Última revisión
Modificacion/Interpretacion , Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE ARONA. PERSONAL FUNCIONARIO de Tenerife
Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 19 de Octubre de 2016 en adelante
Modificacion de las normas de formacion del personal laboral y funcionario (Boletín Oficial de Tenerife num. 126 de 19/10/2016)
Primero.- Ratificar por el Pleno el acuerdo adoptado por la Mesa General de Negociación, celebrada el 29 de julio de 2016, relativo a la modificación de las normas de formación del personal laboral y funcionario, eliminando las referencias a la posibilidad de extensión hasta siguiente anualidad, quedando de la siguiente forma:
"La compensación horaria deberá llevarse a cabo dentro del año natural en el que finalice la acción formativa, y tendrá como límite 30 horas.
En el caso de la policía local la compensación tendrá como límite 34:16 horas. Llegado el 31 de diciembre, el crédito no compensado se pierde.
No serán compensables aquellas acciones formativas cuyo contenido sea, al menos en un 75%, igual a otras realizadas dentro de los dos últimos años.
Las acciones formativas que generan crédito y por tanto dan lugar a compensación, son las realizadas en el año natural.
En el supuesto de acciones formativas cuyo inicio se realiza en el año natural y su finalización se produce en el siguiente, podrá ser objeto de compensación por separado el tiempo dedicado al mismo, siempre que se acredite el tiempo realizado en cada uno de ellas y demás requisitos establecidos en el apartado siguiente."
Segundo.- Publicar el citado acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Arona, a 4 de octubre de 2016.
El Teniente de Alcalde del Área de Gobierno de Recursos Humanos, Deportes y Juventud, Juan Sebastián Roque Alonso.