Convenio Colectivo de Emp... de Málaga

Última revisión
01/08/2019

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE MALAGA. EMPLEADOS/AS MUNICIPALES de Málaga

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2018 en adelante

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Documento oficial en PDF(Páginas 48-52)

Aprobacion de la prorroga del acuerdo de funcionarios y personal laboral del Ayuntamiento de Malaga. (Boletín Oficial de Málaga num. 147 de 01/08/2019)

ADMINISTRACIÓN LOCAL

MÁLAGA

Junta de Gobierno Local

Servicio de Coordinación Jurídico-Administrativa

Sección de Junta de Gobierno y Órganos Ejecutivos.

Doña Elisa Pérez de Siles Calvo, Concejala Secretaria de la Junta de Gobierno Local del excelentísimo Ayuntamiento de Málaga,

Certifica: Que en la sesión ordinaria celebrada por la ilustrísima Junta de Gobierno Local el día 24 de mayo de 2019, se adoptó acuerdo del siguiente tenor literal:

PUNTO NÚMERO 7. PROPUESTA DE APROBACIÓN DE LA PRÓRROGA DEL ACUERDO DE FUNCIONARIOS, DEL CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL Y DE LA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA

La Junta de Gobierno Local conoció la propuesta del Teniente de Alcalde Delegado de Recursos Humanos y Calidad, de fecha 21 de mayo de 2019, cuyo texto a la letra es el siguiente:

Visto el informe que suscriben las jefaturas de los Servicios de Personal y Organización, con el visto bueno de la Dirección General de Recursos Humanos, Calidad y Seguridad, así como informe de la Intervención General Municipal, para la aprobación de las propuestas de acuerdo de prórroga del acuerdo de funcionarios y del convenio colectivo para el personal laboral del Ayuntamiento de Málaga presentadas y firmadas, de un lado, por la mayoría sindical de la mesa de negociación del personal funcionario y, de otro, por el Presidente del Comité de Empresa, propongo a la ilustrísima Junta de Gobierno Local la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar la propuesta de prórroga del acuerdo de funcionarios de fecha 13 de mayo de 2019, suscrita por la mayoría sindical de la mesa de negociación del personal funcionario.

Segundo. Aprobar la propuesta de prórroga del convenio colectivo para el personal laboral de fecha 15 de mayo de 2019, suscrita por la representación social de la mesa de negociación de un nuevo convenio colectivo para el personal laboral.

Tercero. Modificar la relación de puestos de trabajo en aplicación de las propuestas señaladas en los puntos anteriores .

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros asistentes, dio su aprobación a la propuesta que antecede, y, consecuentemente, adoptó los acuerdos en la misma propuestos. A continuación se transcribe el texto del acuerdo de funcionarios objeto de aprobación:

PROPUESTA DE ACUERDO DE FUNCIONARIOS POR LA MAYORíA SINDICAL DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA

1. Procesos de estabilización y consolidación de empleo temporal , de acuerdo a la posibi lidad establecida en las leyes generales de presupuesto, previa negociación con los representantes sindicales. Con las adaptaciones necesarias, se aplicarán en estos procesos las bases generales aprobadas en el Instituto Municipal de la Vivienda.

Las bases serán pactadas con los sindicatos, estableciendo una agenda de convocatorias. Se incorporará cualquier mejora futura que sobre este asunto se establezca a nivel estatal o autonómico.

(Comienzo antes del 31 de diciembre de 2019).

2. Nueva regulación de la bolsa de trabajo que contemple la forma de inclusión de los interinos que no obtengan plaza en los procesos selectivos. Revisión de la regulación actual. Su regulación será pactada con los sindicatos.

3. Dar máxima prioridad a los procesos de promoción interna comprometidos en acuer dos anteriores y que en la actualidad no se han ejecutado. Asimismo, se abordarán nuevas promociones internas para los grupos C2, C1 y A2.

4. Nuevos procesos de promoción interna que posibiliten el acceso al grupo C2 de los empleados que actualmente se encuentran en agrupación profesional, antigua grupo E.

(Antes de 31 de diciembre de 2020).

5. Incremento en los niveles de destino de los siguientes colectivos (vía modificación RPT): - Agrupación profesional: del 13 al 14

- Oficiales de oficio: del 15 al 16

- Policía Local: del 17 al 18

- Oficial de Policía Local: del 19 al 20

- Monitor Tiempo Libre y Monitor: del 15 al 16

(A partir de la aprobación de la modificación de la RPT).

6. Interinos en puestos singularizados, incluir disposición transitoria en el acuerdo que regule esta situación, siempre que se den las siguientes circunstancias

- Solo en supuestos de puestos vacantes o ausencia del titular que no pudiera desempeñarse por un funcionario de carrera.

