Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE AGUILAR DE CAMPOO. PERSONAL LABORAL de Palencia
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Convenio Colectivo de Emp...e Palencia

Última revisión
18/07/2014

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE AGUILAR DE CAMPOO. PERSONAL LABORAL de Palencia

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 14 de Junio de 2014 en adelante

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Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Aguilar de Campo. Codigo del Convenio Colectivo 34000182011984 (Boletín Oficial de Palencia num. 86 de 18/07/2014)

Preambulo

Convenio o Acuerdo: AYUNTAMIENTO DE AGUILAR DE CAMPOO (PERSONAL LABORAL)

Expediente: 34/01/0039/2014 Fecha: 09/07/2014

Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN Destinatario: MARGARITA MARTÍN GARCÍA

Código 34000182011984.

INSCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DEL AYUNTAMIENTO DE AGUILAR DE CAMPOO

Vista del Acta de la Comisión de seguimiento, vigilancia e interpretación del Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Aguilar de Campo, (Código del Convenio Colectivo 34000182011984), que fue aprobada definitivamente el 14-06-2014, por la que se acuerdan las modificaciones al texto de dicho convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el art.90.2 y 3 del R.D. Legislativo 1/95, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Orden de 21-11-96 por la que se desarrolla la estructura orgánica de la Oficina Territorial de Trabajo.

Esta Oficina Territorial de Trabajo de Palencia,

A C U E R D A

1.-

Ordenar la inscripción de las citadas modificaciones en el Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento de través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión de seguimiento, vigilancia e interpretación.

2.-

Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA de Palencia.

Palencia, 10 de julio de 2014.

- El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Miguel Meléndez Morchón.

La Comisión de Seguimiento, Vigilancia e Interpretación del Convenio-Acuerdo de Personal del Ayuntamiento de Aguilar de Campoo, en reunión celebrada el día 14 de junio de 2014, entre otros, debatió el siguiente asunto:

"… A continuación el Sr. del Olmo haciendo referencia al párrafo final del artículo 2º del Convenio Colectivo, propone los siguientes cambios en la redacción de los siguientes artículos:

Artículo 21º- Jornada laboral.

Cambiar la redacción del primer párrafo: La jornada laboral que regirá para la vigencia del presente Convenio será de treinta y cinco horas semanales. Se considerará como tiempo de trabajo efectivo, los treinta minutos libres de bocadillo de los trabajadores. A partir del 1 de enero de 2013 la jornada laboral de 35 horas semanales quedará suspendida pasando a ser de 37.5 horas semanales con un cómputo máximo de 1.612,5 h. anuales. Si en el futuro la normativa legal lo permite se volvería a realizar la jornada semanal de 35 horas.

El resto del artículo no varía en su redacción.

Artículo 23º- Licencias retribuidas.

En lo referido a los días de libre disposición, cambiar tres anuales por cuatro, tal como la normativa ha establecido.

La representación de la Empresa está de acuerdo con dichos cambios, por lo que firmarán el acuerdo para su remisión al INSS".