid, conforme al Acta con Avenencia Parcial de 28 de junio de 2005, suscrita ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid y tras su reunión celebrada el pasado 15 de julio de 2005.

ACUERDOS Primero. Quedan clasificados en el Grupo II, Nivel 6, los siguientes puestos de trabajo de la delegación de “AsisaMadrid”:

Asesor Autorizaciones, Asesor Comercial Pólizas, Asesor Administrativo Solicitudes, Asesor Comercial Servicio de Atención Personal y Servicios Generales. Los/as trabajadores/as ocupantes de dichos puestos que ostentan un nivel profesional inferior, y que a continuación se relacionan, serán actualizados al Grupo II,

Nivel 6, con efectos económicos de 1 de enero de 2004, percibiendo los correspondientes atrasos:

Doña Dolores Pillado Figueras. Doña Silvia Patricia Asensio Calvo. Doña María Soledad de la Concepción Herrera. Don Jesús María Soria Sánchez. Doña Amparo Gutiérrez Díaz. Doña Concepción Herranz Varea. Don José Ángel Garraleta Gil.

Segundo. Queda clasificado en el Grupo II, Nivel 5, el puesto denominado “Técnico Informático” de la delegación de “AsisaMadrid”, cuya ocupante, doña Montserrat Fidalgo Baz, verá actualizado su nivel profesional al Grupo II, Nivel 5, con efectos económicos de 1 de enero de 2004, percibiendo los correspondientes atrasos.

Tercero. Queda clasificado en el Grupo II, Nivel 4, el puesto denominado “Responsable Departamento de Atención Personal” de la delegación de “AsisaMadrid”, cuya ocupante, doña Alicia Rodríguez García, verá actualizado su nivel profesional al Grupo II, Nivel 4, con efectos económicos de 1 de enero de 2004, percibiendo los correspondientes atrasos.

Cuarto. Se adjunta como Anexo al presente Acuerdo el mapa que contiene los distintos puestos de trabajo existentes en la delegación de “AsisaMadrid”, con indicación del Grupo y Nivel profesional, exceptuando los puestos denominados “Responsable de Contabilidad y Control de Gestión y Técnico Contable”, pues, al no haberse alcanzado un acuerdo sobre la valoración de los mismos, las partes deciden someter estos puestos a la valoración de un técnico de la consultora “Hay Group”, conforme al procedimiento que se estableció en la Comisión Mixta de Valoración de Puestos de Trabajo en “Asisa”. Una vez efectuada dicha valoración por el técnico de “Hay Group”, las partes se reunirán para suscribir un acta definitiva de dichos puestos, que se adjuntará como Anexo 2 al presente.

Quinto. Los atrasos que la empresa deba abonar como consecuencia de la aplicación del presente Acuerdo, serán liquidados, si fuese posible, en los recibos de salarios del mes de julio de 2005, y, si no fuese posible, se abonarán en el mes de agosto.

Sexto. Las partes deciden hacer un seguimiento sobre la evolución del grado de autonomía del puesto denominado “Responsable Subdelegación”, con el fin de revisar en un futuro próximo la clasificación profesional de dicho puesto. Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes firman el presente Acuerdo por duplicado en el lugar y fecha indicados.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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