Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA. PERSONAL ...432011990) de Toledo
Convenios
Convenio Colectivo de Emp... de Toledo

Última revisión
04/07/2017

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA. PERSONAL LABORAL (45000432011990) de Toledo

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 27 de Septiembre de 2016 en adelante

Tiempo de lectura: 11 min

Tiempo de lectura: 11 min

Acuerdo de modificacion del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina (Boletín Oficial de Toledo num. 124 de 04/07/2017)

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO

Visto el texto del Acuerdo del Pleno de la Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina en sesión ordinaria de 27 de septiembre de 2016 sobre modificación del Convenio Colectivo del Personal Laboral, con número de convenio colectivo: 45000432011990, en su artículo 41, 39. Apartado 3, y nueva redacción del número 52.2 letra d) y e), suscrito de una parte, por un representante y de otra, por representantes sindicales de CCOO, UGT y ALFYL parte empresarial y social, respectivamente. Firmado el 27 de septiembre de 2016 y de conformidad con lo determinado en el artículo 90, apartado 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; artículo segundo del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; artículo 8 del Decreto 81/2015, de 14 de julio de 2015, ( DOCM del 16 de julio) por el que se establece la Estructura Orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y Decreto 99/2013, de 28 de noviembre de 2013 ( D.O.C.M. del 4 de diciembre), por el que se atribuyen competencias en materia de Cooperativas, Sociedades Laborales, Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales a los diferentes Órganos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo,

Esta Dirección Provincial de la Consejería de Economía Empresas y Empleo acuerda:

1°.- Ordenar su inscripción en el Libro Registro de Convenios Colectivos y proceder al depósito del texto original del mismo en la Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con notificación a las partes negociadoras.

2°.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Toledo.

Acuerdo de modificación del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Resultando que la Propuesta ha sido negociada con la representación de los trabajadores en reuniones de 24 de mayo y 27 de junio de 2016.

Resultando que el Proyecto de Modificación Parcial del Convenio Colectivo de Personal Laboral fue aprobado por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 22 de septiembre de 2016.

Dada lectura del Dictamen de la comisión de Régimen Interior que en sesión de fecha 26 de septiembre de 2016, por unanimidad, dictamina favorablemente la propuesta de acuerdo a adoptar, en sus propios términos.

Visto el Informe Jurídico y de Fiscalización de conformidad de la Intervención. En el turno de intervenciones se producen las siguientes: Del Sr. Concejal adscrito D. Juan Pedro Ayuso Cazorla:

Nosotros vamos a votar a favor porque ya va siendo hora de que esto se cumpla, ya ha pasado por Mesa de Negociación, así es que, manifestamos nuestro voto favorable.

Del Sr. Portavoz del Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía D. Jonatan Bermejo Corrochano:

Nos complace conocer que por fin se de solución a este problema que lleva demasiado tiempo en espera, agradecemos, en este caso al Equipo de Gobierno, mediante la Sra. Concejala de Personal, el trabajo realizado para dar solución a este tema, y simplemente pues anunciar el voto favorable desde el Grupo Ciudadanos.

De la Sra. Portavoz del Grupo Municipal Ganemos Talavera-CLM Dña. Sonsoles Arnao Carrera: Igual, anunciar nuestro voto favorable y alegrarnos de que por fin se materialice este compromiso, que llevamos esperando mucho tiempo, es un asunto debatido y tratado en Mesa General de Negociación y cuenta con el visto bueno de los representantes de los trabajadores, por tanto nuestro voto es favorable.

