Última revisión
09/01/2020
Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE LANGREO. PERSONAL LABORAL Y FUNCIONARIO de Asturias
Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 29 de Octubre de 2019 en adelante
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Anuncio. Decreto sobre el computo y la consolidacion de los trienios devengados y consolidados por los empleados municipales con contrato a tiempo parcial. [Cod. 2019-13551] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 5 de 09/01/2020)
Preambulo
Tras el proceso de negociación llevado a cabo en varias reuniones celebradas con los Delegados Sindicales, miembros de la Junta de Personal y Comité de Empresa y Asesores de los sindicatos representativos del personal al servicio del Ayuntamiento de Langreo, UGT, CCOO, CSIF, SIPLA-CSL y USIPA, reunidos en el seno de la Mesa General de Funcionarios, Mesa de Negociación de Personal Laboral y Mesa General de Negociación de los Empleados al servicio del Ayuntamiento de Langreo, al tomar conciencia de que debido al gran aumento de la contratación a tiempo parcial del personal al servicio del Ayuntamiento de Langreo, centrado fundamentalmente en el personal de las Escuelas Infantiles y a la mayor antigüedad que va devengando éste personal, ha devenido ineficiente, poco fiable y falto de transparencia, el sistema de devengo y cálculo de la antigüedad en los contratos a jornada parcial con porcentajes variables del 50%, 45%, 63%, etc., con respecto a la jornada ordinaria, dado que el sistema actual exige una acumulación y cálculo de los períodos de antigüedad en función del tipo de jornada que vincule al empleado con en el Ayuntamiento en un momento determinado, lo que complica mucho el cálculo cada vez que se produce un cambio de contrato de jornada parcial a completa o viceversa.
La complejidad del actual sistema obliga a la realización de los cálculos de los períodos temporales acumulados de forma manual con el consiguiente riesgo de errores, y la deficiente información que ello proporciona a la persona empleada como interesada, debido a la necesidad de calcular la proporcionalidad de todos los períodos trabajados por el empleado acorde a la jornada laboral actual, provocando que las fechas de cálculo no tengan correlación alguna con las reales de prestación de los servicios prestados o reconocidos.
Así, se hace preciso ampliar y aclarar la regulación que se establece en el Acuerdo Regulador de Funcionarios y en el Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio del Ayuntamiento de Langreo, con la finalidad prevista en la negociación llevada a cabo.
En consecuencia, a medio del presente Acuerdo y Pacto Colectivo vinculante a la totalidad, se trata de plasmar por escrito los aspectos principales de los pactos alcanzados, modificando el Acuerdo y Convenio Colectivo de los empleados al servicio del Ayuntamiento de Langreo, de acuerdo a las siguientes,
Cláusulas
Primera.-Objeto del presente Acuerdo.-Se trata de aclarar que el cálculo de los trienios de los empleados al servicio del Ayuntamiento de Langreo, sobre todo en los casos de contratos a tiempo parcial, debe realizarse de forma adecuada y adaptada a las últimas indicaciones de la Jurisprudencia de los Tribunales al respecto, a cuyo efecto resulta preciso modificar el programa informático de gestión de la nómina implantando el sistema de consolidación de trienios y calculando los mismos con un precio proporcional al porcentaje promedio de jornada que realice cada empleado en los tres años inmediatos anteriores a su devengo.
Segunda.-A los efectos anteriores se aplicará la jurisprudencia de los Tribunales resultante de aplicar la normativa legal en vigor, Ley 70/1.978 de 26 de diciembre, y R.D. 1.461/1.982, que la desarrolla, adaptada al cómputo y devengo de retribuciones establecidas para los contratos a tiempo parcial.
