Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE ALAQUAS. PERSONAL LABORAL (46006272012003) de Valencia
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Convenio Colectivo de Emp...e Valencia

Última revisión
30/08/2017

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE ALAQUAS. PERSONAL LABORAL (46006272012003) de Valencia

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 04 de Mayo de 2017 en adelante

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Anuncio de la Conselleria de Economia Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comision negociadora del convenio colectivo de trabajo del Ayuntamiento de Alaquas (codigo: 46006272012003). (Boletín Oficial de Valencia num. 160 de 21/08/2017)

ANUNCIO

Resolución de fecha 4 de agosto de 2017, de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de Valencia, por la que se dispone el registro, depósito y publicación del acuerdo parcial suscrito por la mesa de negociación del convenio colectivo de trabajo del Ayuntamiento de Alaquàs.

Vista la solicitud de inscripción del acuerdo parcial sobre modificación de los artículos 41 y 50.4 del convenio señalado anteriormente, suscrito el día 4 de mayo de 2017 por la mesa de negociación formada, de una parte, por la representación del Ayuntamiento y, de la otra, por las secciones sindicales de UGT, CCOO y CSIF, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86.3 y 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, los arts. 2.1 a) y 8.3 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y los arts. 3 y 4 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Esta Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, conforme a las competencias legalmente establecidas en el art. 51.1.1ª del vigente Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, y el artículo 22.5 del Decreto 157/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, resuelve:

Primero: Ordenar su inscripción en este Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, con notificación a la representación de la comisión negociadora y depósito del texto del acuerdo parcial.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Valencia, 4 de agosto de 2017.-El director territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, Emiliano Cerdá Esteve.

ACTA DE LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE ALAQUAS Y SU PERSONAL LABORAL (código 46006272012003).

En Alaquàs a, siendo las 12:00 horas del día 04 de Mayo de 2017, reunida la comisión negociadora compuesta por las representaciones siguientes:

- De una parte, la presentación de la empresa, designados por el concejal delegado de personal:

D. Alberto Buendía Moya, secretario municipal

D. Antonio Saura Martín, concejal delegado de personal

Dña. María Gimeno Luján, jefa del departamento de recursos humanos

- De otra parte, la representación sindical, designados conveniente por cada uno de sus sindicatos, compuesta por:

Dña. Concha Latorre Silla (C.S.I.F)

D. Josep Benet Burriel Martínez (U.G.T)

Dña. Paula Pérez Arroyo (CC.OO)

al objeto de celebrar reunión de la mesa negociadora para la modificación del Convenio Colectivo de trabajo entre el Ayuntamiento de Alaquàs y su personal laboral (código 46006272012003) a propuesta de los representantes de los trabajadores, se acuerda, tras darse por constituidos como Comisión negociadora en los términos del art. 89,2 del Estatuto de los trabajadores:

Punto único. Modificación en la redacción de los artículos el art. 41 y art. 50 punto 4.

En el ánimo de atender el principio de no discriminación de personal temporal respecto del fijo en cuanto a percepción de retribuciones vinculadas a la antigüedad, y otros extremos, se aprueba el siguiente texto del art. 41 del Convenio Colectivo de trabajo entre el Ayuntamiento de Alaquàs y su personal laboral.

'Las retribuciones para cada año de vigencia del Acuerdo, serán las que de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables se acuerde en el seno de la Mesa General de Negociación, entre las Organizaciones Sindicales y la Corporación Local.

Los trabajadores con contratos temporales y de duración determinada tendrán los mismos derechos que los trabajadores con contratos de duración indefinida, así como el derecho al reconocimiento de la antigüedad a todos los efectos, en los términos previstos legalmente.'

Se aprueba la siguiente modificación en la redacción art. 50 punto 4 del Convenio Colectivo de trabajo entre el Ayuntamiento de Alaquàs y su personal laboral.

'4. Se concederán prestamos o anticipos para todo el personal laboral, si bien en el caso del personal eventual, laboral temporal o interinos, solo se podrán conceder anticipos sobre el valor de la nómina, en las condiciones señaladas en la ley, y atendiendo al periodo de duración de la relación, debiendo cancelarse a la finalización del contrato.'

En prueba de conformidad con lo expuesto, firman la presente acta los signatarios de firma expresados en la presente acta de la constitución de la Mesa Negociadora que también goza de la virtualidad de acta de Comisión Negociadora en lugar y fecha indicado al inicio, autorizando a la presentación de la misma ante la autoridad laboral competente, a los efectos de registro y para que ordene su publicación, sin perjuicio de la tramitación reglamentaria por parte de los órganos municipales competentes.

Por la Representación Sindical Por la Representación Empresarial

Dña. Conxa Latorre Silla (C.S.I.F) D. Antonio Saura Martin

D. Josep Benet Burriel Martínez (UGT) D. Alberto Buendía Moya

Dña. Paula Pérez Arrroyo (CC.OO) Dña. María Gimeno Lujan

2017/12676