- Sería una situación provisional, en tanto se cubre la vacante.

- En caso de contratación: Las diferencias retributivas existentes entre un puesto base y un puesto singularizado que sea desempeñado con carácter provisional por personal interino, y solo mientras se cubre la vacante por los sistemas de provisión previstos en la relación de puestos de trabajo, se compensarán mediante una productividad .

(A partir de la firma del acuerdo de prórroga).

7. Programa de productividad para grandes eventos - Además de la Semana Santa y Feria, incluir en este programa de productividad los siguientes eventos: Plan de Navidad-Cabalgata, Noche de San Juan, Vuelta ciclista a España y a Andalucía, Maratón, Media-maratón y Halloween.

- La compensación en tiempo que genera la participación en este programa de productividad, en los casos de disponibilidad voluntaria al evento correspondiente, se podrá canjear por jornadas completas (8 horas/jornada) de forma voluntaria. El canje sería de 90 € /jornada. El resto sobrante, si se da el caso, se acumularía con otros periodos de tiempo para ser disfrutados como descanso.

(A partir de la firma del acuerdo de prórroga, excepto cabalgata de 2019 que también está incluida). Dicho programa tendrá continuidad hasta la firma de un nuevo acuerdo.

8. Módulo de C. Específico por jornada de trabajo en sábado, domingo o festivo

- Entre 3 y 8,3 horas.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 100 €

- De 24,3 horas.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 263 €

(A partir del 1 de enero de 2018).

9. Reducción de jornadas de trabajo del calendario anual de bomberos : Según se vayan produciendo las ofertas de empleo público y se garanticen los mínimos operativos, el Ayuntamiento irá efectuando una reducción de jornada en el Real Cuerpo de Bomberos acorde con la seguridad, incluyendo, si cabe, una reducción de los mínimos operativos propuesta por la representación sindical y avalada por los responsables del servicio.

10. Reclasificación de bomberos, se realizará según las siguientes bases - El procedimiento de promoción interna se llevará a cabo, como máximo, en el plazo de 3 años.

- Afectaría a las categorías de Bombero/Bombero-Conductor y Cabo, que aspirarían a la categoría de Bombero Especialista y Cabo Especialista, respectivamente.

- Los que no superen el proceso de promoción interna, permanecerán en la categoría de origen en las mismas condiciones que antes de dicho proceso, sin menoscabo de que puedan participar en futuros procesos de promoción interna.

- En las nuevas ofertas de empleo público, cuando se convoquen plazas de Bombero y Cabo Bombero, serán para las categorías de Bombero Especialista y Cabo Especialista.

- Las plazas de origen, en caso de conseguir la promoción, serán amortizadas de la plantilla municipal.

11. Horas extraordinarias realizadas en sábado , tendrían la misma consideración a efec tos retributivos que las realizadas en festivos y domingos. Por tanto, las horas extras realizadas desde las 00:00 hasta las 6:00 de los sábados, tendrán consideración horas nocturnas/festivas.

(A partir de la firma del acuerdo de prórroga).

12. Programa por refuerzo de guardia. Este programa de productividad tiene por objetivo tratar de paliar las necesidades de personal, originadas en gran medida por el proceso de jubilación anticipada, en unas jornadas donde se dispone de un tercio de la plantilla disponible y en las que, de forma bastante frecuente, se deben prestar servicios a eventos de todo tipo. Por esta razón, para aquellas unidades de la Policía Local que presten servicio los sábados y domingos, se podrá aplicar, estando sujeto a las siguientes bases:

- Podrán participar en el programa todas las escalas.

- La participación en el programa será por guardias completas y de forma voluntaria, previa solicitud de los interesados con la antelación que se marque a través de la correspondiente instrucción de servicio. Los agentes realizarán todas las guardias ordinarias que le correspondan con el sistema de refuerzos de 12 horas, conforme a la solicitud previa. - La Jefatura de Policía dispondrá de este programa en base a la necesidad de la distribución de efectivos disponibles en fines de semana.

- Los participantes en este programa estarán sujetos durante el fin de semana a dos turnos de trabajo de 12 horas: Primer turno, de 7:00 horas de la mañana a 19:00 horas de la tarde; segundo turno, de 19:00 horas de la tarde a 7:00 horas de la mañana del día siguiente.

