Última revisión
09/01/2020
Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE FUENTE DE CANTOS (06001382012005) de Badajoz
Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2020 en adelante
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Aprobacion del plan de flexibilizacion horaria para los empleados y empleadas publicas del Ayuntamiento de Fuente de Cantos. (Boletín Oficial de Badajoz num. 246 de 27/12/2019)
El Pleno del Ayuntamiento de Fuente de Cantos, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de diciembre del corriente, aprobó el plan de flexibilización horaria para los empleados y empleadas públicas de esta entidad, con el siguiente tenor literal:
Jornadas y horario de trabajo.
Jornada y horario general.
La jornada ordinaria de trabajo para el personal sujeto al ámbito de aplicación de este acuerdo es de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
Para todos los servicios del Ayuntamiento, sin perjuicio de los horarios especiales que puedan implantarse, se establece con carácter general un presencia minima efectiva de 35 horas semanales.
Computado el tiempo efectivo de trabajo realizado por los empleados públicos en el mes anterior, si se detectaran 'débitos' de horas hasta llegar a las 37,5 horas semanales, se procede a habilitar la siguiente fórmula para su recuperación:
-Asistiendo a cursos de formación en plataformas on-line de cualquier Administración Publica, debiendo ser acreditada su realización.
Control horario y sistemas de recuperación
1.- Las empleadas y los empleados públicos con jornada completa dispondrán diariamente de un tiempo máximo que no podrá exceder de 30 minutos, para efectuar los controles de entrada y salida correspondiente y los registros con medios de control horario implantados en los distintos centros de trabajo. Los empleados con jornada reducida dispondrán del tiempo proporcional en función de la jornada autorizada.
Previa negociación con las organizaciones sindicales legitimadas para negociar las condiciones de trabajo de las empleadas y empleados públicos, se establecerán una normas comunes tendentes a unificar la distribución del tiempo referido en el párrafo anterior, teniendo en cuenta las características específicas de los diferentes centros de trabajo, sus horarios de cierre y apertura y los servicios a prestar (con carácter general un máximo de 15 minutos al inicio y al final de la jornada).
2.- De forma paralela se implantará una plataforma de formación on-line, para que las empleadas y empleados públicos, incluidos en el ámbito de aplicación del presente acuerdo, completen la parte de la jornada no realizada hasta las treinta y siete horas y media mediante la acreditación de realización de las actividades e itinerarios formativos propuestos.
Se establecerán, una vez finalizada la implantación tecnológica, previa negociación, las instrucciones precisas para la correcta realización de las actividades formativas e informativas propuestas y la valoración y consecuencias de su realización, o no.
3.- En cada centro de trabajo previa negociación con los trabajadores se adecuaran los turnos según las necesidades del servicio.
El presente acuerdo tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2020.
Lo cual se expone para el general y público conocimiento, en Fuente de Cantos a 20 de diciembre de 2019. - La Alcaldesa, Carmen Pagador López.
