Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE ARAHAL. PERSONAL FUNCIONARIO de Sevilla
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Convenio Colectivo de Emp...de Sevilla

Última revisión
05/03/2015

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE ARAHAL. PERSONAL FUNCIONARIO de Sevilla

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 13 de Febrero de 2015 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 70-72)

Modificacion del articulo 21 del Acuerdo Colectivo Regulador de las Relaciones entre el Excmo. Ayuntamiento de Arahal y sus funcionarios (Boletín Oficial de Sevilla num. 52 de 05/03/2015)

Don Miguel Ángel Márquez González, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta ciudad

Hace saber: Que habiéndose publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de 15 de diciembre de 2014, anuncio del acuerdo del Pleno ordinario municipal de 27 de noviembre de 2014, por el cual se aprobaba provisionalmente la «Modificación de determinados artículos Acuerdo Colectivo Regulador de las Relaciones entre el Excmo. Ayuntamiento de Arahal y sus funcionarios» de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y no habiéndose presentado reclamación alguna, se entiende definitivamente aprobado, el acuerdo hasta entonces provisional, procediéndose a continuación a la publicación íntegra del texto, a los efectos preceptuados en los artículos 65 y 70 2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril:

Primero: Aprobar definitivamente la «Modificación de determinados artículos Acuerdo Colectivo Regulador de las Relaciones entre el Excmo. Ayuntamiento de Arahal y sus funcionarios».

Visto el Acuerdo Colectivo Regulador de las Relaciones entre el Excmo Ayuntamiento de Arahal y sus funcionarios, aprobado definitivamente por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el pasado 29 de mayo de 2008.

Vista el acta de la reunión de la Comisión Paritaria de Interpretación y de Seguimiento del mencionado Acuerdo Colectivo celebrada en sesión ordinaria del día 14 de noviembre de 2014, donde se acuerda por unanimidad de sus miembros comenzar el procedimiento legal de modificación de determinados artículos Acuerdo Colectivo Regulador de las Relaciones entre el Excmo. Ayuntamiento de Arahal y sus funcionarios, y que parcial y literalmente se reproduce a continuación:

Primero.-Modificación del artículo 21 del Acuerdo Colectivo Regulador de las Relaciones entre el Excmo. Ayuntamiento de Arahal y sus funcionarios:

Tras varias deliberaciones al respecto, se acuerda por unanimidad realizar el procedimiento legal en aras a modificar la redacción del mencionado artículo, contemplando la categoría de Bombero de modo independiente, incluyendo la categoría de Oficial de Bombero e incluyendo la categoría de Administrativo Jefe de Sección, quedando redactada la modificación tal como sigue:

Artículo 21 - Complemento de destino.

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Segundo.-Modificación del artículo 22 del Acuerdo Colectivo Regulador de las Relaciones entre el Excmo. Ayuntamiento de Arahal y sus funcionarios:

Tras varias deliberaciones al respecto, se acuerda por unanimidad realizar el procedimiento legal en aras a modificar la redacción del mencionado artículo, contemplando la categoría de Bombero de modo independiente, con un complemento específico de Grupo C2, ascendente a la cantidad de 428,14€, y añadiendo la categoría de Oficial Bombero, con un complemento específico de Grupo C1, quedando redactado tal como sigue:

Artículo 22 - Complemento específico.

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Visto el artículo 22 2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, esta Delegación de Recursos Humanos eleva al Ayuntamiento Pleno propuesta de acuerdo, con las siguientes disposiciones:

Primero.-Aprobar la modificación del artículo 21 del Acuerdo Colectivo Regulador de las Relaciones entre el Excmo. Ayuntamiento de Arahal y sus funcionarios, aprobado por el Excmo Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el pasado 29 de mayo de 2008, quedando redactado en su mayoría en su redacción originaria e introduciendo en el mismo las siguientes modificaciones:

- Se contempla la categoría de Bombero de modo independiente

- Se incluye la categoría de Oficial de Bombero.

- Y se incluye la categoría de Administrativo Jefe de Sección

Artículo 21 - Complemento de destino.

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Segundo.-Aprobar la modificación del Artículo 22 del Acuerdo Colectivo Regulador de las Relaciones entre el Excmo. Ayuntamiento de Arahal y sus funcionarios, aprobado por el Excmo Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el pasado 1 de abril de 2008, quedando redactado en su mayoría en su redacción originaria e introduciendo en el mismo las siguientes modificaciones:

- Se contempla la categoría de Bombero de modo independiente, con un complemento específico del Grupo C2, ascendente a la cantidad de 428,14€

- Y añadiendo la categoría de Oficial Bombero, con un complemento específico de Grupo C1, ascendente a 864,80€.

Artículo 22 - Complemento específico.

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Tercero.-La aplicación del presente acuerdo requerirá la tramitación de la modificación presupuestaria oportuna.

Cuarto -Someter a información pública y audiencia de los interesados el expediente correspondiente, mediante edicto que ha de publicarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el «Boletín Oficial» de la provincia, por el plazo de 30 días, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local

Durante este período, remitir el documento inicialmente aprobado junto con el correspondiente certificado plenario, para someter a informe de los órganos y entidades competentes en los supuestos establecidos con carácter preceptivo en la legislación sectorial

Quinto.-Que se de cuenta al Pleno de las reclamaciones que se formulen, que se resolverán con carácter definitivo. En el caso de que no se presentara ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el presente acuerdo inicial, procediéndose a publicar el acuerdo de aprobación definitiva y el texto íntegro del acuerdo en el «Boletín Oficial» de la provincia, al efecto de su entrada en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65 2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local

Sexto.-Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente de este Excmo. Ayuntamiento para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la plena ejecución de estos acuerdos

Lo que se hace público a los efectos previstos en el articulo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local

Arahal a 13 de febrero de 2015 -El Alcalde Presidente, Miguel Ángel Márquez González