- Por el exceso de jornada realizado, de 4 horas cada jornada de guardia, se abonará la cantidad de 50 euros y se generarán 4 horas de descanso; en consecuencia, por la guardia realizada en esta modalidad de horario, se abonarán 100 euros adicionales y se acumulará una jornada de descanso que será disfrutada a solicitud del interesado atendiendo a la disponibilidad el servicio. - Este programa tiene carácter transitorio, dejando de ser aplicable en cuanto se consigan restablecer los efectivos de la plantilla.

(A partir de la firma del acuerdo de prórroga).

13. El plus por el ejercicio de funciones superiores ü En la plantilla de la Policía Local: se aplicará cuando existan necesidades objetivas, sobrevenidas y excepcionales, en los siguientes casos:

- Por la asignación de funciones de jefe de turno en grupos o en subgrupos.

- Por la asignación de funciones de jefe de turno/instructor de diligencias a policías en el Grupo de Investigación de Accidentes y Atestados ( GIA ), en el Grupo de Protección de la Naturaleza ( GRUPRONA ), en el Grupo de Investigación y Protección ( GIP ) y SATE. - Cuando el nombramiento o asignación conste en el servicio. En los casos de circunstancia sobrevenida, cuando el nombramiento o asignación la realice un superior jerárquico competente.

- Por jornadas de trabajo efectivo.

La cantidad a abonar será la resultante de las diferencias retributivas existentes entre el total de retribuciones fijas, que hasta 30 de junio de 2019 (a partir del 1 de julio de 2019 se incrementaría con la aplicación del porcentaje correspondiente, en base a lo dispuesto en el RD 24/2018) sería:

- Policía asignado jefe de turno.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. 4,83 € /jornada.

- Policía jefe turno/instructor.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. 9,66 € /jornada.

- Oficial como jefe de turno en funciones de subinspección.. .. .. 20,27 € /jornada.

A la finalización de la vigencia del presente acuerdo de prórroga, se verificará que la aplicación de este plus se haya realizado conforme a lo regulado.

ü En la plantilla del Real Cuerpo de Bomberos se efectuarán habilitaciones mientras se mantenga el déficit de mandos, que será corregido por promoción interna, de carácter continuo y voluntario por orden de antigüedad, garantizándose todos los emolumentos de la categoría habilitada.

(A partir de la firma del acuerdo de prórroga).

14. Paga de productividad por calidad y absentismo, se plantea realizar las siguientes modificaciones

- Readaptar el sistema de deducciones por absentismo, con objeto de que tenga una real incidencia en los intentos de reducir el absentismo laboral.

- El valor sería:

ü Para 2019, marzo.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 605 € . ü Para 2019, octubre.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. 800 € . ü Para 2020, marzo + octubre.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 900 € (cada una). - El incremento se justifica por la inclusión de nuevos parámetros, como productividad añadida, basados en criterios de servicio público, encuestas ciudadanas, nivel de satisfacción de los ciudadanos, atención al público, resolución de quejas y sugerencias, cuadros de mando, etc.

- Las citadas pagas se mantendrán hasta la firma de un nuevo acuerdo.

15. Noches de 24 y 31 de diciembre y 5 de enero, para los empleados municipales que trabajen estas noches, incluir el abono 36,78 € por el concepto de módulo de complemento por nocturnidad.

(A partir de la firma del acuerdo de prórroga).

16. Asistencia a juicio tras turno de noche : Si las necesidades del servicio lo permiten, el agente que, tras estar de trabajo en el turno de noche, tenga que asistir a juicio en la mañana siguiente, podrá hacer uso de 2 horas de tolerancia horaria en el horario de salida del servicio.

(A partir de la firma del acuerdo de prórroga).

17. Turno de mañana del 25 de diciembre : Tendrá la misma consideración, a efectos de compensación en tiempo, que el turno de mañana del 1 de enero.

(A partir de la firma del acuerdo de prórroga).

18. Asuntos propios : De los días de asuntos propios anuales, tres se podrán disfrutar de forma fraccionada al 50% de la jornada, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.

(A partir de la firma del acuerdo de prórroga).

19. Creación de una comisión denominada Comisión Mixta de Negociación Permanen - te donde, a través de la negociación con la representación sindical, se llegue a acuerdos en cor - tos plazos de tiempo en aquellas cuestiones relacionadas con:

- Regulación de procesos de consolidación y estabilización de empleo.

- Regulación de bolsas de empleo generadas a partir de los próximos procesos de selección (turno libre, consolidación y estabilización de empleo, etc.).

- Reglamento de provisión de puestos de trabajo: traslados, permutas, etc. (en el plazo de un mes desde la firma del acuerdo se presentará borrador a la citada comisión mixta).

- Carrera profesional y evaluación del desempeño.

- Permisos especiales o prestaciones sociales de carácter extraordinario.

