Convenio Colectivo de Empresa de ASOCIACION GRUPO DE EMPRESA RENAULT (47001512012004) de Valladolid
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Convenio Colectivo de Emp...Valladolid

Última revisión
17/02/2020

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de ASOCIACION GRUPO DE EMPRESA RENAULT (47001512012004) de Valladolid

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 17 de Febrero de 2020 en adelante

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RESOLUCIÓN DE 29 DE ENERO DE 2020 DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID, POR LA QUE SE DISPONE EL REGISTRO, DEPÓSITO Y PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DE LA ACTUALIZACIÓN Y PUESTA AL DIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA ASOCIACIÓN GRUPO EMPRESA RENAULT DE VALALDOLID, EN MATERIA DE GARANTIA DE REVISIÓN SALARIAL (Código 47001512012004) (Boletín Oficial de Valladolid num. 32 de 17/02/2020)

II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

JUNTA DE CASTILLA Y LEON

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID

Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid

RESOLUCIÓN   DE   29 DE  ENERO DE 2020 DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID, POR LA QUE SE DISPONE EL REGISTRO, DEPÓSITO Y PUBLICACIÓN DEL  ACUERDO DE LA COMISIÓN  NEGOCIADORA DE LA ACTUALIZACIÓN Y PUESTA AL DIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA ASOCIACIÓN GRUPO EMPRESA RENAULT DE VALALDOLID, EN MATERIA DE GARANTIA DE REVISIÓN SALARIAL (Código 47001512012004)

Visto la documentación relativo al ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DE LA ACTUALIZACIÓN Y PUESTA AL DÍA  DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA ASOCIACIÓN GRUPO EMPRESA RENAULT DE VALALDOLID, EN MATERIA DE GARANTIA DE REVISIÓN SALARIAL (Código 47001512012004) acordada entre los representantes de la empresa y los representantes de los trabajadores, de fecha 13 de diciembre de 2019, de conformidad con lo dispuesto   en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,  el  artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y la Orden EYH/1139/2017, de 20 de diciembre de 2017, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo, con relación a lo dispuesto en el Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, esta Oficina Territorial de Trabajo,

ACUERDA

PRIMERO.-Inscribir el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Asociación Grupo Empresa Renault de Valladolid, en materia de garantía de revisión salarial, en el correspondiente Registro de este Organismo, con notificación a la Comisión Negociadora.

SEGUNDO.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. TERCERO.-Depositar un ejemplar del mismo en esta Entidad.

Valladolid,4 de febrero de 2020.-La Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo.-Fdo.: María Belen Iglesia Freile.

ACTA DE ACUERDO

En Valladolid, siendo las 10:30 horas del día 13 de diciembre de 2019, se reúnen en el domicilio social de la Asociación Grupo Empresa Renault Valladolid, sita en calle Hípica 12 de esta ciudad, de una parte la representación de la Empresa y por otra la representación legal de los/as trabajadores/as, ambas como componentes de la comisión negociadora del Convenio Colectivo de la Asociación Grupo Empresa Renault Valladolid adoptan los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Sacar a promoción interna dos plazas de OFICIAL de 3ª, en este año, para empezar como OFICIAL de 3ª el 1 de enero de 2020, a partir del 1 de enero de 2022 sacar otras dos plazas de OFICIAL de 3ª a promoción interna.

SEGUNDO.- La categoría de Jefe de Oficina y Supervisor de instalaciones se mantiene, pero dado que nadie está ocupando esas funciones en este momento, se acuerda, dividirla en 2, Jefe/a de oficina y Supervisor/a de instalaciones, asignando a dichas categorías un salario de 1330€ al mes más prima de mando inicial del 5%.

TERCERO.- Para los trabajadores/as de la categoría de PEON “A” (S.M.I), que presten servicios en la empresa los doce meses del año, se crea un complemento del 1% sobre el Salario Base y se abonara en el periodo estival.

Solo las que desempeñen la función de coordinadoras

CUARTO.- Congelar Salarios hasta el 1 de Enero de 2023.

QUINTO.- La prima de mando se queda tal y como está y cada año se incrementará el 1% hasta llegar al 10%.

SEXTO.- Se sacará una plaza de Oficial de Segunda Administrativo a partir del 1 de Enero de 2022 a promoción interna, antes de que a las personas que ahora ostentan la Categoría de Auxiliar Administrativo tengan que ascender por el Artículo. 17 del Convenio Colectivo.

SEPTIMO.- La jornada de 36 h, la mantendrán solo aquellos trabajadores/as que tuvieran consolidada dicha jornada en el convenio colectivo anterior, independientemente de su categoría profesional.