Tercera.-Modificación del Acuerdo Regulador de los Funcionarios al servicio del Ayuntamiento de Langreo, para los años 2012-2015, publicado en el BOPA de fecha 17 de febrero de 2016:
Desde la entrada en vigor del presente Acuerdo queda modificado el contenido del Acuerdo Regulador de los Funcionarios del Ayuntamiento de Langreo para los años 2012-2015, conforme a lo siguiente:
Artículo 14: Retribuciones básicas y complementarias: Básicas,….Trienios: Añadir al final del segundo párrafo del apartado 'Trienios' lo siguiente:
'El cómputo y cálculo de los trienios devengados o reconocidos por los funcionarios del Ayuntamiento de Langreo se realizará siguiendo los siguientes criterios:
1.º.-Los funcionarios percibirán las retribuciones correspondientes al período de servicios acreditado en función del porcentaje de la jornada de trabajo efectivamente realizada, y en base a ello, las cuantías económicas que retribuyen la antigüedad se abonarán para cada trienio en función de la jornada promedio que el funcionario haya realizado en los tres años anteriores.
2.º.-El reconocimiento de trienios debe efectuarse acorde a los años por los que presta sus servicios a tiempo parcial o total, dado que los mismos derechos asisten en cuanto al reconocimiento y cómputo de los mismos, si bien, sí existen distintos derechos en cuanto a la asignación de la cuantía económica que le corresponde percibir por cada trienio consolidado.
3.º.-Cuando en el período temporal de tres años inmediatos anteriores a la consolidación de un trienio, el funcionario hubiera prestado servicios en diferentes tipos de jornada a tiempo parcial o, a jornada parcial y jornada completa, se aplicará la proporcionalidad a la hora de establecer la cuantía económica del trienio correspondiente, estableciendo el porcentaje medio final en función a los períodos proporcionales de porcentajes de jornada laboral efectivamente realizados y, manteniendo éste criterio con posterioridad sin que proceda revisar, a ningún efecto, el sistema de cálculo una vez consolidado el trienio'.
Cuarta.-Modificación del Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio del Ayuntamiento de Langreo, para los años 2012-2015, publicado en el BOPA de fecha 18 de febrero de 2016:
Desde la entrada en vigor del presente Pacto Colectivo vinculante a la totalidad, queda modificado el contenido del Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio del Ayuntamiento de Langreo para los años 2012-2015, conforme a lo siguiente:
Artículo 14: Retribuciones básicas y complementarias: Básicas,….Trienios: Añadir al final del segundo párrafo del apartado 'trienios' lo siguiente:
'El cómputo y cálculo de los trienios devengados o reconocidos por el personal laboral del Ayuntamiento de Langreo se realizará siguiendo los siguientes criterios:
1.º.-Los laborales percibirán las retribuciones correspondientes al período de servicios acreditado en función del porcentaje de la jornada de trabajo efectivamente realizada, y en base a ello, las cuantías económicas que retribuyen la antigüedad se abonarán para cada trienio en función de la jornada promedio que el trabajador haya realizado en los tres años anteriores.
2.º.-El reconocimiento de trienios debe efectuarse acorde a los años por los que presta sus servicios a tiempo parcial o total, dado que los mismos derechos asisten en cuanto al reconocimiento y cómputo de los mismos, si bien, sí existen distintos derechos en cuanto a la asignación de la cuantía económica que le corresponde percibir por cada trienio consolidado.
3.º.-Cuando en el período temporal de tres años inmediatos anteriores a la consolidación de un trienio, el trabajador hubiera prestado servicios en diferentes tipos de jornada a tiempo parcial o, a jornada parcial y jornada completa, se aplicará la proporcionalidad a la hora de establecer la cuantía económica del trienio correspondiente, estableciendo el porcentaje medio final en función a los períodos proporcionales de porcentajes de jornada laboral efectivamente realizados y, manteniendo éste criterio con posterioridad sin que proceda revisar, a ningún efecto, el sistema de cálculo una vez consolidado el trienio'.
Séptima.-Entrada en vigor del presente Acuerdo y Pacto Colectivo: El presente Acuerdo y Pacto Colectivo, entrará en vigor en la fecha de su aprobación por el Pleno de la Corporación y firma del mismo, por las partes negociadoras sin perjuicio de la necesaria publicación del mismo en el BOPA.