Del Sr. Portavoz del Grupo Municipal Socialista D. José Gutiérrez Muñoz: Tras años de promesa, por fin, por fin se va a pagar lo que les corresponde, sobre todo a los trabajadores que menos cobran en este Ayuntamiento. Nos congratulamos, vamos a votar a favor, como no puede ser de otra forma, y posiblemente no sea la causa ni el origen, pero si seguro que ha ayudado, Sra. Concejala de Personal, Sra. Núñez, que los grupos de la Oposición estemos en esa Mesa General Negociadora, antes no se estaba, usted, como Presidenta, tuvo a bien aceptar esa petición que se hizo desde los grupos de la Oposición, nos consta que quizá haya tenido algún tirón de orejas por parte de alguien de su Gobierno, pero ya ve que es un acierto. Nos tiene al Grupo Municipal Socialista en la solución, nos tiene para resolver los problemas, siempre y cuando se hagan las cosas como se tienen que hacer, y en este caso usted lo ha hecho bien, no nos duelen prendas el decirlo, puede estar absolutamente tranquila Sra. Concejala, que el PSOE, que el Grupo Municipal Socialista, va a estar en este tema y en todos en la solución, puede estar tranquila que lo que no vamos a hacer es ponemos de acuerdo con otros grupos políticos para intentar poner palos en las ruedas a su acción de gobierno, puede estar tranquila que otros, si lo hacen, lo harán posiblemente, aquí lo vimos en el Pleno pasado, donde el PP, Ciudadanos y los concejales de Ganemos, se pusieron de acuerdo para que no se debatiera una moción que venía con carácter de urgencia del Barrio de Santa María, no entendimos por que ese acuerdo, a no ser que sea todos contra el PSOE, si es así, que lo sepa, nosotros no vamos a entrar en ese juego político, ustedes pueden votar conjuntamente los tres grupos lo que consideren oportuno, a nosotros siempre nos van a tener en la solución, en la solución, y cuando la solución sea buena y se haga con sentido común, como es el caso, nos va a tener con el voto favorable, que es el que anuncio ahora mismo en esta sesión plenaria.

Interviene el Sr. Alcalde-Presidente: Le quiero aclarar dos cuestiones. La primera, desde luego tirón de orejas, ninguno, fue una decisión que se tomó por parte de todo el Equipo de Gobierno y por lo tanto el Equipo de Gobierno no tiró de orejas a ninguna concejala, y le rogaría que no se invente usted cosas. Y lo segundo, le voy a rogar también que cuando estemos debatiendo un punto, no nos volvamos a un punto que ya se debatió en el Pleno anterior, porque entonces estaremos francamente perdiendo el tiempo.

Sra. Rodríguez, entiendo que es la Sra. Núñez la que va a debatir. De la Sra. Concejala Dña. M.ª Ángeles Núñez Cano:

Solamente quiero decir que ha habido infinidad de impedimentos, y tras saltar muchos escollos, no tenemos nada más que darnos la enhorabuena.

Solo quiero dar las gracias a los trabajadores que fueron afectados, porque son unos grandes profesionales, a los técnicos, y a las centrales sindicales y a los grupos políticos presentes en la Mesa de Negociación. Y, solamente decirle también al Sr. Gutiérrez, que no rentabilice políticamente esto. Indudablemente no es porque ustedes estén en una mesa de negociación, sino que esto ha sido una labor muy ardua desde el año 2013 y trabajada y muy trabajada por el Equipo de Gobierno.

Del Sr. Gutiérrez Muñoz: Bien, como muy bien ha dicho, viene desde el año 2013, y el Grupo Municipal Socialista no está intentando sacar rédito político, no se equivoque, todo lo contrario, le hemos dicho que nos va a tener siempre en la solución, desde el año 2013. Es curioso que hasta que usted, como Presidenta de la Mesa General Negociadora, no acepta, permite, facilita la entrada de los grupos politicos en la Oposición, es cuando se soluciona, que es ahora, es ahora, desde el 2013, se podía haber solucionado antes. Pero no vamos a entrar en confrontación política con algo, además, que se va a votar a favor, aprovecharemos el Debate sobre el Estado del Municipio, ya que le gusta tanto debatir conmigo y demás, y la argumentación que utiliza el Grupo Municipal Socialista la define y la clarifica el Grupo Municipal Socialista, y por lo tanto, me parece bien que a usted no le guste la argumentación que utilizamos, pero es su problema, es su problema Sr. Ramos, nosotros vamos a utilizar la argumentación que consideremos oportuno y es la que marca el Grupo Municipal Socialista que somos ocho concejales y concejalas, no usted, lo siento si no le gusta.

De la Sra. Núñez Cano: Simplemente usted es el que ha suscitado esto, yo únicamente le he contestado, y decir que no se ha solucionado desde que el Grupo Político se haya sentado en la Mesa de Negociación, esto se viene trabajando por los técnicos y por la Concejalía de Personal desde hace tiempo, para saltar escollos para que esto se lleve a cabo. Nada más, muchas gracias.

Sin más intervenciones y considerado suficientemente debatido el asunto por el Sr. Alcalde se somete a votación ordinaria la aprobación de la propuesta de acuerdo dictaminada por las comisiones resultando aprobada por unanimidad.

