Convenio Colectivo de Emp...e Asturias

Última revisión
16/06/2014

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE AVILES. PERSONAL FUNCIONARIO (33004211012007) de Asturias

Empresa Autonómico. Versión Validez desde 11 de Abril de 2014 en adelante

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Resolucion de 23 de mayo de 2014, de la Consejeria de Economia y Empleo, por la que se ordena la inscripcion de la modificacion del Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo de los Empleados Publicos del Ayuntamiento de Aviles, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de la Direccion General de Trabajo. [Cod. 2014-10064] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 138 de 16/06/2014)

Preambulo

Visto el Acuerdo de la Mesa General de Negociación del Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Avilés (expediente P-004/2009, código 33004211012007), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias el 21 de mayo de 2014, en la que se acuerda la modificación de diferentes artículos del texto del citado Acuerdo Regulador, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos Colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3 de julio de 2012, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Economía y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, a 23 de mayo de 2014.

-El Consejero de Economía y Empleo.-P.D. (autorizada en Resolución de 03-07-2012, publicada en el BOPA núm. 156, de 06-07-2012), el Director General de Trabajo.-Cód. 2014-10064.

Modificación del Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo de los trabajadores del Ayuntamiento de Avilés

 
1.-

Para poder desarrollar el Taller de Empleo "Ahorro Energético" propuesto por el Concejal de Promoción Económica, Formación y Empleo y Consumo, se hace necesario modificar el artículo 16 del Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo de los trabajadores del Ayuntamiento de Avilés, relativo a las retribuciones del personal de las Escuelas Taller y Talleres de Empleo, en concreto, el inciso relativo a la percepción por los trabajadores participantes de un salario equivalente a 1,5 veces el salario mínimo interprofesional.

En este sentido se llega al acuerdo que sus retribuciones sean las previstas para los operarios del Plan de Empleo, 790,09 € mensuales (11.061,26 € anuales).

2.-

Para poder desarrollar el Taller de Empleo "Ahorro Energético" y la Escuela Taller "Marca Avilés" propuestos por el Concejal delegado de Promoción Económica, Formación y Empleo y Consumo, se hace necesario modificar el artículo 14.1 C del Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo de los trabajadores del Ayuntamiento de Avilés, relativo a las pagas extraordinarias, con la finalidad de que los trabajadores beneficiarios de estos programas perciban las pagas extraordinarias prorrateadas para cumplir con las condiciones de obtención de la subvención del Servicio Público de Empleo Estatal.

3.-

Excluir, para el personal contratado en el marco del Taller de Empleo "Ahorro Energético" y de la Escuela Taller "Marca Avilés" la Disposición adicional Sexta del Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo de los trabajadores del Ayuntamiento de Avilés, relativa al despido improcedente.

4.-

Modificar el anexo V "Catálogo de Puestos no Permanentes" en relación a los puestos de "Escuela Taller, Taller de Empleo, Clasificación Profesional, otros", de forma que:

1.º) Se incluya el puesto de Monitor configurado con el grupo A2.

2.º) Se cree el puesto de Monitor configurado con el grupo C1.

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5.-

El presente Acuerdo tendrá efectos desde la fecha de su firma, una vez sea ratificado por el Pleno del Ayuntamiento de Avilés.

Avilés, 11 de abril de 2014.

Por el Ayuntamiento de Avilés.

El Concejal Responsable de Recursos Humanos.

Fdo.: Graciano Raúl Marquínez Pascual.

Por UGT.

Por SIPLA.

Por USIPA.

Por CCOO.