DILIGENCIA DE FIRMA
El presente Acuerdo Regulador y Pacto Colectivo vinculante a la totalidad, por el que se establecen las condiciones del cómputo y consolidación de trienios devengados por los empleados municipales a tiempo parcial, ha sido negociado en el ámbito de la Mesa General de Funcionarios, Mesa de Negociación del Personal Laboral y Mesa General de Negociación de los Empleados al Servicio del Ayuntamiento de Langreo, en sesiones celebradas el día 29 de octubre de 2019, siendo acordados sus términos con el voto favorable de la totalidad de los representantes sindicales y la mayoría absoluta de los Concejales que forman parte de la Mesa General de Negociación de los Empleados y de la Comisión Informativa de Régimen Interior y Personal del Ayuntamiento de Langreo y, en consecuencia, las partes negociadoras se reconocen mutuamente como interlocutores válidos para firmar el presente Acuerdo Regulador y Pacto Colectivo con vinculación a la totalidad de los trabajadores, por medio de las personas indicadas a continuación que, en prueba de conformidad con lo establecido en el mismo, firman el presente documento que consta de siete páginas escritas por las dos caras en Langreo, a 15 de noviembre de 2019; habiendo sido acordado el contenido del mismo por mayoría absoluta en sesión del Pleno del Ayuntamiento de Langreo celebrada el 31 de octubre de 2019.
COMPONENTES DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE LANGREO
Presidente.
D. Luis Javier Castro Fanjul.
Vocales.
1.-En representación de la Corporación:
Por el PSOE:
D.ª Patricia Fernández Sanguino
D. José Francisco Torre Álvarez
D.ª Sara Blanca Fernández Braña
Por Unidas por Llangreu:
D.ª Sheila María Suárez Suárez (suplente)
D. Elías López Valles
D. Antonio Giganto Pérez
Por el PP:
D.ª María Antonia García Martínez (suplente)
Por Ciudadanos:
D.ª Andrea Álvarez Izaguirre (suplente)
2.-Representación de los empleados (funcionarios y laborales):
Por el sindicato UGT:
D. Juan Luís Gómez Ramos
D. David González Michelena
D. Omar Nogueira Del Campo
D. Alejandro Torre González
D. Jesús González Iglesias
Por el sindicato CSIF:
D. Santos Juan Pastor
D.ª Sara María Gutiérrez García
Por el sindicato CC.OO:
D. Víctor Manuel Rodríguez Serrano
D. Alberto Rodríguez Martín (sustituto)
Todas las hojas del texto se marginan con las firmas del Sr. Presidente de la Mesa General de Negociación, D. Luís Javier Castro Fanjul y del representante sindical propuesto por parte social de la Mesa General de Negociación D. David González Michelena, cumplimentándose a continuación las firmas de la totalidad de los representantes sindicales y de la mayoría absoluta de los Concejales componentes de la Mesa General de Negociación de los Empleados al Servicio del Ayuntamiento de Langreo, que a continuación se indican, de todo lo cual, yo, como Secretario de la misma, doy fe.
Por la Corporación
Fdo. Luís Javier Castro Fanjul Fdo. Patricia Fernández Sanguino
Fdo. José Francisco Torre Álvarez Fdo. Sara Blanca Fernández Braña
Fdo. Sheila María Suárez Suárez Fdo. Elías López Valles
Fdo. Antonio Giganto Pérez Fdo. María Antonia García Martínez
Fdo. Andrea Álvarez Izaguirre
Por los sindicatos
Fdo. David González Michelena Fdo. Juan Luís Gómez Ramos
Fdo. Omar Nogueira del Campo Fdo. Alejandro Torre Álvarez
Fdo. Jesús González Iglesias Fdo. Santos Juan Pastor
Fdo. Sara María Gutiérrez García Fdo. Víctor Manuel Rodríguez Serrano
Fdo. Alberto Rodríguez Martín
Doy fe,
El Secretario de la Mesa General de Negociación,
Fdo. Antonio López Álvarez
El presente acuerdo fue aprobado en Pleno Municipal de fecha 31 de octubre de 2019.
Langreo, 31 de octubre de 2019.-El Concejal Delegado de Personal.-Cód. 2019-13551.
