Última revisión
19/09/2014
Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE CORDOBA. GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO (14001392011992) de Córdoba
Empresa Provincial. Versión Validez desde 01 de Enero de 2012 en adelante
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Resolucion de la Delegacion Territorial en Cordoba de la Consejeria de Economia, Innovacion, Ciencia y Empleo, por la que se registra y publica el acuerdo de modificacion del Convenio Colectivo de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Cordoba y sus trabajadores para los años 2012-2015 (Boletín Oficial de Córdoba num. 181 de 19/09/2014)
Convenio o Acuerdo: Convenio Colectivo entre la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba y sus trabajadores para los años 2012-2015.
Expediente: 14/01/0159/2014
Fecha: 02/09/2014
Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación
Destinatario: Ángel Rebollo Puig
Código: 14001392011992
Visto el Acuerdo de modificación del Convenio Colectivo de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, y de conformidad a lo establecido en el artículo 82,3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejeria de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
Acuerda
Primero.
Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.
Segundo.
Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba. El Delegado Territorial Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba, José Ignacio Expósito Prats.
D. Valeriano Lavela Pérez, Secretario General del Pleno y Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.
Certifico: Que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día veintiocho de marzo de dos mil catorce, en turno de Urgencias, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
Número 244/14. Gerencia de Urbanismo. Propuesta del Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo, sobre Revisión del Convenio Colectivo y Acuerdo Marco de aplicación al personal laboral y personal funcionario.
Examinado el expediente instruido al efecto, vistos los informes obrantes en el mismo, y de conformidad con la Propuesta dictaminada, con la abstención de los vocales de los Grupos Municipales IULV-CA, PSOE y UCOR y el voto favorable de los vocales del Grupo Municipal PP, por el Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo con fecha 26 de marzo de 2014, la Junta de Gobierno Local, para su ratificación y previa declaración de Urgencia, adoptó los siguientes acuerdos:
Primero.
Revisar y modificar el Convenio Colectivo, conforme a los términos que siguen en los siguientes puntos de este acuerdo, y a fin de cumplir los criterios de sostenibilidad y equilibrio financiero legalmente exigidos.
Segundo.
Revisar y modificar, conforme a los términos que siguen en los siguientes puntos de este acuerdo y a fin de cumplir los criterios de sostenibilidad y equilibrio financiero legalmente exigidos, el actual Acuerdo Marco aprobado en Mesa General de Negociación de 20 de diciembre 2012 y aprobado por el Consejo Rector el día 26 de diciembre de 2012, que regula las condiciones del personal funcionario al servicio de Gerencia Municipal de Urbanismo, así como los pactos y acuerdos anteriores que estuvieran vigentes en materia de retribución y estructura retributiva u homologación retributiva del personal funcionario con personal laboral.
Tercero.
Supresión definitiva, a partir del 1 de febrero del año 2014 y en adelante de las pagas extraordinarias de abril y de octubre contempladas en el artículo 24.2.c) del Convenio Colectivo de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
Cuarto.
Percepción por el personal laboral de las retribuciones en 15 pagas (12 mensualidades más una paga extraordinaria en junio, otra paga extraordinaria en diciembre de cada año y una paga en abril, que incluye, una mensualidad completa del salario base y la mitad de la antigüedad).
Quinto.
Modificar las retribuciones de las tablas salariales del Convenio Colectivo del personal laboral de Gerencia Municipal de Urbanismo y del Acuerdo Marco del personal funcionario de Gerencia Municipal de Urbanismo, equiparándolas a partir del 1 de febrero de 2014 y durante todo el período de vigencia del Convenio Colectivo y Acuerdo Marco a las tablas salariales del Ayuntamiento de Córdoba, conforme a las Tablas Retributivas confeccionadas y que se incorporan al presente acuerdo como parte integrante del mismo.
Sexto.
Percepción de los conceptos retributivos ya devengados en el ejercicio 2013. Dichos conceptos serán abonados en el año 2014, preferentemente en el primer semestre, en función de la disponibilidad presupuestaria.
Séptimo.
Percepción por el personal funcionario del Complemento de Destino del puesto que actualmente ocupan hasta la aprobación de una nueva Relación de Puestos de Trabajo.
Y para que conste, surta sus efectos donde corresponda y a reserva de lo dispuesto en el artículo doscientos seis del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, expido la presente certificación de orden y el V.º B.º del Excmo. Sr. Alcalde-presidente. Firmado en Córdoba, a treinta y uno de marzo de dos mil catorce. Vº Bº El Alcalde-Presidente, firma ilegible.
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