En consecuencia y por unanimidad por el Sr. Alcalde se declara:

Primero.- Aprobar la modificación de parte del articulado del Convenio Colectivo del Personal Laboral, conforme al siguiente detalle:

1.º Artículo 41. Vacaciones.

1.- Los Empleados públicos tendrán derecho por cada año completo de servicios, a unas vacaciones anuales retribuidas, cuyo disfrute será obligatorio y no compensable económicamente, de veintidós días laborables (154 horas); debiendo retribuirse según salario bruto. A estos efectos se computarán como el equivalente a 154 horas, o la parte proporcional de existir una antigüedad inferior a un año. A quienes realicen su jornada semanal de otra forma se les efectuará la correspondiente adecuación.

En función de los años de servicio, a los empleados públicos les corresponderán las siguientes vacaciones: a partir de quince años de servicio, veintitrés días (161 horas); a partir de veinte años de servicio, veinticuatro días (168 horas); a partir de veinticinco años de servicio, veinticinco días (175 horas); a partir de treinta años de servicio, veintiséis días (182 horas). Dichos días se podrán disfrutar desde el día siguiente al de cumplimiento de los correspondientes años de servicio.

2°. Artículo 39.- Licencias. Apartado 3. Letra l) El empleado público el Excmo. Ayuntamiento dispondrá de ocho días anuales por asuntos particulares o de los días que en proporción correspondan si el tiempo de prestación de servicios fuese inferior al año, los cuales se distribuirán de la siguiente manera:

1.- Seis días que podrán disfrutarse a elección del empleado público a lo largo del año hasta el 31 de enero del año siguiente, siempre que ello sea compatible con las necesidades del servicio ordinario y, podrán acumularse al período vacacional.

2.- Dos días que coincidirán con el 24 y el 31 de diciembre, salvo para los empleados públicos que estando destinados en centros de trabajo abiertos durante esos días, les correspondan prestar servicios en dichas fechas, en cuyo supuesto estos días se acumularán a los de libre elección.

Para los centros de trabajo abiertos de lunes a viernes, cuando el 24 y 31 de diciembre se corresponda con sábados o domingos, los días de libre elección se incrementarán en dos.

3.- Así mismo, los empleados públicos tendrán derecho a disfrutar de dos días adicionales de permiso por asuntos particulares desde el día siguiente al del cumplimento del sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.

3°. Dejar sin efectos el Complemento Personal Transitorio de la Comisión Técnica, aprobado en el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local 292/2013, publicado en el BOP de Toledo de fecha 6-08-2013.

4°. Nueva redacción del Artículo 52.2. letra d) del Convenio Colectivo en los siguientes términos: d) Complemento Personal Transitorio.- Lo percibirán aquellos trabajadores en activo a 1-08-2013, que tuvieran reconocido el complemento CPT de ct., y el Peón asignado a Cementerio, en tanto presten sus cometidos en los Servicios de Deportes, Cementerio y Recogida de Residuos Sólidos Urbanos. Dicho complemento pasa a denominarse C.P.T. (Complemento Personal Transitorio) conforme a las cuantías que se especifican a continuación, con efectos de 1 de enero de 2015. Este complemento se abonará en catorce pagas iguales, y se verá incrementado en la misma proporción que la Ley General de Presupuestos determine para las retribuciones del personal en el ámbito local:

Este documento contiene un PDF, para descargarlo pulse AQUI

Nueva redacción del Artículo 52.2. letra e) Los trabajadores afectados por las previsiones contempladas en el artículo 52.2°. letra d) percibirán las diferencias retributivas que resulten de la cuantía asignada en concepto de CPT ahora asignado y el que venían percibiendo en concepto de CPT ct., así como las diferencias que resulten a favor del Peón asignado a Cementerio. Dichas diferencias retributivas serán las producidas entre el 1 de agosto de 2013 y hasta la fecha de percepción del nuevo complemento CPT que se les asigna.

El antiguo Artículo 52.2. letra e) pasa a denominarse Artículo 52.2. letra f). Segundo.- La remisión de la anterior modificación del Convenio Colectivo a la Consejería de Industria y Trabajo para su registro, y publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Toledo.

Toledo 8 de junio de 2017.- El Director Provincial, Julián Martín Alcántara. N.º I.-3076