Última revisión
Calendario. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE BERBINZANA. PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL de Navarra
Empresa Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2013
Calendario laboral 2013 para los empleados del Ayuntamiento de Berbinzana (Boletín Oficial de Navarra num. 252 de 28/12/2012)
El Ayuntamiento de Berbinzana reunido en sesión plenaria de fecha 22 de noviembre de 2012 acordó por unanimidad.
1.-Aprobar el calendario laboral de 2013 para los empleados del Ayuntamiento de Berbinzana, con base en el cómputo anual de 1.628 horas de cómputo anual y su traslación de igual manera a las diferentes jornadas existentes a saber: 1.493 horas para quienes estén a turnos de mañana, tarde y noche; 1.548 para los de jornada flexible; 1.571 para el turno fijo de noches; 1.590 para los de turno de mañanas y tardes con trabajo en domingos y festivos; y 1.605 horas para jornada partida con trabajo en domingos y festivos).
2.-Aprobar según dispone la Resolución 453/2012, de 30 de mayo, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2013 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra la relación de festivos y e incluir los festivos locales y por lo tanto, permanecerán cerradas las oficinas municipales los siguientes días:
-1 de enero: Año Nuevo.
-7 de enero: Lunes siguiente a la Epifanía del Señor.
-1 de marzo: Ángel de la Guarda, Copatrono de la Villa.
-28 de marzo: Jueves Santo.
-29 de marzo: Viernes Santo.
-1 de abril: Lunes de Pascua.
-1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
-15 de mayo: San Isidro Labrador.
-25 de julio: Santiago Apóstol.
-15 de agosto: Asunción de la Virgen.
-12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
-1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.
-3 de diciembre: San Francisco Javier.
-6 de diciembre: Día de la Constitución.
-25 de diciembre: Navidad.
2.-Las oficinas municipales permanecerán cerradas todos los sábados y domingos del año, así como los días declarados festivos antes relacionados y los relativos a fiestas de agosto, contemplados en el calendario laboral para 2013.
3.-La jornada diaria de trabajo, de lunes a viernes, tendrá con carácter general una duración de 7 horas y 30 minutos. Se trabajará de forma obligatoria de 8:00 a 15:00 horas y de carácter flexible de 7:30 a 15:30 horas; aunque no será ésta última de aplicación a aquellos empleados que, por necesidades del servicio, tengan establecido algún tipo de jornada especial, ni a los afectados por compensación horaria, ni a aquellos adscritos a centros que se rigen por su calendario específico.
En el caso que exista un régimen de distribución de jornada anual distinto al establecido con carácter general, por estar sujeto a convenio laboral y régimen de diferente de distribución de horarios, éstos se mantendrán sin perjuicio de que puedan ser modificados previa negociación con los trabajadores implicados.
4.-El horario de atención al público será de lunes a viernes de 10:30 a 13:30 horas.
5.-Se establecen las siguientes reducciones de jornada:
a) 14 de agosto: Fiestas de la Virgen de la Asunción, dos horas al final de la jornada.
b) 24 de diciembre: Una hora al final de la jornada.
c) 31 de diciembre: Una hora a final de jornada
Para llegar al cómputo de 1592 horas se trabajarán determinados días, fuera de atención al público, en jornadas de tarde.
6.-Cuando el personal municipal sea requerido por la Alcaldía, por necesidades del servicio, para la realización de trabajos fuera del horario establecido o en días considerados festivos o no laborables en el calendario, tales trabajos se compensarán en horario, siendo la excepción el pago de haberes extraordinarios.
7.-Ordenar su publicación a los efectos legales oportunos.
Berbinzana, 30 de noviembre de 2012.-El Alcalde, Francisco Javier Terés Ibañez.
Código del anuncio: L1216798