- Desarrollo de los concursos de la relación de puestos de trabajo.

- Condiciones de pago de la paga de productividad de calidad.

(A partir de la firma del acuerdo de prórroga).

20. Modificación del artículo 21.1 del Acuerdo de Funcionarios : Ampliar la edad a 18 años e incluir a ascendiente o descendiente de primer grado de parentesco en situación de dependencia de grado I, II o III, así como al cónyuge o persona mayor que requiera especial dedicación.

Se crea una bolsa de horas de libre disposición, acumulables entre sí, de 80 horas anuales, con carácter recuperable, para los supuestos contemplados en este artículo. Para la recuperación podrá hacerse uso del saldo acumulado de horario flexible.

(A partir de la firma del acuerdo de prórroga).

21. Formación : El Área de Personal, a través del Centro Municipal de Formación, inclui rá en la oferta formativa cursos de formación fuera del horario laboral con objeto de mejorar la formación del personal...

- Que ocupa plazas en situación de interinidad, así como de funcionarios de carrera que los soliciten, que puedan ser de utilidad ante procesos selectivos (sin compensación horaria).

- En general, relacionados con el desempeño del puesto de trabajo y haciendo especial incidencia en la prevención de riesgos laborales (con compensación horaria).

22. Oferta de empleo público - Turno libre: Convocando el máximo legal establecido (previa consulta a la representación sindical), cubriendo en Policía Local el déficit producido por las jubilaciones anticipadas, además con todas las vacantes producidas, con el único límite que pudiera establecer la LGP; en bibliotecas, para conseguir implantar 2 turnos (mañana y tarde) en todas las bibliotecas municipales, y en la Banda Municipal, hasta alcanzar su total cobertura.

- Promoción interna: Para todos los sectores municipales.

- Durante el presente acuerdo, el Ayuntamiento convocará todas las plazas vacantes de todas las categorías profesionales del Real Cuerpo de Bomberos, así como las que se vayan produciendo por bajas o jubilaciones, con el único límite máximo que el que pudieran establecer las leyes de presupuestos generales de cada ejercicio.

23. Provisión de puestos - Previo a cualquier toma de posesión de cada convocatoria, se ofertarán internamente a los empleados municipales, mediante concurso interno, las vacantes a cubrir.

- Los puestos base y de estructura que se deban cubrir serán convocados mediante el proceso de concurso de méritos. En ningún caso, ni siquiera en las permutas, será condición el visto bueno de las correspondientes direcciones y jefaturas, salvo que se establezca otro sistema de provisión en la RPT.

24. Aplicación inmediata y automática de las futuras mejoras estatales y autonómicas que afecten a los empleados públicos , si fuese posible su aplicación, tras la correspondiente negociación. 25. Vacaciones : Los días adicionales de vacaciones se podrán disfrutar desde el día siguiente del cumplimiento de los años de servicio.

26. Condiciones económicas - Por las especiales características de sus puestos de trabajo, se abonará a todos los trabajadores de los centros de servicios sociales que todavía no lo tengan reconocido el módulo de penosidad strictu sensu . - Los conceptos retributivos del personal proveniente de la Fundación Deportiva Municipal que sean inferiores en su cuantía que los vigentes en el Ayuntamiento de Málaga, serán equiparados para evitar diferencia de trato, siempre que las retribuciones brutas totales también sean inferiores.

27. Reglamento del Real Cuerpo de Bomberos : Con la intención de llegar al mayor entendimiento y consenso posibles, se retomarán las negociaciones tendentes a la aprobación de un reglamento. Se iniciarán los procedimientos técnicos presupuestarios oportunos para que los fondos de UNESPA se destinen a las inversiones del R-C-Bomberos de la forma y manera que estaban antes del Plan de Ajuste Municipal.

28. Portal interno : Incorporación de las secciones sindicales y de los trabajadores municipales liberados.

29. Protocolo de acoso : Revisar los términos hombre y mujer (por ejemplo, sustituyéndolos por el término persona ) para dar a entender que las situaciones de acoso se pueden producir contra cualquier persona por su identidad sexual, sea cual sea la misma.

30. Extrapolar las propuestas que sean de aplicación al convenio colectivo del personal laboral.

31. Ámbito temporal : La vigencia del acuerdo sería para los ejercicios 2018, 2019 y 2020 . Y para que conste y surta sus efectos donde proceda, expido la presente certificación de orden y con el visto bueno del señor Alcalde y sellada con el de esta Corporación, en Málaga, a 3 de julio de 2019.

V.º B.º: El Alcalde-Presidente, firmado: Francisco de la Torre Prados.

5077/2019