Última revisión
11/09/2012
Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DEL PUERTO DE SANTA MARIA. PERSONAL FUNCIONARIO de Cádiz
Empresa Provincial. Versión Validez desde 11 de Septiembre de 2012 en adelante
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Modificacion del vigente Texto Regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario al servicio de este Excmo. Ayuntamiento (Boletín Oficial de Cádiz num. 174 de 11/09/2012)
DON FERNANDO JIMÉNEZ ROMERO, LICENCIADO EN DERECHO SECRETARIO GENERAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA
CERTIFICO: Que el Pleno del Excmo. Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el día veinte de julio de dos mil doce, en el Punto Quinto de su Orden del Día adoptó acuerdo que, transcrito literalmente dice:
"Fue dada cuenta de Dictamen emitido por la Comisión Informativa de Hacienda, Organización y Fomento, en sesión celebrada el ppdo. diecinuevede julio, cuyo texto es del tenor literal siguiente:
"Se dio lectura a proposición que transcrita dice:
"Al Excmo. Ayuntamiento Pleno: LeocadiaBenavente Lara, Teniente de Alcalde Delegada del Areade Gobierno y Organización, propone a sus compañeros de Corporación la adopción del siguiente Acuerdo:
ANTECEDENTES:
La crisis que afecta a nuestro País, ha conllevado que todas las Administraciones Públicas aprueben obligatoriamente un Plan de Ajustes Económicos para el período comprendido entre los años 2012 a 2022. En concreto, el de este Excmo. Ayuntamiento fue aprobado en sesión Plenaria celebrada el pasado día 30 de Marzo, al punto 3º de su Acta. El indicado documento, establece las siguientes medidas:
1.- El apartado "medida de B2 Gastos/Medida nº 1 Reducción de Costes de Personal/Documento adicional nº 1.6/Descripción de la medida: Ayudas sociales al personal" se establecía el "compromiso de duplicar la periodicidad en el derecho a la prestación, por la que se conceden las ayudas sociales al personal. Conlleva una reducción del gasto con respecto al ejercicio de 2011 en un 25% y un 50% a partir del 2013".
2.- Del mismo modo, el apartado "medida de B2 Gastos/Medida nº 1 Reducción de Costes de Personal/Documento adicional nº 1.9/Descripción de la medida: Reducción Becas" establecía "a partir de 2013, reduce en un 50% las ayudas concedidas en concepto de Becas de Empleados e Hijos".
3.- Igualmente, el apartado ""medida de B2 Gastos/Medida nº 1 Reducción de Costes de Personal/Documento adicional nº 1.11/Descripción de la medida: Reducción productividad Mundial de Motociclismo y Feria de Primavera, establecía "La reducción supone un 25% de las obligaciones reconocidas en 2011 a partir del ejercicio de 2013"
El "soporte jurídico previsto" para las tres medidas anteriormente descritas, consistía en "Acuerdo de Pleno de aprobación de presupuesto y modificación de Pleno del Acuerdo de Regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario y convenio del personal laboral".
Lo anterior, acredita suficientemente la existencia de las circunstancias a que se refiere el artículo 38.10 de la Ley 7/2007 de 13 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, relativa a las excepcionalidad en el cumplimiento de los Pactos y Acuerdos.
Por ello, se comunicó a los Órganos de representación de personal funcionario, mediante escrito de fecha 13 de Junio de 2012, el propósito de someter a la aprobación del Excmo. Ayuntamiento Pleno la adopción de un Acuerdo que modifique el contenido de los artículos 22, 35, 39 del vigente Texto Regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario.
PROPUESTA DE ACUERDO:
Por todo lo anteriormente expuesto, se propone la modificación del vigente Texto Regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario al servicio de este Excmo. Ayuntamiento, conforme a lo siguiente:
A)
La periodicidad de las Ayudas Sociales previstas en el artículo 39 pasará de uno a dos años.
B)
Reducir en un 50% todas las cuantías económicas previstas en el artículo 35 "Becas", tanto la referida al tope global como las asignadas en función del nivel de estudios.
C)
Reducir en un 25% todas las cuantías previstas por los distintos conceptos en el artículo 22 (Complemento Específico), apartado F-1 "Complemento Mayor dedicación/disponibilidad para la Policía Local, Guardería Forestal y otros colectivos, en la Feria de Primavera/Mundial de Motociclismo.
No obstante el Excmo. Ayuntamiento Pleno con mejor criterio, resolverá.
El Puerto de Santa María, a 16 de julio de 2012.
- Rubricado.- Fdo.: LeocadiaBenavente Lara".
La Comisión, con el voto favorable de la representante del Grupo Popular y la abstención adoptada por los del Grupo Socialista y Grupo de Independientes Portuenses, dictamina favorablemente la proposición formulada"".
Se anuncia el acto de la votación y, una vez realizada arroja el siguiente resultado: Trece votos a favor, emitidos diez por los representantes del Grupo Popular y tres por los del Grupo Andalucista; Siete votos en contra adoptados, dos por los miembros del Grupo de Izquierda Unida-LV-CA, dos por los del Grupo de Independientes Portuenses y tres por los representantes del Grupo Socialista.
En consecuencia, el Pleno del Excmo. Ayuntamiento, por la mayoría absoluta de los veinticinco señores que, tanto de hecho como de derecho componen la Excma. Corporación Municipal, haciendo suyo el transcrito Dictamen ACUERDA prestarle aprobación en todos sus términos""".
Y, para que así conste y surta sus oportunos efectos en el expediente de su razón expido el presente del orden la Iltma. Sra. Alcaldesa accidental, que lo visa en la ciudad de El Puerto de Santa de María, a veinte de julio de dos mil doce.
VºBºLA ALCALDESA ACCDTAL, Firmas.
Nº 56.025
