Convenio Colectivo de Emp... Castellón

Última revisión
11/08/2016

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE BURRIANA. PERSONAL LABORAL Y FUNCIONARIO de Castellón

Empresa Provincial. Versión Validez desde 11 de Agosto de 2016 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 58-58)

MEJORA EN LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE LAS PERSONAS EMPLEADAS PUBLICAS DEL AYUNTAMIENTO DE BURRIANA (GRATIFICACIONES ARENAL SOUND 2016). (Boletín Oficial de Castellón num. 97 de 11/08/2016)

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de julio de 2016 aprobó, por mayoría de sus miembros presentes, acuerdo del siguiente tenor literal:

8.BIS.2.- MEJORA, EN SU CASO, DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE LAS PERSONAS EMPLEADAS PÚBLICAS DEL AYUNTA- MIENTO DE BORRIANA, RELATIVA AL PRECIO DE LAS GRATIFICACIONES REALIZADAS DURANTE LA CELEBRACIÓN DE LA EDICIÓN DEL FESTIVAL ARENAL SOUND 2016

Por la Secretaria se da cuenta del dictamen de la Comisión Informativa Comisión Informativa de Interior, Recursos Humanos y Bien- estar Social, del siguiente tenor:

'Vista la propuesta del Concejal delegado de Interior, Personal y Seguridad de 21 de julio de 2016, que contiene el incremento en la cuantía de las retribuciones por realización de servicios extraordinarios durante la celebración de la séptima edición del festival Arenal Sound 2016, en el siguiente sentido:

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 24 de julio de 2013, aprobó el Acuerdo sobre las normas reguladoras de las condi- ciones de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Burriana, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de 29 de agosto de 2013.

Dicho texto, en su artículo 28, regula las gratificaciones por servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada laboral, estable- ciendo que la Corporación propondrá las medidas óptimas para evitar su realización, y fijan la cuantía de su retribución en 17,00 euros por hora diurna y 21,00 euros por hora nocturna y festiva, cuantías que deben incrementarse un 1% de conformidad con la ley de presu- puestos generales del estado para 2016.

Ahora bien, de conformidad con lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 28.3, para todos los servicios, se retribuirán como horas extraordinarias festivas las correspondientes a los servicios realizados en la semana de celebración del Festival ARENAL SOUND, desde su comienzo hasta su finalización.

Y es que, a la vista de la Resolución, de fecha 21 de julio de 2016, efectuada por parte de la Dirección territorial de la Conselleria de Justícia, Reformes democràtiques i llibertats públiques, por la que se concede a IMUSIC FESTIVAL SL la autorización para la realización del Arenal Sound 2016 en los municipios de Burriana, Nules y Vila-real, para las fechas comprendidas entre los días 2 al 8 de agosto de 2016, y dado que dicha celebración, como se ha reiterado en las 6 primeras ediciones del festival, genera la realización de servicios extraordinarios en jornadas de trabajo muy exigentes y rigurosas por parte del personal empleado público municipal, perteneciente en su mayoría al cuerpo de la policía local y al personal adscrito a la vía pública,

Dado que al citado evento viene asistiendo una cantidad de público que casi duplica la población residente en Burriana, Visto que, durante la semana de duración del festival, a la actividad ordinaria y demanda de servicios policiales que generan los y las vecinas y residentes en Burriana, siendo éste un municipio costero, se le suma el dispositivo que debe establecerse para dar res- puesta a las incidencias que surgen con ocasión del festival, además del establecimiento del operativo de tráfico específico para atender las necesidades de movilidad durante los días que dura el mismo, produciéndose un incremento significativo del número de intervencio- nes policiales y de los empleados adscritos a la vía pública, en comparación a cualquier otra fecha diferente a aquellas en las que se celebra el festival,

De conformidad con la disposición final tercera del Acuerdo sobre las normas reguladoras de las condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Burriana en la que se establece que:

Las condiciones pactadas en el presente Acuerdo son mínimas, por lo que la Corporación procurará establecer cuantas mejoras se estipulen para que los empleados obtengan un mayor rendimiento y sientan una mayor vinculación con la misma.

Visto que de la citada propuesta, se ha dado cuenta en la Mesa General de Negociación, celebrada en fecha 26 de julio de 2016, De conformidad con el informe de la Sección Primera de fecha 26 de julio de 2016. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Interior, Recursos Humanos y Bienestar Social, el Ayuntamiento Pleno, Acuerda:

Primero. La mejora en las condiciones de trabajo de las personas empleadas públicas del Ayuntamiento de Burriana, relativa al pre- cio de las gratificaciones del personal que preste sus servicios fuera de su jornada normal de trabajo durante la celebración de la séptima edición del festival Arenal Sound 2016, para los cometidos que deriven del mismo, desde su comienzo hasta su finalización, incremen- tado su cuantía actual de 21¬/hora a un importe de 24 euros la hora extraordinaria realizada.

Segundo.- Dar traslado de la presente resolución a la Junta de Personal y al Negociado de RRHH, a los efectos oportunos. Tercero.- Ordenar la publicación de esta resolución en el tablón de Personal y en el portal del empleado público de este Ayunta- miento, a los efectos del conocimiento de todos ellos.

Cuarto.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo con sede en la ciudad de Castellón de la Plana, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdic- ción Contencioso Administrativa. Potestativamente, también se puede interponer recurso de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo que establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem- bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.'

Lo que se hace público para general conocimiento. En Burriana, a 3 de agosto de 2016 Documento firmado electrónicamente al margen.